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José Manuel respondió: Profesional de Certicalia
La posibilidad de segregar una finca rústica de olivos de 1,67 hectáreas y dividir el contrato de arrendamiento en dos partes depende de varios factores legales y contractuales. Vamos a analizarlo en detalle:
1. Sobre la segregación de la finca
Para segregar una finca rústica, deben cumplirse ciertos requisitos legales establecidos en la normativa autonómica y estatal:
Superficie mínima de cultivo: En muchas comunidades autónomas, existen restricciones en cuanto a la superficie mínima de explotación para evitar la creación de fincas rústicas inviables económicamente. Esta superficie mínima varía según la legislación autonómica aplicable. En Andalucía, por ejemplo, el mínimo suele ser de 1 hectárea para olivar, pero habría que revisar la normativa específica del municipio donde se encuentra la finca.
Licencia de segregación: La segregación debe contar con autorización administrativa y cumplir con la normativa urbanística y agrícola de la zona.
Inscripción en el Registro de la Propiedad y Catastro: Si la finca no está escriturada, primero habría que regularizar su titularidad antes de solicitar la segregación.
En este caso, dado que la finca no está escriturada, sino que se encuentra arrendada, el problema no es la segregación física en sí, sino la división del arrendamiento.
2. Sobre la cesión y división del contrato de arrendamiento
Dado que la finca no es propiedad de tu padre, sino que él solo tiene un contrato de arrendamiento, la clave está en lo que establece dicho contrato y la Ley de Arrendamientos Rústicos (Ley 49/2003, de 26 de noviembre):
Cesión del contrato:
Según el artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Rústicos, la cesión del contrato solo es posible si el propietario (arrendador) lo consiente expresamente.
Si el contrato no permite la cesión sin consentimiento del arrendador, habría que negociar con él para obtener su aprobación.
División del contrato en dos partes:
La ley no permite que el arrendatario divida unilateralmente el contrato en dos partes sin consentimiento del arrendador.
Si el arrendador está de acuerdo, se podría hacer un nuevo contrato con dos arrendatarios (tú y tu hermano) o firmar dos contratos separados sobre partes de la finca.
También se podría mantener el contrato original y pactar una copropiedad del derecho de arrendamiento entre tú y tu hermano.
3. Recomendaciones
Revisar el contrato de arrendamiento actual para ver si permite la cesión y en qué condiciones.
Hablar con el propietario de la finca para negociar la cesión y posible división del arrendamiento.
Si el arrendador está de acuerdo, optar por una de estas soluciones:
Redactar un nuevo contrato con ambos como arrendatarios.
Hacer una cesión conjunta del contrato original a favor de los dos.
Solicitar al propietario la segregación jurídica del contrato, con dos nuevos contratos individuales.
Si la finca en el futuro se quiere escriturar y segregar físicamente, será necesario regularizar su situación registral y cumplir con la normativa sobre superficie mínima.