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  • Alicia Aznárez preguntó sobre Medio rural

    Segregación de finca rústica de menos de 2 hectáreas según la Ley 6/2023

    Dispongo de una unidad mínima de cultivo de 2,8 hectáreas, compuesta por parcelas separadas entre sí. Me gustaría segregar una porción de 1 hectárea para venderla a un vecino colindante, cuya finca cumpliría con el requisito de unidad mínima tras la compra. Esta porción de terreno está ubicada entre las tierras de dicho vecino, lo que permitiría una mayor eficiencia en el riego y la conformación de una parcela única. ¿Podría alegarse una razón de eficiencia energética y medioambiental para autorizar la segregación de este terreno?

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  • Noelia preguntó sobre Medio rural

    Segregación finca rustica sin escritura

    Hola, Quisiera saber si es posible segregar una finca rústica de olivos de 1,67 hectáreas. Esta finca no está escriturada, solo tiene un contrato de arrendamiento a nombre de mi padre. Ahora mi padre desea ceder este contrato de arrendamiento a mi hermano y a mí. ¿Sería posible segregar o dividir este arrendamiento en dos partes?

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      La posibilidad de segregar una finca rústica de olivos de 1,67 hectáreas y dividir el contrato de arrendamiento en dos partes depende de varios factores legales y contractuales. Vamos a analizarlo en detalle: 1. Sobre la segregación de la finca Para segregar una finca rústica, deben cumplirse ciertos requisitos legales establecidos en la normativa autonómica y estatal: Superficie mínima de cultivo: En muchas comunidades autónomas, existen restricciones en cuanto a la superficie mínima de explotación para evitar la creación de fincas rústicas inviables económicamente. Esta superficie mínima varía según la legislación autonómica aplicable. En Andalucía, por ejemplo, el mínimo suele ser de 1 hectárea para olivar, pero habría que revisar la normativa específica del municipio donde se encuentra la finca. Licencia de segregación: La segregación debe contar con autorización administrativa y cumplir con la normativa urbanística y agrícola de la zona. Inscripción en el Registro de la Propiedad y Catastro: Si la finca no está escriturada, primero habría que regularizar su titularidad antes de solicitar la segregación. En este caso, dado que la finca no está escriturada, sino que se encuentra arrendada, el problema no es la segregación física en sí, sino la división del arrendamiento. 2. Sobre la cesión y división del contrato de arrendamiento Dado que la finca no es propiedad de tu padre, sino que él solo tiene un contrato de arrendamiento, la clave está en lo que establece dicho contrato y la Ley de Arrendamientos Rústicos (Ley 49/2003, de 26 de noviembre): Cesión del contrato: Según el artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Rústicos, la cesión del contrato solo es posible si el propietario (arrendador) lo consiente expresamente. Si el contrato no permite la cesión sin consentimiento del arrendador, habría que negociar con él para obtener su aprobación. División del contrato en dos partes: La ley no permite que el arrendatario divida unilateralmente el contrato en dos partes sin consentimiento del arrendador. Si el arrendador está de acuerdo, se podría hacer un nuevo contrato con dos arrendatarios (tú y tu hermano) o firmar dos contratos separados sobre partes de la finca. También se podría mantener el contrato original y pactar una copropiedad del derecho de arrendamiento entre tú y tu hermano. 3. Recomendaciones Revisar el contrato de arrendamiento actual para ver si permite la cesión y en qué condiciones. Hablar con el propietario de la finca para negociar la cesión y posible división del arrendamiento. Si el arrendador está de acuerdo, optar por una de estas soluciones: Redactar un nuevo contrato con ambos como arrendatarios. Hacer una cesión conjunta del contrato original a favor de los dos. Solicitar al propietario la segregación jurídica del contrato, con dos nuevos contratos individuales. Si la finca en el futuro se quiere escriturar y segregar físicamente, será necesario regularizar su situación registral y cumplir con la normativa sobre superficie mínima. ...

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  • ELENA MARTINEZ preguntó sobre Trámites catastro

    Segregacion tras fallecimiento del propietario

    La propietaria de unas fincas rústicas en Barcelona solicitó la segregación de una parte de la finca para agregarla a otra que no era de su propiedad. La Generalitat informó favorablemente el 8 de enero de 2000. A su fallecimiento en 2021, no se realizó ningún trámite adicional. ¿Tienen ahora los herederos de las fincas alguna obligación en cuanto a esa solicitud de segregación?

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      Con la información dispuesta NO tiene obligación. Otra cosa sería que exista un compromiso por contrato o en la herencia u otra escritura....

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  • Servando preguntó sobre Terrenos

    Unificar 2 fincas

    ¿Se pueden unificar dos fincas que solo se tocan en una esquina?

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      Hola Juan, entiendo que si tienen algo de colindancia si se podría unificar, si solo es un punto el colindante, ahí ya no . Saludos...

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  • ruben villan sousa preguntó sobre Terrenos

    Metido en finca colindante

    Hola, me he comprado una finca y la estoy vallando. Me he metido 100m cuadrados en el lindero. ¿Cuál sería la mejor forma para que ella ceda esa parte a mi nombre para no tirar el muro ya hecho y ella cuando la venda no tenga problemas y esté escrito?

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      Buenas tardes Rubén. La mejor solución a tu cuestión es hablar con tu vecina y en caso de que esté de acuerdo, realizar la modificación catastral así como de la documentación registral. Si quieres nos escribes y te asesoramos. Saludos...

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  • Ter preguntó sobre Terrenos

    Rectificar escrituras

    Rectificar una segregación las escrituras de las parcelas segregadas ya están hechas.

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      Hay que presentar a la notaría un plano georreferenciado firmado por arquitecto técnico. ...

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  • jose manuel preguntó sobre Terrenos

    Agrupar fincas rústicas

    Buenos días, Tengo 4 fincas rústicas de mi propiedad y en el medio de estas 4 hay una finca de un vecino que por diferentes motivos no me la quiere vender. ¿Hay alguna manera de poder unir mis 4 fincas y para que el vecino no esté en el medio mandar su finca para una esquina? ¿Es eso posible? Gracias por vuestro tiempo. Un saludo, José Manuel.

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      Buenas, José Manuel. Si el vecino no quiere, no es posible. Un saludo...

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  • Valentín preguntó sobre Terrenos

    Vender o escriturar una parte suelo rústico

    Buenas. Tengo una parte proporcional que por herencia de escritura son unos 2500 metros cuadrados de terreno rústico y unos 370 metros cuadrados me pertenece al ser 7 herederos. Tengo un papel firmado en un acuerdo de hermanos justificando mi parte proporcional y poder ser uso del terreno. Mi pregunta es si puedo de alguna forma vender mi parte a un particular.

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      Solo con la negativa de querer comprar tu parte los otros 6 herederos, tienen derecho de tanteo, y luego los de las tierras colindantes antes que cualquier otro. ...

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  • Aroha Quirós preguntó sobre Estudios del terreno

    ¿Se puede ceder una parte en contrato privado de una finca rústica sin respetar la unidad mínima de cultivo?

    Hola, me gustaría saber si es posible ceder una parte en contrato privado de una finca rústica sin respetar la unidad mínima de cultivo. ¿Cómo se puede hacer? Gracias

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      No debería porque se arriesga a que no pueda obtener las correspondientes licencias a los usos que pretenda tener en un futuro. ...

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  • MD preguntó sobre Estudios del terreno

    Necesito un especialista en servidumbre

    Un vecino dice que la parte de mi vivienda que linda con la suya es medianera. Se acoge a que puso una uralita y la enclavó en las paredes de todos los vecinos para recoger bien las aguas y ahora dice que son medianeras por haber pasado 20 años. Su casa y la mía están en diferentes calles y a diferentes alturas. Mi pared se ve claramente que está edificada y cimentada en mi solar. En fotos aéreas mi pared es completamente derecha y se identifica claramente las dos propiedades al ser la mía más alta que la suya. Necesito un especialista dispuesto a ir a juicio. Gracias

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      Buenos días, Por lo que comentas así a groso modo hay dos temas a tener en cuenta: - Por defecto, la ley del Suelo da las paredes como medianeras si no se pueden justificar de forma legal. Ahora bien, si por ejemplo tu vivienda ya existía mucho antes que la suya y la alineación es la misma que el resto del linde podrías justificar la totalidad de la Propiedad. - Los 20 años es falso, eso solo se aplica para una Usucapión Ordinaria, la cual es en los casos donde tiene una autorización del propietario original, hay buena fe y se ha hecho de forma pacífica. En caso contrario, que parece ser el tuyo, sería una Usucapión extraordinaria y entonces el plazo se amplía a 30 años (esto queda recogido en el Código Civil). Para ello, necesitas un peritaje por un técnico competente que demuestre esto (un topógrafo que entienda o un Arquitecto) y un Abogado especializado en derecho urbanístico (de otro tipo no te lo recomiendo)....

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  • Mercedes preguntó sobre Estudios topográficos

    ¿Se puede dividir en dos parte una parcela de regadío y escriturar cada parte dividida?

    Hola, tengo un consulta sobre una parcela de regadío, en la provincia de Cáceres, heredada por dos hermanos de 2,5 hectáreas. ¿Se puede dividir en dos partes y escriturar cada parte dividida?. Gracias.

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      Hola Mercedes, buenos dias Si, es posible dividir su parcela de regadío en dos partes. La unidad mínima de cultivo en Cáceres, en regadío, es de 0.25 Ha, por los que si ambas partes son mayores a esa unidad mínima, no hay problema. Mi recomendación es que realice un proyecto de segregación. Su coste es menor que la división, pues sólo se paga por la parte segregada, no por la totalidad de la finca. Debe medirse la finca con equipo topográfico, determinando los límites y superficie real y redactar el correspondiente proyecto técnico de segregación, visado por el Colegio profesional. Con este proyecto visado, se solicita al ayuntamiento la segregación de la finca. Una vez concedida la licencia, se acude a notaria, registro de la propiedad y Catastro y ambas fincas (nueva y resto) serían independientes, pudiendo transmitirse a sus propietarios. Espero ser de ayuda. Si necesita encargar el trabajo, estaré encantado de realizarlo. Un saludo...

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  • Laureano preguntó sobre Pozos y sondeos

    He comprado un terreno que se dividió en dos partes. En la otra finca hay un pozo. ¿Tengo derecho a utilizar el agua si en el contrato no se especifico nada?

    Hola, he comprado un trozo de terreno en la provincia de Málaga al hacer el contrato no se especifico ningún derecho al pozo de dicha finca. ¿Tiene el trozo de terreno adquirido derecho a ser regado con dicho pozo sino esta reflejado en dicho contrato?. Gracias.

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      Buenos días Laureano, para poder contestar bien a la pregunta, debería tener el contrato y saber qué terreno es y dónde. Para ver el cuerpo cierto de la venta, así como el estado de papeles del pozo en cuestión. Recibe un cordial saludo...

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  • jesús lópez rodado preguntó sobre Estudios topográficos

    ¿Tengo prioridad a la hora de elegir el porcentaje que se ostenta sobre una finca indivisa?

    Hola, me gustaría saber si el hecho de tener un porcentaje sobre una finca rústica indivisa, colindante con otra de la que soy propietario, me otorga derecho a elegir en caso de partición.

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      Jesús, hay una cuestiones previa que habría que saber para dar respuesta, a saber: la partición: ¿va a ser partición física porque los terrenos resultantes superan los dos la unidad mínima de cultivo?. 2. Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo habéis pensado hacerla?: de común acuerdo, ‘pacto del andorrano…’ a través del dictamen de un perito, judicial, En estos casos no tienes preferencia pero, según cuál sea la partición óptima según un perito, si una parte linda con tu finca (la que tienes al 100%) y la otra no, podrías conseguir que un juez reconociera que te corresponde la parte que linda con la tuya. Habría que lucharlo pero a priori lo veo factible. 3. Si la respuesta es negativa -alguna finca resultante no llega a la unidad mínima de cultivo) entones la partición es económica y cualquiera de los dos propietarios tiene derecho a quedarse la finca abonando la mitad de su valor al otro copropietario. El asunto se resolvería, a falta de pacto (que siempre es lo más aconsejable) en sede judicial. Tendrías que pujar para quedare la finca y si se la acaba quedando el otro copropietario o un tercero, cobrarías tu parte y no tendrías finca. ...

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  • José iglesias preguntó sobre Venta de terrenos

    Segregación, división, partición, condominio...

    Vivimos en una parcela ubicada en Yeles, Toledo,de 2.500m cuadrados. Necesitamos vender la mitad y el Ayuntamiento no lo permite. Ayuda.

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      Hola, si el ayuntamiento no lo permite puede ser porque la parcela mínima sea superior a 1.250 m² en esta zona. Tendría que tener más datos para poder ayudarte...

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  • Eva Guardia preguntó sobre Estudios del terreno

    Segregar una parte para agregarla a la colindante

    Soy propietario de una quinta parte de una finca de 3 hectareas parte agricola y forestal. Puedo segregar mi parte para agregarla a una finca colindante de 8.000 metros agricola ? Es suelo rustico no urbanizable en Sant Celoni ( Barcelona). Ambas son fincas inferiores a la unidad minima de cultivo

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      Hola Eva, si, probablemente puedas realizar esta operación sin problemas, aunque por superfície (3,8 ha) la finca resultante se mantendrá como rústica sin unidad mínima de cultivo. Quedo a tu disposición para cualquier otra aclaración o duda que tengas. ...

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  • Héctor preguntó sobre

    Prescripción de la necesidad de solicitar licencia de segregación

    Quisiera saber si la necesidad de solicitar al ayuntamiento licencia para la segregación de una parcela que ya lo está físicamente tiene alguna prescripción. Hace unos 40 años se realizó una promoción de viviendas unifamiliares en una parcela y se fueron solicitando las segregaciones según se iban vendiendo. Una de esas viviendas se vendió, pero no se llegó a segregar de la finca matriz, aunque físicamente lo está. Quisiera saber si transcurrido este tiempo es necesario solicitar licencia para su segregación o se considera que ha prescrito y se puede inscribir como una parcela independiente.

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      Buenos días, Héctor. Toda segregación está sujeta a licencia, y máxime cuando ha pasado tanto tiempo. Sin embargo, la LOTUP, legislación que rige en la materia, dice que no será necesaria la segregación cuando ésta haya sido autorizada expresamente por el municipio con motivo del otorgamiento de otra licencia urbanística. Si este no fuera el caso, la recomendación es solicitar la licencia de segregación y realizar la actualización catastral. Puede contactarnos en nuestro perfil público de Certicalia. Un saludo...

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  • José Luis preguntó sobre Estudios topográficos

    Dudas sobre la división de un terreno rústico

    Buenas tardes. A ver si me podéis orientar. Yo tengo 1 finca rústica, con un número de ref. Catastral. En catastro figura aún a nombre de mi padre fallecido. Pero dicha finca en el registro de la propiedad está como 2 fincas independientes, una a mi nombre y otra a mi hermano. Cada una tiene su número de finca y todo. Lo que pasa que no sé cómo en su día el registrador la que escribió si la licencia de división. En la propia escritura pone que no se aporta dicha licencia. Pero ambas están inscritas desde hace más de 20 años. Ahora queremos que en catastro aparezcan las 2 fincas con su número de ref catastral pero el ayto dice que necesita la licencia y claro por lo menos queremos q la finca aparezca a nombre mio y de mi hermano. Primera pregunta. ¿En el catastro como no se podrá dividir la finca en dos, cosa que si está hecho en el registro, se puede poner en el catastro los m2 que le pertenecen mi hermano y los que me pertenecen mi?...y que cada uno aparezca con los m2 que le pertenece. Segunda pregunta: Actualmente en catastro está a nombre de nuestro padre fallecido y queremos poner en catastro cada uno con sus m2, como así pone en catastro, o tenemos que poner directamente 50% a cada hermano Si me podéis orientar, hablamos sobre el tema.

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      Buenos días. Para saber exactamente la solución habría que ver las superficies de las fincas, analizar bien las escrituras y pedir una nota literal en el registro de la propiedad para saber en que situación se encuentran. En principio la información registral prevalece sobre la catastral, salvo que resulte que fue una reparcelación contraria a la ley. También es posible que el catastro no haya modificado la información, porque nunca se le haya comunicado la segregación que se realizó. Si la documentación fuese adecuada y figura en el registro como dos parcelas independientes, habría que instar un procedimiento de coordinación (catastro/registro) ante el registro de la propiedad, que si lo considera correcto, notificará al catastro para que modifique su base. Como digo, en estos casos prevalece el registro sobre el catastro salvo fraude. Si ese procedimiento no resultase viable a la vista de la documentación, siempre se podría pedir al catastro que refleje correctamente los porcentajes de propiedad de cada uno (no los metros, sino los porcentajes de copropiedad)....

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  • Laura preguntó sobre Estudios topográficos

    ¿Es viable hacer esta segregación de un terreno rústico en Elche?

    Necesito segregar un terreno rústico de unos 5500m, en dos escrituras. Querría saber si se puede, es en Elche(Alicante)

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      Hola Laura, no se podría segregar, en regadío necesitarías mínimo 20000 m2 para poder segregar y dejar parcelas de 10000 m2 que es la cantidad mínima que te permiten....

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  • Hector preguntó sobre Estudios topográficos

    ¿Se puede segregar una finca rústica de uso agrario?

    Hola, estoy valorando comprar una finca rustica de uso agrario, pero necesitsría segregación.

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      Hola, si antes las agrupas si. El número de fincas finales no puede ser menor que las fincas iguales. Tienen que ser menos o las mismas. Saludos...

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  • Pepe preguntó sobre Estudios topográficos

    Solicitar una segregación de terreno rústico en Murcia

    Tengo siete parcelas rústicas con cuatro escrituras. Necesito segregar y tener cada parcela con su escritura.

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      Por lo que comenta, lo que usted necesita es un procedimiento e coordinación de catastro, registro y realidad física. El precio varia mucho si los linderos catastrales del conjunto de fincas son o no correctos. En caso de existir errores en catastro, habría que hacer un levantamiento topográfico de las lindes. El procedimiento tiene otros costes de notario y registro que no se incluyen aquí....

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