Vender casa
en el municipio de El Puerto de Santa María
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¿Cómo obtener el vender casa en El Puerto de Santa María?
Además, es obligación del vendedor solicitar y presentar el Certificado de Eficiencia Energética, el cual debe ser emitido por un profesional autorizado que evalúe las características energéticas de la casa. Junto a esto, es necesario contar con una cédula de habitabilidad que acredite que la vivienda cumple con los requisitos de habitabilidad vigentes en Andalucía.
Otra documentación requerida es el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) pagado, que prueba que el propietario está al corriente con las obligaciones fiscales municipales. Asimismo, se debe proporcionar una copia de la escritura de la propiedad y, en caso de existir obras o reformas realizadas, las licencias de obra y facturas correspondientes.
Una vez recopilada toda la documentación, el propietario debe presentarse en el Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María, ubicado en la Avenida de la Constitución, para registrar la operación de compraventa. Es importante verificar que todos los documentos estén en regla y sean actualizados para evitar demoras o inconvenientes durante el proceso de transferencia de la propiedad. El registrador revisará la documentación y, si toda está correcta, procederá a inscribir la nueva titularidad a nombre del comprador, otorgando seguridad jurídica tanto al vendedor como al comprador.
¿Cuánto cuesta realizar la vender casa en el municipio de El Puerto de Santa María?
Se han solicitado 16 presupuestos de vender casa en el municipio de El Puerto de Santa María . El precio mínimo son 2500€ y el precio máximo son 15000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre vender casa? Nosotros te las resolvemos
- Título de Propiedad del Registro de la Propiedad para poder acreditar que se es el propietario del piso.
- Cédula de habitabilidad que garantiza que la vivienda cumple les niveles mínimos exigidos de habitabilidad, en el caso de tenerla caducada deberá volver a solicitarse a un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador.
- Certificado de eficiencia energética.
- Escritura de declaración de obra nueva y división horizontal y Estatutos de la comunidad de propietarios.
- Documentación referente a los servicios y suministros para poder darlos de alta, o cambiar la titularidad.
- Último recibo del IBI.
- Documentación referente a las cargas vigentes de la vivienda como pueden ser derramas de la comunidad, recibos pendientes o una posible hipoteca sobre la casa.
- Certificado de la comunidad de vecinos de que los pagos están al día.
- Plano a escala 1:50 de la vivienda, con la descripción de materiales de construcción y la memoria de calidades.