¿Qué normativa regula la ITE?
La normativa que regula la Inspección Técnica de Edificios (ITE) es la que corresponde al Real Decreto Ley 8/2011 del 1 de Julio. En concreto, la que se encuentra en el capitulo IV, que recoge las medidas para el fomento de las actuaciones de rehabilitación.
ITE obligatoria para edificios de más de 50 años
En este sentido, el articulo 21 establece la obligatoriedad de la ITE para todos los edificios que superen los 50 años (salvo que las Comunidades Autónomas fijen otra cosa) con el fin de asegurar su correcto estado de conservación. La inspección de estos edificios tienen que cumplir como mínimo dos requisitos:
-Que el edificio cumpla los mínimos exigibles en cuanto a seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato.
-Ordenar los trabajos de mantenimiento y conservación así como las reformas, si se necesitasen, en un plazo estipulado.
La peculiaridad de esta normativa es que cada Comunidad Autónoma podrá regular la forma, plazos y condiciones en que han de cumplirse estas inspecciones. Incluso los municipios podrían establecer sus propias actuaciones en tanto en cuanto no incumplan los mínimos estatales y autonómicos correspondientes a la ITE.
Por otra parte, las inspecciones realizadas por comunidades de propietarios referentes a la totalidad de un edificio se harán extensivas al conjunto de viviendas y locales existentes en él.