¿Cuándo legalizar obras sin licencia?

Hay algunas situaciones en las que legalizar una obra sin licencia es imperativo para poder ponerla en uso, por ejemplo:

- Conseguir licencia de apertura cuando se trate de un negocio.

- Conseguir licencia de primera ocupación cuando se trate de una vivienda.

- Para vender o alquilar la casa, local, garaje o construcción.

- Dar de alta o hacer cambios en los suministros, como la luz, el agua, el gas o la basura.

- Solicitar ayudas y subvenciones, por ejemplo para la rehabilitación.

Es posible que seas tú como propietario el que sepa o advierta que su propiedad carece de las licencias, pero también puede ocurrir que sea la Administración quien advierta esta situación. En tal caso te dará un plazo de 2 meses para corregir este fallo. Si no lo haces en ese plazo, se procederá a la demolición de la obra.

Hay que recordar que si eres sancionado con una multa, el pago de esta no significa que la obra ya sea legal ni mucho menos, por el contrario aún pueden demolerla si no se ajustase a la normativa. La imposición de las multas responde a la infracción, es decir, al hecho de haber ejecutado una obra sin solicitar los permisos adecuados. La legalidad de la construcción tendrás que negociarla con el ayuntamiento para saber si es posible o no.

Plazos para legalizar una obra sin licencia

El plazo para que la Administración te dé una respuesta sobre la posibilidad de legalizar tu obra o no puede ser de 3 meses aproximadamente.

Precio de legalizar una obra sin licencia

A lo largo de la tramitación para la legalización de una obra ilegal deberás abonar:

- Honorarios del profesional: dependerá de la superficie de lo edificado y del tiempo empleado en el proyecto de legalización. El precio será similar al de un proyecto de obra nueva, pues la responsabilidad adquirida es la misma. Suele equivaler a un 4 % del coste total de la ejecución material.

- Obras de adaptación: en caso de que la construcción necesite reformas para cumplir la normativa, estas también tendrás que sufragarlas.

- Todas las tasas administrativas: suelen ser un 2 % del coste total de la ejecución material.

- Impuestos: tendrás que pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) que también suele equivaler al 4 % del coste total de la ejecución material.

- Actualizar las escrituras: esto debes hacerlo ante un notario y un registrador para actualizar tu obra en el Registro de la Propiedad. Esto será aproximadamente un 0,5 % del valor de la propiedad.

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