Convertir local en vivienda
en el municipio de Sevilla
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¿Cómo obtener la convertir local en vivienda en el municipio de Sevilla?
La conversión de un local comercial en vivienda en Sevilla es un proceso que se inicia verificando que la transformación es viable en la zona donde se encuentra el local.
Una vez confirmada la factibilidad, el siguiente paso es solicitar la correspondiente licencia urbanística en el Ayuntamiento de Sevilla.
Para ello, será necesario aportar un proyecto técnico redactado por un arquitecto o ingeniero que detalle las obras de adaptación a realizar para cumplir con los requisitos de habitabilidad: luz natural, ventilación, accesibilidad, distribución de espacios, instalaciones de servicios, etc.
Este proyecto también debe asegurar que la estructura del edificio permite el cambio de uso.
Tras obtener la licencia y realizar las reformas, se debe proceder a inscribir la nueva vivienda en el Registro de la Propiedad.
Esto supone presentar la documentación que acredite las obras realizadas, así como una declaración del técnico que certifique que la vivienda cumple con las condiciones de habitabilidad exigidas.
Finalmente, con la licencia de primera ocupación concedida por el Ayuntamiento y el registro de la vivienda actualizado, el local comercial se convierte en una vivienda legalmente reconocida y lista para su uso residencial.
¿Cuánto cuesta realizar la convertir local en vivienda en el municipio de Sevilla?
Se han solicitado 1.481 presupuestos de convertir local en vivienda en la comunidad autónoma de Andalucia . El precio mínimo son 300€ y el precio máximo son 9075€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
Las tasas administrativas de una licencia de cambio de uso en Andalucía dependen de cada Ayuntamiento y son un mínimo de 122,30€.
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localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre convertir local en vivienda? Nosotros te las resolvemos
Existen una serie de requisitos que se deben cumplir para poder legalizar una obra ya construida:
- El suelo deber ser urbano. Esto suele ser bastante habitual.
- No se debe superar el número máximo de viviendas permitidas de ese suelo.
- La vivienda deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación (CTE). Podemos encontrar dificultad en cumplir algunos aspectos como accesibilidad, salubridad, etc.
- La vivienda debe ser habitable. Esta normativa depende de la Comunidad Autónoma en la que estemos. Un problema típico en la conversión de local a vivienda es que la normativa suele requerir una ventana por cada habitación dentro de una vivienda. Y en los locales puede ser complicado abrir ventanas.
- Se deben cumplir los estatutos de la comunidad de propietarios. Si está prohibido, no podríamos llevar a cabo el cambio de uso. Si no, tendríamos que pedir permiso a los vecinos.
1. El propietario contacta con un arquitecto o arquitecto técnico.2. El técnico comprueba si se puede hacer el cambio de local a vivienda.3. Si se puede realizar el cambio, el arquitecto redactará el proyecto técnico.4. Pago de tasas y solicitud de Licencia de obra mayor, si es necesario.5. Resolución y notificación del ayuntamiento. Realización de las obras si son necesarias.6. Registrar la propiedad como vivienda.7. Al recibir la licencia de obra mayor, se recibe también la Cédula de habitabilidad o Licencia de primera ocupación.
La documentación será la misma que la de una Licencia de obra mayor:
- Instancia normalizado.
- Fotocopia del DNI/CIF.
- Acreditación de representación si el interesado delega en el técnico para entregar la documentación.
- Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.
- Hoja Estadística de edificación y vivienda.
- Proyecto técnico realizado por técnico competente y visado del Colegio Oficial correspondiente.
Normativa urbanística: depende del municipio. Se puede consultar el Plan General de Ordenación Urbanística del municipio.Código Técnico de la Edificación (CTE)
Se pueden perseguir dos fines: Quiero usar mi local como vivienda: no es legal habitar un local comercial, por tanto necesitaré el cambio de uso de local a vivienda para que sea legal. Uno de los inconvenientes de obviar este trámite es no poderte empadronar ahí porque una persona no se puede empadronar en un local. También, para dar de alta los suministros será necesario que disponga de cédula de habitabilidad, que al ser local, carece de ella. Quiero vender o alquilar mi local pero como vivienda: vender o alquilar una vivienda puede resultar más fácil que hacerlo con un local, además de sacar más beneficio económico. Si quiero vender el local como vivienda necesitaré este trámite.
Al tratarse habitualmente de una obra nueva, habrá que pedir la licencia de obra en el área de urbanismo del ayuntamiento donde se encuentre el local que se desea adaptar.
La solicitud del trámite puede hacerla el propietario, pero para presentarla se necesita un proyecto técnico que debe ser realizado por un técnico competente y colegiado.
La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda está en las condiciones necesarias para ser habitada. Accediendo a nuestra página de Cédula de Habitabilidad encontrarás información sobre cómo conseguir la cédula de habitabilidad de un local, cuánto cuesta, cuánto dura y mucho más.
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