Declaración de la renta

La Declaración de la Renta es un trámite obligatorio en el que los contribuyentes informan a Hacienda sobre sus ingresos, deducciones y retenciones anuales para determinar si deben pagar o recibir dinero.

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Todo lo que necesitas saber sobre declaración de la renta

¿Qué es la declaración de la renta?

La declaración de la renta (o Campaña de la Renta) es el trámite anual por el que se declara el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), el impuesto que grava la renta obtenida por las personas físicas durante un año natural. En el caso de las empresas, el impuesto equivalente es el Impuesto sobre Sociedades.

La renta de una persona puede incluir:

  • Rendimientos del trabajo: salarios, pensiones, prestaciones, etc.
  • Rendimientos del capital: alquileres, intereses, dividendos, etc.
  • Rendimientos de actividades económicas: ingresos de autónomos y profesionales.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: venta de inmuebles, acciones u otros bienes.

¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?

En general, deben presentar la declaración los contribuyentes del IRPF que estén obligados según el tipo de rentas obtenidas y los límites fijados por la ley. No basta con ser residente fiscal en España: la obligación de declarar depende también de los ingresos y de su naturaleza. 

No obligados (caso más habitual)

Con carácter general, no están obligados quienes obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo y no superen 22.000 € anuales cuando procedan de un único pagador. 

Si has tenido dos o más pagadores

Si has tenido dos o más pagadores, el límite general baja a 15.876 € anuales.

No obstante, si la suma percibida del segundo y restantes pagadores no supera 1.500 € anuales, el límite general se mantiene en 22.000 €.

Por eso, si has tenido varios pagadores durante el año, por ejemplo por cambio de empleo, ERTE o varias pensiones, conviene revisar bien tu caso antes de decidir si estás obligado a presentarla.

Otros supuestos en los que puede tocar presentarla

Aunque no superes ciertos límites de rendimientos del trabajo, puedes estar obligado si has tenido, por ejemplo:

  • Alquileres (rendimientos del capital inmobiliario).
  • Ganancias patrimoniales, como venta de vivienda, acciones, fondos o criptomonedas.
  • Ingresos como autónomo o actividades económicas.
  • O determinadas rentas sujetas a reglas específicas.

Además, la ley contempla otros supuestos de no obligación, como determinados rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención con límite conjunto de 1.600 €, o determinadas rentas inmobiliarias imputadas y ayudas públicas con límite conjunto de 1.000 €. También, con carácter general, no existe obligación cuando se obtienen exclusivamente rentas con el límite conjunto de 1.000 € y pérdidas patrimoniales inferiores a 500 €.

Nota sobre prestaciones por desempleo

La obligación de presentar la declaración depende de los límites y del tipo de rentas de cada contribuyente. Además, las personas titulares del Ingreso Mínimo Vital y los miembros de su unidad de convivencia deben presentar declaración anual del IRPF. 

Nota informativa: Los límites y supuestos de obligación pueden variar por normativa o por criterios de campaña. Si tienes dudas, lo recomendable es contrastarlo en la Agencia Tributaria o con un asesor. 

Tipos de declaración

  • Individual: cada persona presenta su declaración.
  • Conjunta: una única declaración para la unidad familiar, en los casos permitidos.

¿Para qué sirve la declaración de la renta?

Sirve para regularizar tu situación con Hacienda: comparar lo ya pagado mediante retenciones o pagos a cuenta con lo que corresponde según ingresos, reducciones y deducciones. El resultado puede ser:

  • A devolver (si has pagado de más).
  • A ingresar (si has pagado de menos).

¿Cuándo compensa hacer la declaración individual?

En muchos casos conviene la individual, especialmente si:

  • Ambos cónyuges trabajan y tienen rentas relevantes.
  • Puedes aplicar deducciones por vivienda, familia o deducciones autonómicas, según el caso.

La conveniencia de optar por declaración individual o conjunta debe revisarse caso por caso.

Fechas clave de la declaración de la renta (ejercicio 2025, a presentar en 2026)

Calendario oficial:

  • Del 8 de abril al 30 de junio de 2026: presentación por Internet (Renta Web).
  • Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026: confección por teléfono con cita previa (cita del 29 de abril al 29 de junio).
  • Del 1 al 30 de junio de 2026: confección presencial en oficinas con cita previa (cita del 29 de mayo al 29 de junio).
Precio

65€ - 150€

Tiempo de realización

1 día

Modos de tramitación

Presencial o telemático

Nivel de dificultad

Medio

Tendrás que desplazarte

No es necesario

Si no lo haces bien

Te puedes enfrentar a sanciones

Última fecha de revisión:
13 Junio 2024
Tramite redactado por:
Sebastián Hollmann
Licenciado en Comunicación responsable de gestión de contenidos
Paseo Independiencia 24-26. Zaragoza

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