- Certicalia
- Cédula de habitabilidad
Cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es un documento legal que certifica que una vivienda cumple con los requisitos mínimos para ser habitada. Es esencial para alquilar, vender o realizar trámites con inmuebles.
Todo lo que necesitas saber sobre cédula de habitabilidad
Qué es la cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es el documento administrativo que ratifica que una vivienda reúne las condiciones básicas para ser habitada, sin perjuicio de que en la misma se realicen otras actividades debidamente autorizadas.
Algunos de los aspectos que se evalúan son la superficie útil mínima de la vivienda, la superficie de las diferentes estancias, la altura libre, los huecos y las dotaciones mínimas.
El tipo de profesional que realiza el informe es un arquitecto técnico o superior. Pero es diferente de quién lo emite, ya que será un técnico del ayuntamiento el que acepte o no esta información y firme la cédula.
En la mayoría de ayuntamientos, la persona que puede pedir una cédula o un duplicado es el propietario de la vivienda o un representante autorizado.
Validez o duración de la cédula de habitabilidad
El objetivo de la cédula de habitabilidad es asegurar la habitabilidad de la vivienda basándose en la salubridad, higiene y solidez de la misma. Además, disponer de la cédula de habitabilidad en regla nos permitirá dar de alta los servicios de luz, gas y agua. También es requisito indispensable para poder vender o alquilar.
La validez o caducidad de las cédulas de habitabilidad varía según el año de emisión de la cédula y el tipo de licencia:
- Antes de 2004: Las viviendas que tramitaron su cédula de habitabilidad antes de este año tienen una vigencia de 10 años.
- Desde 2004: Las cédulas de habitabilidad tienen una vigencia de 15 años, tanto para las de primera ocupación como las de segunda ocupación.
- Desde 2013 en adelante: Las licencias de primera ocupación tienen una vigencia de 25 años, mientras que las de segunda ocupación o primera ocupación de rehabilitación tienen una validez de 15 años.
Una vez que la cédula caduca, el propietario de la vivienda debe iniciar un nuevo trámite para obtener una nueva cédula, contactando a un arquitecto o arquitecto técnico para gestionar el certificado de habitabilidad. Además, es importante mencionar que independientemente de la vigencia de la cédula, será necesario tramitar una nueva cédula de habitabilidad si se va a realizar una rehabilitación de la vivienda.
Normativa aplicable
La cédula de habitabilidad está regulada por normativas específicas de cada comunidad autónoma, lo que hace que los requisitos varíen según la zona. Sin embargo, a grandes rasgos, las condiciones exigidas para que una casa sea habitable son muy parecidas en todos los lugares.
De manera genérica, algunas de las condiciones mínimas exigibles para que un edificio de viviendas obtenga la cédula de habitabilidad son:
- Garantizar la accesibilidad a cada una de las viviendas que conformen el edificio.
- Cumplir con características específicas en escaleras y ascensores.
- Asegurar dimensiones adecuadas para patios de ventilación y espacios comunes.
- Dotar a los edificios de la infraestructura de telecomunicaciones correspondiente.
La cédula de habitabilidad está regulada por las Comunidades Autónomas, de manera que cada una de ellas tiene su propia normativa al respecto.
Por ejemplo, en Cataluña, una de las comunidades que más cédulas de habitabilidad expide, está regulada bajo el Decreto 141/2012. Este decreto establece una vigencia de 25 años para las cédulas de primera ocupación y de 15 años para las cédulas de segunda ocupación y de primera ocupación de rehabilitación. Pasado ese tiempo, deberá renovarse.
En Asturias, la cédula de habitabilidad se regulaba por el Decreto 39/1998, pero en 2018 se actualizó con el Decreto 73/2018. Esta modificación supone la supresión de la cédula de primera ocupación, mientras que la de segunda ocupación y primera ocupación de rehabilitación siguen vigentes.
Cantabria establece, mediante el Decreto 141/91, diferentes periodos de vigencia para la cédula de habitabilidad en función del tipo de vivienda. Por lo general, deberá renovarse en cada cambio de titularidad del arrendamiento o de ocupación. En el caso de hoteles, locales de hospedaje, residencias, pensiones, internados, etc., la cédula caducará a los 5 años. Los bungalows y alojamientos turísticos generales tendrán que renovar la cédula cada año.
En La Rioja, las condiciones mínimas de habitabilidad están reguladas por el Decreto 28/2013. Este establece que las cédulas podrán renovarse por periodos máximos de cinco años.
Murcia regula las condiciones de habitabilidad y la cédula mediante la Ley 5/1995.
En Navarra es el Decreto foral 142/2004 que regula estas cuestiones. En esta comunidad, los tipos de cédula adquieren en este caso una denominación diferente: cédula de clase A (de primera ocupación y de primera ocupación de rehabilitación) y cédula de clase B (de segunda ocupación).
Tipos de cédulas de habitabilidad
Existen tres tipos de cédulas en función de la antigüedad del inmueble:
- Cédula de primera ocupación: corresponden a las viviendas de nueva construcción, es decir, es la cédula de habitabilidad en vivienda nueva.
- Cédula de segunda ocupación: se refiere a las viviendas que ya existen. Corresponde a la renovación de la cédula de primera ocupación y, por consiguiente, se trata de la cédula de habitabilidad en vivienda antigua.
- Cédula de primera ocupación de rehabilitación: para aquellas viviendas en las que se ha realizado una rehabilitación de la misma.
Qué contiene el documento de la cédula de habitabilidad
El modelo del documento varía según la comunidad autónoma en la que te encuentres, pero siempre deberá incluir los siguientes datos:
- Dirección y ubicación de la vivienda.
- Superficie útil de la vivienda.
- Habitaciones y espacios que conforman la vivienda.
- Umbral máximo de ocupación.
- Identificación del técnico habilitado que ha llevado a cabo el certificado.
Toda cédula debe incluir esta información, aunque el modelo puede variar de una comunidad autónoma a otra. En Cataluña, el documento de la cédula de habitabilidad es público y se tramita a través de la Agencia de l'Habitatge.

¿Qué es la cédula de calificación definitiva?
La calificación definitiva o cédula de calificación definitiva es el documento por el cual se certifica, una vez terminadas las obras, que un inmueble cumple con las condiciones exigidas para viviendas de protección oficial (VPO). Previamente se emite la calificación provisional, que sustituye a la primera en el periodo en el que se llevan a cabo las obras.
En esta cédula de habitabilidad de VPO se recogen las características de la vivienda, pero también cuáles son los precios máximos legales para su venta o alquiler y cuál es la duración de su régimen de protección.
Para saber cuándo finaliza el periodo de protección de tu vivienda protegida, deberás conocer cuál es esa duración y la fecha de calificación definitiva VPO, es decir, cuando se expidió la calificación.
Cómo obtener la cédula de habitabilidad
Para obtener la cédula de habitabilidad debes contactar con un técnico cualificado. Una vez que encuentres un experto, el técnico tomará una serie de datos para realizar el documento y lo registrará ante el órgano competente de tu comunidad autónoma.
Quién realiza la cédula de habitabilidad
El trámite de la cédula de habitabilidad lo realiza un profesional competente, específicamente un arquitecto o arquitecto técnico.
Estos profesionales están habilitados para emitir el certificado de habitabilidad gracias a su formación técnica. Es esencial que este profesional realice una inspección visual de la vivienda para asegurarse de que cumple con la normativa vigente.
Una vez que el certificado es realizado, se presenta a la Administración correspondiente, generalmente el Ayuntamiento pertinente, para la emisión final de la cédula de habitabilidad.
Cuánto tarda
Desde que se entrega toda la documentación necesaria hasta que el Ayuntamiento remite la cédula pueden transcurrir hasta 30 días. No obstante, en el mismo momento de la entrega de la documentación nos pueden facilitar un justificante que demuestre que hemos hecho entrega del certificado.
Este justificante puede servir, por ejemplo, para dar de alta provisionalmente los suministros de luz, agua y gas, a la espera de recibir la cédula de habitabilidad en regla.
Proceso del trámite
Para obtener la cédula de habitabilidad, es esencial seguir los siguientes pasos:
- Verificar la validez de la cédula actual: Antes de iniciar cualquier trámite, es fundamental comprobar si la cédula de habitabilidad de la vivienda está caducada o sigue en vigor. Si la cédula está vigente, simplemente se debe solicitar un duplicado en la sede de administración territorial correspondiente.
- Gestionar un nuevo certificado: Si la cédula ha caducado o la vivienda nunca ha tenido una, es necesario gestionar un nuevo certificado de habitabilidad. Para ello, se debe contactar con un profesional competente, como un arquitecto o arquitecto técnico, para que realice el certificado. Si la vivienda nunca ha tenido cédula, además del certificado, se debe presentar un documento que certifique que el inmueble está construido conforme a la legalidad.
- Entrega a la Administración: Una vez obtenido el certificado, se debe presentar a la Administración correspondiente, que será la encargada de emitir la cédula de habitabilidad o denegarla si encuentra deficiencias en la vivienda.
- Emisión de la cédula: La cédula de habitabilidad es emitida finalmente por el Ayuntamiento pertinente, después de recibir el certificado realizado por un técnico habilitado.
Cuándo solicitar la cédula de habitabilidad
La primera tarea que debemos llevar a cabo es la de comprobar si la cédula de habitabilidad de nuestra vivienda está realmente caducada o sigue en vigor.
Si la cédula de habitabilidad ya ha sido otorgada y sigue en vigor deberemos contactar con la sede de la administración territorial correspondiente y solicitar un duplicado.
Si la cédula ha caducado o la vivienda nunca ha contado con una, deberemos gestionar un nuevo certificado de habitabilidad.
Si te encuentras en la situación de legalizar la vivienda, puedes solicitar la licencia de primera ocupación desde aquí.
Cuánto vale la cédula de habitabilidad
El precio de la cédula de habitabilidad no está regulado y puede variar según diferentes factores, como la ubicación de la vivienda y su superficie. Según nuestro histórico de tramitaciones, aquí hay algunos ejemplos de precios recientes para diferentes situaciones:
- Palma de Mallorca (Islas Baleares) - Piso de 50-80 m2: 85,00 € + IVA (21%): 17.85 € = Precio final: 102.85€
- Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) - Piso de menos de 50 m2: 59,00 € + IVA (21%): 12.39 € = Precio final: 71.39€
- Gandia (Valencia) - Piso de 50-80 m2: 75,00 € + IVA (21%): 15.75 € = Precio final: 90.75€
- Barcelona - Piso de 50-80 m2: 68,00 € + IVA (21%): 14.28 € = Precio final: 82.28€
- L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) - Piso de 50-80 m2: 59,00 € + IVA (21%): 12.39 € = Precio final: 71.39€
- Cartagena (Murcia) - Piso de 50-80 m2: 105,00 € + IVA (21%): 22.05 € = Precio final: 127.05€
Cómo se calcula el precio
El precio de la cédula de habitabilidad se determina en función de varios factores:
- Tipo de inmueble: Dependiendo de si es un piso, una casa, un chalet o un inmueble unifamiliar, el precio puede variar. La complejidad de la inspección y la elaboración del certificado puede ser diferente según el tipo de propiedad.
- Superficie del inmueble: La superficie útil del inmueble juega un papel crucial en la determinación del precio. Por ejemplo, un piso de menos de 50 m2 puede tener un costo diferente al de un piso de 80-120 m2 o una casa unifamiliar de más de 180 m2.
- Ubicación: La provincia o ciudad donde se encuentra el inmueble puede influir en el precio. Algunas zonas pueden tener tarifas más altas debido a la demanda, la oferta de profesionales disponibles o las particularidades de la región.
- Profesional elegido: El precio no está regulado, lo que significa que cada arquitecto o arquitecto técnico puede establecer sus propias tarifas basadas en su experiencia, reputación y otros factores.
- Tasas administrativas: A los honorarios del técnico se deben sumar las tasas que cada comunidad autónoma establece para el trámite de la cédula. Estas tasas suelen oscilar entre los 10 y 20€, aunque pueden variar.
¿Es obligatoria la cédula de habitabilidad?
La cédula de habitabilidad es obligatoria para todas las viviendas.
Sin este documento, no es posible dar de alta los suministros de luz, gas y agua. Además, es un requisito indispensable para vender o alquilar una vivienda.
La cédula también puede ser necesaria en otras situaciones, como la concesión de una hipoteca o el reagrupamiento familiar de extranjeros. Las viviendas de nueva construcción o aquellas que han pasado por grandes reformas deben presentar la cédula antes de ser habitadas. Sin embargo, para las viviendas de protección pública, la cédula no se exige durante un periodo de 25 años, ya que queda sustituida por la calificación definitiva.
¿Existen casos especiales o exenciones?
Existen situaciones excepcionales en las que se puede vender una vivienda sin cédula de habitabilidad. Estos casos incluyen:
- Intención de reformar o derribar la vivienda.
- Uso del inmueble diferente al de vivienda.
- Razones justificadas que impidan presentar el certificado antes de la venta, siempre que exista un acuerdo entre las partes para aportarlo posteriormente.
Sanciones aplicables
Vender una vivienda sin cédula y sin contar con la exoneración correspondiente puede resultar en multas significativas para el vendedor.
Por otro lado, el comprador también podría enfrentar problemas en el futuro. En Cataluña, por ejemplo, si se desahucia una vivienda sin cédula, sus ocupantes no podrán acceder a recursos públicos ni a la Mesa de Emergencias.
Además, alquilar una vivienda sin cédula puede resultar en multas para el propietario. En Cataluña, esta acción se considera una infracción muy grave y puede llevar a sanciones que oscilan entre 90.001 euros y 900.000 euros.
¿En qué comunidades autónomas es obligatoria la cédula de habitabilidad?
En Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Murcia, Navarra y Comunidad Valenciana es obligatorio tramitarla. Asturias suprimió recientemente la cédula de primera ocupación, pero mantiene la de rehabilitación y la de segunda ocupación.
¿Dónde no es obligatoria?
Por norma general, no será obligatorio tramitar la cédula de habitabilidad en Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, País Vasco, Galicia y Madrid.
Por ejemplo, en Madrid se suprimió la cédula de habitabilidad en 2018 con objeto de facilitar los trámites y reducir la carga burocrática.
En las comunidades autónomas donde no se requiere la cédula de habitabilidad (y también en las autonomías donde sí es de obligado cumplimiento), se sigue necesitando la licencia de primera ocupación o licencia de segunda ocupación.
¿Cuándo es obligatoria la cédula de habitabilidad?
La cédula de habitabilidad es obligatoria para todas las viviendas, aunque en algunos casos lo que se pide es la licencia de primera ocupación. Sin esto, no se podrán dar de alta los suministros de luz, gas y agua.
Por norma general, todas las viviendas tienen que disponer de la cédula de habitabilidad y/o licencia de primera ocupación.
La obligatoriedad de la cédula de habitabilidad también se puede extender a otras situaciones, como la concesión de una hipoteca o el reagrupamiento familiar de extranjeros.
Las viviendas de nueva construcción o aquellas en las que se hayan realizado grandes reformas que hayan modificado las condiciones de habitabilidad deberán presentar la cédula de habitabilidad antes de que dicha vivienda pase a ser habitada.
En el caso de las viviendas de protección pública, la cédula de habitabilidad no se exige en un periodo de 25 años, durante el cual queda sustituida por la calificación definitiva.
¿Es obligatoria la cédula de habitabilidad para vender un piso?
En las comunidades autónomas donde la cédula de habitabilidad se encuentre vigente se requerirá dicho documento para la compraventa del inmueble, ya que indica que la casa que va a adquirir una persona es habitable y se encuentra dentro de la legalidad. Por lo tanto, sí que es necesaria la cédula de habitabilidad para vender un piso.
Sin embargo, existen situaciones excepcionales en los que se puede vender un piso sin cédula de habitabilidad.
En una transmisión de vivienda, siempre y cuando no sea de nueva construcción, los implicados en la operación pueden acordar la no entrega de la cédula en los siguientes casos:
- Cuando se tenga intención de reformar o derribar la vivienda. En estos casos, tiene que quedar constancia en el registro la intención del futuro propietario de la realización de reformas o derribo del inmueble, ya que de ello depende la exoneración de la obligación de entregar la cédula.
- Cuando el uso del inmueble sea diferente al de vivienda. En este supuesto, los implicados deberán reconocerlo expresamente.
- Cuando por razones justificadas no sea posible presentar el certificado de habitabilidad antes del acto de transmisión de la vivienda, y transmitente y adquiriente acuerden hacerlo posteriormente. No obstante, será necesario presentar la solicitud de cédula de habitabilidad registrada, de manera que se acredite que las condiciones de la vivienda son las óptimas para la obtención del certificado.
Es decir, que aunque por norma general la cédula de habitabilidad es imprescindible para toda compraventa de una vivienda, es posible firmar la escritura sin cédula de habitabilidad bajo casuísticas muy concretas.
¿Es obligatoria la cédula para alquilar?
Es importante tener en cuenta que una vivienda sin cédula de habitabilidad no está considerada legalmente una vivienda. Es decir, que legalmente no estaríamos alquilando una vivienda, sino otro tipo de inmueble. Por ejemplo, una situación bastante común es alquilar un local como vivienda sin cédula, y sin que este esté destinado al uso residencial.
Además, la cédula de habitabilidad es imprescindible en todo contrato de alquiler de vivienda y debe ser entregada a los nuevos ocupantes. De lo contrario, alquilar sin cédula de habitabilidad puede acarrear consecuencias, tanto para el propietario como para el inquilino.
Asimismo, el propietario puede verse expuesto a una multa por alquilar una vivienda sin cédula de habitabilidad.
¿Puedo pedir una hipoteca sin cédula?
A la hora de solicitar una hipoteca o crédito bancario es imprescindible cumplir una serie de requisitos y garantías para que el banco conceda el préstamo. Uno de esos requisitos es que el inmueble cuente con una cédula de habitabilidad vigente.
Sin cédula de habitabilidad no podemos hablar propiamente de una vivienda, ya que legalmente el inmueble no está considerado como tal. Por lo tanto, no podemos acceder a una hipoteca para una vivienda.
Sin embargo, a veces se puede firmar una hipoteca sin cédula de habitabilidad. El problema es que no estaremos ante una hipoteca destinada a vivienda, sino ante una hipoteca destinada a negocios, locales comerciales, oficina, fincas rústicas, etc. Y, por consiguiente, la cuantía de la hipoteca podría ser menor a la de una vivienda.
¿Se puede vivir sin cédula de habitabilidad?
Es posible vivir sin cédula de habitabilidad. Pero hacerlo puede complicar algunos trámites o procesos como contratar un seguro del hogar, dar de alta los suministros de luz, agua y gas o empadronarse, e incluso derivar en multas.
No es extraño encontrar un local o un loft sin cédula de habitabilidad o algún otro edificio sin cédula de habitabilidad. Estos espacios siguen apareciendo en portales inmobiliarios y se anuncian como viviendas, aunque carecen de la certificación necesaria para ser legales, y son muchas las personas que los adquieren sin tener en cuenta este dato.
También hay quienes prefieren optar por comprar un local y vivir allí debido al elevado precio de la vivienda, pero en estos casos también se iniciará un procedimiento para legalizar la situación o bien se abrirá un expediente sancionador.
Requisitos para obtener la cédula de habitabilidad en un edificio de viviendas
Normativa general
Cada Comunidad Autónoma establece su propia normativa para regular la cédula de habitabilidad. Por ello, los requisitos pueden variar ligeramente según la ubicación de la vivienda. No obstante, en términos generales, las condiciones mínimas exigidas para considerar habitable un edificio plurifamiliar y sus viviendas son muy similares en todo el territorio.
1) Requisitos del edificio como conjunto
- Accesibilidad general: Debe existir un itinerario accesible hasta cada vivienda. Los espacios comunes (portales, rellanos, vestíbulos) deben permitir la entrada de forma cómoda y accesible.
- Escaleras: Deben cumplir requisitos de dimensiones, ventilación y ubicación para garantizar un uso seguro, especialmente en caso de evacuación.
- Ascensor: Es obligatorio en edificios de nueva construcción para facilitar el acceso a personas con movilidad reducida. Dependiendo del número de viviendas, la normativa puede permitir excepciones, siempre que exista espacio para instalar un ascensor o plataforma elevadora en el futuro. En edificios de gran tamaño, puede requerirse un segundo ascensor.
- Patios de ventilación: Sus dimensiones dependen de los compartimentos que ventilan (cocinas, baños, escaleras) y del número de plantas. Para mantener la salubridad, la normativa prohíbe que los patios comuniquen con aparcamientos o locales que generen ruido o malos olores; estos deben tener su propio sistema de ventilación.
- Espacios comunes: Deben estar previstos y dimensionados según el número de viviendas, con desagüe, punto de luz y toma de agua para mantenimiento y limpieza.
- Infraestructura de telecomunicaciones: El edificio debe contar con la instalación de redes de telecomunicaciones adecuadas para garantizar la conectividad de todas las viviendas.
2) Requisitos de cada vivienda individual
- Superficie mínima: Se establece una superficie útil mínima, que puede variar según la Comunidad Autónoma (por ejemplo, en Cataluña es de 36 m²).
- Distribución interior: La vivienda debe incluir obligatoriamente un equipo de cocina, un cuarto de baño completo, y una sala de estar-comedor. La distribución es libre, pero el baño debe ser independiente y las habitaciones deben contar con acceso propio, sin atravesar otras estancias.
- Dimensiones y accesibilidad interior: Cada espacio de la vivienda (puertas, pasillos, habitaciones) debe tener unas dimensiones mínimas que garanticen accesibilidad y circulación cómoda. Asimismo, se exige una altura mínima libre en cada estancia.
- Fachada, luz y ventilación: Todas las viviendas deben disponer de al menos una fachada al exterior que permita entrada de luz natural y ventilación. Tanto las habitaciones como las zonas comunes (salón, comedor, cocina) deben recibir luz y ventilación adecuadas.
- Dimensiones de estancias: La normativa establece dimensiones mínimas para habitaciones y zonas comunes, evitando espacios excesivamente reducidos. Debe garantizarse espacio suficiente para la movilidad de los ocupantes.
- Equipamiento y almacenaje: Las habitaciones deben contar con elementos de almacenaje (armarios, mesillas). La vivienda debe disponer de un espacio específico para lavar la ropa y un lugar adecuado para tenderla.
- Baño: Debe incluir, como mínimo, inodoro, lavabo y bañera o ducha. La cantidad debe ser proporcional al número de habitaciones.
- Servicios básicos: La vivienda debe estar dotada de conexión a agua potable, electricidad y, en su caso, gas, además de cumplir con los requisitos de eficiencia energética y sostenibilidad establecidos por la normativa vigente.
- Seguridad: Deben instalarse elementos de protección como barandillas o pasamanos donde sea necesario para evitar caídas.
Cuándo y cómo renovar la cédula de habitabilidad
Para saber si la vivienda necesita renovar la cédula, lo primero es consultar en el organismo competente el estado de la misma. Así sabremos si la cédula de habitabilidad está caducada o si nunca se ha tramitado.
Cómo se renueva
En caso de que la cédula siga en vigor, solo será necesario solicitar un duplicado y abonar la tasa correspondiente, si aplica. En cambio, si nuestra vivienda no tiene cédula o ya ha caducado habrá que tramitar una nueva certificación de habitabilidad con un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico).
Si no tienes cédula, solicita presupuesto para realizar la licencia de primera ocupación de la vivienda.
Si necesitas renovarla puedes comparar precios de los profesionales de tu zona introduciendo los datos de tu vivienda.
Además, debe aportarse un certificado adicional que garantice la seguridad y solidez de la vivienda, así como la garantía de que está construida dentro de la legalidad.
Caducidad de las cédulas de habitabilidad
La caducidad de las cédulas de habitabilidad varía según sea el año de emisión de la antigua cédula y del tipo de licencia: primera ocupación, segunda ocupación o rehabilitación.
Así, las viviendas que hubieran tramitado su cédula de habitabilidad con anterioridad al año 2004 tienen una caducidad de 10 años, por lo que todas ellas ya habrán caducado.
A partir del año 2004, las cédulas de habitabilidad pasan a tener una caducidad de 15 años, tanto las de primera ocupación como las de segunda.
Finalmente, desde el año 2013 en adelante, las licencias de primera ocupación pasan a tener 25 años de vigencia, que serán 15 en los casos de segunda ocupación o primera ocupación de rehabilitación.
Cuando la cédula caduque, el propietario deberá iniciar un nuevo trámite contactando con un arquitecto o arquitecto técnico que gestione el certificado de habitabilidad.
No obstante, y con independencia de la caducidad de la cédula, será necesario tramitar una nueva cédula de habitabilidad siempre que se vaya a realizar una rehabilitación de la vivienda.
Documentación para obtener la cédula de habitabilidad
El documento más importante para tramitar la cédula es el certificado de habitabilidad. Sin él no podrás solicitar tu cédula a la Administración correspondiente. Para obtenerlo tendrás que contactar obligatoriamente con un arquitecto o arquitecto técnico que tome los datos y realice el documento.
Además del certificado, deben presentarse los siguientes documentos: acreditación de la antigüedad de la vivienda, última cédula obtenida, DNI del propietario, un recibo de suministros (agua y luz) y el justificante de pago de las tasas municipales.
Además, es posible que nos exijan información adicional en algunos casos, ya que cada Administración tiene sus propios requisitos.
45€ - 891€
2 o 3 días desde la visita
Arquitectos o Ingenieros
No
Medio
Presencial o telemático
No
Con Certicalia, consigue tu cédula de forma sencilla
y han podido elegir entre los 3.844 técnicos profesionales registrados en Certicalia.
Rápido y sencillo
Profesionalidad y calidad
Te acompañamos en el proceso
¿Te surgen más dudas sobre cédula de habitabilidad? Nosotros te las resolvemos
La cédula de habitabilidad es expedida a través del Departamento de Vivienda de la Comunidad Autónoma correspondiente, una vez que el técnico ha cumplimentado y entregado el informe a dicho organismo.
La cédula de primera ocupación se solicita después de comunicar al Ayuntamiento correspondiente que se va a utilizar y ocupar la vivienda por primera vez.
Sí, cuando no existen las condiciones mínimas de habitabilidad. Esto se realiza mediante un procedimiento común con la audiencia con la persona interesada.
La cédula de habitabilidad certifica únicamente que la edificación reúne las condiciones para poder ser habitada y destinada como vivienda. Solo se encuentra vigente en algunas comunidades autónomas, mientras que la licencia de primera ocupación es un requisito que solicitan todos los ayuntamientos de España.
Sin embargo, la licencia de primera ocupación determina que la construcción ha sido ejecutada según el proyecto y ha seguido los parámetros establecidos en los permisos de obra.
Una cédula de habitabilidad puede ser de primera ocupación pero también de segunda ocupación.
En algunas comunidades han suprimido la cédula de habitabilidad y sólo dejan la obtención de la licencia de primera ocupación en el ayuntamiento y no es necesario renovarla, a no ser que se realice una reforma sustanciosa. Esto sucede en Madrid, Castilla-La Mancha, Andalucía, Castilla y León, País Vasco, Aragón y Galicia.
Esta licencia es expedida por el Ayuntamiento y acredita que una obra de edificación cumple las condiciones indicadas en la licencia de obra y en el proyecto técnico.
En una compraventa, corresponde al vendedor hacerse cargo de la cédula de habitabilidad. Sin embargo, puede ser que se llegue a un acuerdo entre las partes por la que se determine que será el comprador el que se haga cargo de ello.
En un alquiler, la cédula de habitabilidad es responsabilidad del propietario, que será quien tenga que solicitarla y abonarla.
No exactamente. El certificado de habitabilidad corresponde al informe realizado por un arquitecto o arquitecto técnico tras haber reunido toda la información necesaria relativa a su habitabilidad.
La cédula de habitabilidad es el documento final que emite el Ayuntamiento, en el cuál acredita que un inmueble reúne las condiciones mínimas para ser habitado. Para que el Ayuntamiento nos expida este documento es necesario que previamente le hayamos remitido el certificado de habitabilidad junto con otra información como la fotocopia del DNI o el justificante de pago de las tasas.
Aunque la denominación correcta es cédula de habitabilidad, también se la puede reconocer por licencia de habitabilidad o permiso de habitabilidad.
Cuando se ha registrado la solicitud con toda la documentación completa, el plazo para notificar si la cédula de habitabilidad se ha otorgado o denegado es de 30 días hábiles desde la fecha de recepción en el Registro.
El documento que acredita la cédula de habitabilidad de una vivienda es emitido en ultima instancia por el Ayuntamiento pertinente, previa entrega del certificado realizado por un técnico habilitado.
Desde que entregamos toda la documentación necesaria hasta que el Ayuntamiento no remite la cédula puede transcurrir hasta un mes. No obstante, en el mismo momento de la entrega de la documentación nos pueden facilitar un justificante que demuestre que hemos hecho entrega del certificado.
Este justificante puede servir, por ejemplo, para dar de alta de manera cautelar los suministros de luz, agua y gas a la espera de recibir la cédula de habitabilidad en regla.
Los documentos necesarios pueden diferir entre Ayuntamiento pero generalmente solo es necesario presentar una solicitud acompañada de la escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
Negativo. Si transcurridos los plazos previstos no se ha emitido la licencia se considera desestimada.
Dependerá de la normativa de cada Comunidad Autónoma, cada 10 o 15 años.
Puedes comprobarlo de varias formas:
- Revisando la documentación de la vivienda (escrituras, contrato de compraventa o de alquiler), donde a veces se adjunta la cédula.
- Preguntando al propietario anterior, a la comunidad de propietarios o a la administración de la finca, que pueden tener una copia.
- Consultando en el organismo competente de tu comunidad autónoma (ayuntamiento, departamento de vivienda o similar), donde en muchos casos pueden verificarla o emitir un duplicado.
Si no consigues localizarla o está caducada, en certicalia podemos ponerte en contacto con un técnico que revise la vivienda y tramite una nueva cédula de habitabilidad.
Si la administración ha denegado tu cédula de habitabilidad, normalmente es porque el inmueble no cumple alguno de los requisitos mínimos de habitabilidad (superficie útil, ventilación, iluminación, altura libre, estado de las instalaciones, etc.).
En estos casos, lo recomendable es:
- Revisar el informe de denegación, donde se detallan los motivos concretos del rechazo.
- Contactar con un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico) para evaluar qué obras o ajustes son necesarios para cumplir la normativa.
- Realizar las mejoras requeridas: pueden ir desde pequeñas reparaciones hasta reformas más amplias según el caso.
- Solicitar de nuevo la cédula, aportando la documentación actualizada y el certificado o informe técnico que acredite que la vivienda ya cumple las condiciones mínimas.
Somos un despacho de Arquitectos que tienen como objetivo la satisfacción del cliente,...