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samuel preguntó sobre Comunidad de propietarios
No hay comunidad constituida
Quiero comprar un piso y me dicen que no hay comunidad constituida. Al parecer nunca la ha habido y, además, hay una planta que está ocupada entera. ¿Qué problemas podría haber?
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Jorge preguntó sobre Comunidad de propietarios
Reclamación cuotas atrasadas
Buenos días, Se ha constituido la comunidad hace unos meses y no me han pasado los recibos de la cuota. Ahora 6 meses después me piden el pago total y yo les he dicho que no puedo asumirlo, que acepto el pago de las nuevas y un porcentaje mensual de las debidas. No me niego solo que puedo asumir una cuantía más pequeña que la que ellos quieren. ¿Pueden demandarme judicialmente? ¿Qué puedo hacer?
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Hola Jorge, La cuestión es, ¿si te las hubieran pasado cada mes las hubieses pagado no? El problema es tuyo 100%, no de la comunidad. Y claro que te pueden denunciar, hasta 2 o 3 años de retrasos sin problemas, pero la verdad es que si el importe es inferior a unos 3.000€ no vale la pena ni meterse en eso. Y lo normal es que antes se te echen los vecinos encima. Ahora bien, nosotros por ejemplo (yo soy presidente de comunidad) a la gente que le cuesta asumir los importes, por el motivo que sea, le pactamos unas cuotas en cómodos plazos, para que vayan pagando más cómodamente y sin ahogar que tampoco hace falta, porque si no la bola se les hace muy grande y es peor, pero al final es una cosa que hay que pagar y si no se paga perjudicas a los vecinos directamente, y en cuanto se enteren de quién no paga no es divertido....
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Blanca preguntó sobre Comunidad de propietarios
¿Cómo puedo calcular la cuota de participación?
Mi padre tiene dos pisos contiguos pero uno de ellos tiene anexionada una habitación del otro. ¿Cómo se redistribuiría el coeficiente de participación de cada uno?
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La cuota de participación se calcula en base a la superficie útil de cada propiedad, que viene determinada por la escritura de propiedad horizontal. En el caso que mencionas, la superficie útil de cada piso deberá ser sumada para obtener la superficie total del conjunto de las dos propiedades. Luego se calculará la proporción que representa cada piso respecto al total, y en base a eso se asignará la cuota de participación correspondiente a cada uno. Respecto a la habitación que se ha anexionado, se deberá comprobar si en la escritura figura como parte del piso que la ha anexionado o si se encuentra registrada de forma independiente. En el primer caso, la superficie útil del piso que la ha anexionado se verá incrementada y, por tanto, su cuota de participación también deberá ser recalculada. En el segundo caso, la habitación será considerada como una propiedad independiente y se le asignará una cuota de participación propia en función de su superficie útil. Es importante que se realice una revisión exhaustiva de la escritura de propiedad horizontal y, en caso de dudas, consúltanos, somos expertos en ingeniería. Gracias!...
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maria preguntó sobre Comunidad de propietarios
Obra B I
En obras en comunidades de vecinos ¿cuanto se paga de beneficio industrial?
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Muchas gracias por tu consulta. El BI lo cobra la Constructora. 6% Atentamente...
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Lidia preguntó sobre Comunidad de propietarios
Escritura ampliación obra nueva
Hay que crear una comunidad de vecinos para informarles y recibir su aprobación para poder legalizar la obra que se hizo sin permiso?
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Hola Lidia, Muchas gracias por tu consulta. ¿De cuántos propietarios está formado el edificio?...
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JOSEP MUÑOZ preguntó sobre
¿Qué obligación tiene de pasar a contabilizar el consumo unitario una comunidad de 11 vecinos?
Tiene instalada una calefacción centralizada de gas natural. ¿Es obligatorio contabilizarlo de forma individual o es potativo?
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Hola Josep, El consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la instalación de contadores individuales en los edificios con sistemas de calefacción y refrigeración central, publicado en el BOE el 6 de agosto. La normativa (que lleva en proceso de trámite legislativo desde 2019) se aprueba en cumplimiento de la normativa de la Unión Europea (UE), que mantiene un procedimiento de infracción contra España desde 2015 por no haberla adoptado. El Real Decreto fija como fecha límite entre 2022 y 2023 para activar estos dispositivos en los edificios que los necesiten, dependiendo de la zona climática en la que se encuentren. No habrá, por tanto, una obligación inmediata de adaptar las viviendas de cara al próximo inverno 2020-2021. Este Real Decreto tiene como finalidad realizar la transposición completa de varias Directivas europeas, entre ellas la Directiva 2018/2002 que marca la obligatoriedad de la contabilización de consumos de calefacción y la obligatoriedad de individualizar esta contabilización en el caso de edificios con calefacciones centralizadas, lo que obligaría a instalar repartidores de costes de calefacción y válvulas termostáticas. La normativa será de aplicación obligatoria en edificios con sistemas de calefacción o refrigeración construidos antes de la aprobación del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios) de 1998, ya que todos los edificios construidos posteriormente ya están obligados a instalar dispositivos de contabilización individuales. Esperamos haberle sido de ayuda ...
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Adela Belén Álvarez Prada preguntó sobre Comunidad de propietarios
Constitución de comunidad de propietarios en Montijo
Vivimos en un inmueble con 8 vecinos. El presidente rota, pero una persona tiene 4 pisos y otras son bastante dejadas. En teoría, cada año el presidente es uno. . Hemos tenido problemas con los pagos, es un engorro ir de puerta a puerta cobrando los recibos. Tenemos que guardar el dinero en casa. En la práctica no se cumple que cada año una persona sea el presidente y cuando me toca a mí, me toca todo (, tejado, pintar, arreglar la puerta). Se piden _por acuerdo y diferencias de actuación en el pasado_ tres presupuestos para elegir. Con pequeñas obras como arreglar una puerta no es fácil conseguir presupuestos. Veo que mientras dedico mucho tiempo a la comunidad e intento complacer a todos, más me exigen. Soy la única que da cuentas al menos una vez al año y tenemos un grupo de WhatsApp con el que es fácil comunicarse. A una semana de pintar me han dicho que no pinte hasta arreglar la puerta. Hace un mes plantee que lo lógico sería arreglar la puerta antes. Dado que la puerta lleva estropeada años, decidieron dejar la puerta para más adelante. Ya me he comprometido con el pintor. Desearía tener la comunidad en regla, con estatutos legales, que se pague por el banco, tener seguro. Una persona ya mayor no quiere porque dice que los bancos son una ruina y estar dados de alta no tiene ninguna ventaja. Quiero saber como constituir una comunidad moderna, no basada en lo que se solía hacer hace 50 años. No puedo pagar la factura de la luz de la escalera por internet porque el CIF es tan antiguo que no lo reconoce el sistema de pagos de Endesa. Ahora mismo tengo 4000 euros en casa _,para pintar_ pero falta un pico y no hay para la puerta. Puedo obligarles a constituir una comunidad moderna? Que vaya por banco? Lo de pedir tres presupuestos y elegir viene porque algunos presidentes han contratado y hecho obras sin comunicar nada. En plan porque yo lo valgo. Con la edad de algunas personas, esto va a peor. Qué ventajas puedo ofrecerles para que acepten modernizarse? Les puedo obligar? Cuanto me puede costar? Una de las razones por las que una minoría queremos la comunidad por el banco es _porquecescun rollo ir de puertas puerta_, no queremos tener dinero de nadie en casa y porque queremos estar legalizados con el fin de poner un ascensor en el futuro. Un seguro siempre viene bien. Lo del ascensor es algo que las personas que viven en el bajo o tienen los pisos para sacar dinero del alquiler e invertir lo mínimo no quieren. Con cada año va siendo más necesario. Cuánto puede costar constituir una Comunidad de vecinos con CIF de verdad?
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Hola Elena, te recomiendo que te dirijas a un adminsitrador de fincas ya que parece una finca complicada de gestionar y acordar entre vecinos. Suelen cobrar sus honorarios pero tendras la tranquilidad de que todo lo teneis en regla y no se escapa el dinero . Para las obras, mejor asesorarte con un técnico de cabecera, es un arquitecto técnico que asesora y planifica las actuaciones de mantenimiento y obras que hay que realizar en la comunidad para tenermo tdo bajo normativa. Respecto a esto último, en mi estudio solemos realizar asesoramiento a comunidades y les va genial porque lo dejan en manos expertas y de confianza. Saludos...
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Nora preguntó sobre Legalización de instalaciones
Es posible disfrutar de un ático (terraza) que solo tengo acceso yo y otro vecino desde dos trasteros del último piso??
La terraza es de la comunidad pero el acceso es solo de dos vecinos, porque nuestros trasteros son los que acceden a la terraza del atico
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Hola Nora, La respuesta a tu pregunta podría estar en las Escrituras de los trasteros. Habría que mirar si tienen una servidumbre de paso. Un saludo,...
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Jose preguntó sobre Comunidad de propietarios
Como se calcula la cuota de comunidad cuando no todas las viviendas estan vendidas
Hola, llevo años viviendo en una finca en la que solo estan vendidas el 50% de las viviendas, yo al igual que todos los de la 2ª planta tenemos viviendas de 90 metros, todos tenemos la cuota de participacion mas altas, ya que algunos propietarios tienen viviendas de menos metros y su cuota de participacion es menor con lo que la cuota de comunidad es menor. La duda que tengo es la siguiente, en el caso de que no esten vendidas todas las viviendas, la cuota de comunidad se calcula también con la cuota de participacion? es decir, de los 18 pisos que faltan por vender yo tengo q pagar arreglo a mi cuota de participacion? No seria mas normal que se calculara mi cuota como si estuvieran todas la viviendas vendidas y las 18 viviendas q no estan vendidas( y que de momento nadie paga) se pagara entre todos los propietarios por igual? Pq de esta forma yo estoy pagando 90e mientras q hay gente que paga 30 euros al mes. los que tenemos pisos grandes tenemos q soportar la carga de los pisos que no se pagan, ojo, que los pisos pequeños tambien pagan la parte proporcional de cuota de participacion, pero es mucho menor... gracias
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Las que no estén vendidas, tendrán un propietario ya sea la constructora o promotora o el banco, que no están exentos de pagar como cualquier propietario....
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Maria preguntó sobre Comunidad de propietarios
IBI a nombre de la comunidad
El IBI de nuestras plazas y trasteros tiene por titular al 100% a la comunidad de propietarios. Dicha comunidad se constituyo en el año 2010, estando la promotora de titular hasta 2015, año en que se solicita un cambio de titularidad a favor de la C.P. sin la aprobacion de la junta de propietarios ni autorización de los mismos. Las plazas y trasteros tienen asignado y descrito pormenorizadamente su numero. Metros. Linderos etc... Con uso y disfrute vinculado y exclusivo a un unico propietario y excluyente del resto de cotitulares. Que comparten en proindiviso las zonas comunes de rodadura y acceso a las mismas. Abriendo hoja de libro en el registro independiente a cada plaza. Trastero y propietario. ¿Un solo propietario puede sollicitar la individualizacion del IBI de su plaza y trastero ante el Catastro y tener reg. Catastral propia? En caso de que se lo denieguen ¿Puede solicitar que se incluyan en la ref. Catastral unica a todos los propietarios para que nos conste el porcentaje de propiedad en la AEAT? Que ahora no nos consta en la relacion de bienes dicha propiedad
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Buenos días. Las respuestas a sus preguntas las va a obtener de su Escritura de Compraventa. En muchas comunidades de vecinos, la planta de garaje funciona como un proindiviso, de tal forma que cuando Vd compra un garaje la descripción es que Vd. compra una participación indivisa del x% sobre el total de la planta de garaje y que le da derecho a usar la plaza ¨x¨ y el trastero ¨z¨. En este caso, no se puede individualizar el IBI. Si en su escritura de compraventa figura que Vd. compra una plaza de garaje concreta, entonces sí que tendrá un IBI independiente. Un saludo....
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Sergio preguntó sobre Comunidad de propietarios
Porcentaje participación comunidad
Compré una vivienda con un indice de participación que incluía garaje y trastero. Pero yo solo compré la vivienda. Deben cambiar ese indice de participación?
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Buenos días: Si el porcentaje dice que es común a la vivienda junto con el garaje y el trastero, probablemente no formen fincas independientes las tres, con lo cual no se puede comprar la vivienda independiente del garaje y del trastero (ni registrarla posteriormente). Si este no es el caso, tendrá que ir al Registro de la Propiedad y pedir una Nota Simple de la División Horizontal del Edificio y ver cómo figuran las fincas (independientes ó no). También lo podría solicitar al Administrador de Fincas que lleve la Comunidad, porque dicha documentación debiera de conocerla. Por último, podría ser que el error haya sido del Notario en su compraventa (con lo cual tendría que pedirle que lo subsane). La Comunidad de Propietarios, va a hacer caso de la División Horizontal. Si Vd. no está de acuerdo con la misma, tendría opción a solicitar que se modifiquen los porcentajes de propiedad, pero tendrá que ser con un acuerdo unánime de todos los propietarios. Un saludo....
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Miguel Angel Martínez Ezquerro preguntó sobre Comunidad de propietarios
Acceso Patio
Mis padres tenían una casa con un solar anexo. Después de la herencia la casa es mía y el solar de mi hermano quien lo ha dado a su hija. Esta ha edificado una casa dejando un patio entre ambas casas de 5 metros de ancho por la longitud de la fachada de mi casa que da a dicho patio. Ahora me surgen algunas preguntas en relación a este patio y su uso. 1.- Puedo acceder yo a ese patio, bien desde el interior de la casa o desde el exterior o desde ambos sitios?. Mi casa en esa fachada tiene 3 ventanas y una puerta de acceso al solar. Tal y como estaba en origen. 2.-Mi sobrina me ha comentado que me puede forzar a cerrar la puerta al patio ya que es suyo y teme que si en un futuro alquilo la casa (cosa probable) los inquilinos podrían acceder facilmente a su casa por el acceso que ella tiene a dicho patio. Me puede obligar a realizar ese cerramiento? Puede obligarme a cerrar alguna de las ventanas? 3.-El espacio lo ha cubierto parcialmente con una tejabana. Puede hacerlo? Puede cerrar todo si lo desea?. Actualmente la parte cerrada no quita mucha luz pero si cerrara todo las ventanas quedarían totalmente inservibles. 4. Actualmente el espacio lo utiliza como almacen pero puede hacerlo? Puede usar ese espacio como aparcamiento, almacen, jardin, etc. De hacerlo, al ser una planta baja, las ventanas quedarían tambien inservibles. Si lo usa como almacen puede dejar ahí cualquier cosa, como por ejemplo el deposito del gas-oil de la calefaccion, En definitiva puede adosar cosas a mi fachada? 5.-Puedo usar libremente mi fachada para cosas como - Instalar la caja de ubicacion del contador de gas, agua o luz. Y en este caso poder acceder a la lectura de los contadores ? - Tenderetes de ropa con acceso desde la ventana o incluso desde el propio patio. - Canalones de bajada agua, tubos de agua o mangueras de electricidad, etc. En la actualidad las tuberias de suministro de agua y las de desagüe pasan por dicho patio. Puede obligarme a llevarlas directamente a la calle desde mi casa? Y en ese caso debo asumir yo el coste?
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El caso que plantea es complejo y habría que analizar detenidamente las escrituras originales, la segregación que seguro que se hizo en su día y las normas urbanísticas. En principio al existir previamente la vivienda y sus ventanas, podría existir una servidumbre de luces y vistas, así como servidumbre de acueducto (abastecimiento, saneamiento), pero habría que ver si éstas servidumbres se reflejaron en escritura o hay pruebas que muestren que esta servidumbre era evidente. Estas servidumbres supondrían que puede mantener las ventanas y que no le pueden quitar la ventilación de las mismas (no pueden construir nada adosado a ellas que las anule ni techar la servidumbre. Consulte con un abogado que le asesorará a la vista de todos los datos....
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José Antonio Garcia Torralba preguntó sobre Comunidad de propietarios
Es obligatorio hacer un comunidad de propietarios en una finca antigua?
Quería saber si es obligatorio hacer una comunidad de propietarios en un bloque de 34 años , ya que nunca la hubo y siempre se hizo todo amistosamente entre los vecinos. De repente una vecina quiere y nos ha citado a todos los vecinos y a un asesor. El mayor problema es que el bloque tiene dos portales , uno con tres vecinos y otro con siete,por lo cual nosotros tres no importa lo que votemos , ya que ninguno queremos. ¿Ha de ser unanime la votación para constituirse la comunidad al no ser obra nueva o basta con mayoria?
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Por los datos que da, es evidente que existe una escritura de propiedad horizontal, por lo que es a priori es obligatorio constituir la comunidad de propietarios conforme a la ley. Sin embargo, a falta de más datos sobre la escritura de constitución y su situación registral real, diría que es necesaria unanimidad para aprobar formalmente la constitución y los estatutos. Dicho esto, lo que les recomiendo es que lleguen a un acuerdo en la redacción de los estatutos de modo que "los gastos de conservación, mantenimiento, alumbrado y otros, que puedan imputarse a cada uno e los portales individualizadamente serán sufragados por los vecinos de cada uno de los portales", es decir, la creación de dos subcomunidades, de modo que cada una de ellas responda de sus propios gastos y la comunidad solo de los elementos comunes no individualizables (por ejemplo la estructura o el derecho de suelo). De este modo la constitución de la comunidad le resultará menos gravosa (que supongo que será el motivo de su negativa). En caso de que aprobasen un acuerdo por mayoría simple, puede impugnarlo ante el juez. Del mismo modo, si otros vecinos quieren constituir la comunidad podrán hacerlo acudiendo al juez que la constituirá de forma obligatoria. Recomiendo en cualquier caso que acuda a un abogado con toda la documentación para que le asesore con datos concretos....
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Gisel preguntó sobre Comunidad de propietarios
Alta nueva comunidad
Donde vivo se creo una comunidad legalizada y nos pide el pago de las cuotas de años atrás, quería saber si es obligatorio pagarlas o empiezan a contar desde que se legalizó la misma
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Existe obligación de pagar las cuotas desde que se establecen por mayoría en una junta general de propietarios cumpliendo las formalidades que establece la ley. Eso sí, en determinados casos, podría tener que responder como comunero (art. 396 CC), de ciertas cantidades que necesariamente hubiese que haber desembolsado el resto en favor de la cosa común, incluso antes de la constitución formal de la comunidad. Habría que contar con todos los datos para asesorarle correctamente. Le recomiendo que consulte con un abogado....
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Beatriz preguntó sobre Comunidad de propietarios
terraza comunitaria con uso particular
Hola, tengo un vecino al que se le ha agrietado el suelo de la terraza comunitaria que tiene pero a la q solo puede acceder el mismo. Se trata de un piso primero con terraza comunitaria. MI duda es si la reparacion la tiene que cubrir él o teneos que hacernos cargo la comunidad de vecinos. Tanto el seguro de hogar de su piso como el seguro del bloque ha respondido que no se hacen cargo. Gracias, Espero respuesta.
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Si la terraza es comunitaria de uso privativo, la reparación corresponde a la comunidad, salvo que se demuestre que los daños son debidos a un mal uso del propietario que disfruta de su uso. Otra cosa distinta es que la comunidad, como propietaria, puede decidir que si no hay perjuicio de terceros (por ejemplo filtraciones, etc) y los daños son meramente estéticos y no impiden el uso, no existe necesidad real de arreglarla. Consulte con un abogado....
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Titi preguntó sobre Comunidad de propietarios
¿Puede ser la cubierta de mi unifamiliar de la comunidad de vecinos?
Buenas una pregunta yo vivo en viviendas adosadas unifamiliares y quiero hacer disfrute de mi cubierta el ayuntamiento me a dado permiso pero la comunidad dice que es suya como puede ser mi cubierta suya ??
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Hola, ese punto debe aparecer en los estatutos de la comunidad, donde se especifica la propiedad de cada elemento de la edificación......
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Jose preguntó sobre Comunidad de propietarios
El restaurant no quiere colaborar
Somos cuatro vecinos propietarios en el edificio y uno de ellos también es propietario de un restaurant que hay también en el edificio, Tenemos que reparar la fachada por peligro de desprendimientos y necesito saber si el restaurant tambien debe colaborar y en que medida. GRACIAS.
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Lasoove preguntó sobre Comunidad de propietarios
Qué documentación entrega el promotor a la comunidad de vecinos
Cuando se crea una comunidad de vecinos , el constructor o promotor entrega a la comunidad alguna documentacion donde haga referencia al edificio , su edificacion , su estructura , acabado , etc,
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Gemma preguntó sobre Comunidad de propietarios
Terraza común en comunidad
Hola, tengo una consulta, si en la comunidad hay una terraza común y yo pago por una cesión de uso privado indefinido, puedo inscribirla en el registro de la propiedad?
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Ferrer preguntó sobre Comunidad de propietarios
Mé gustaria saber a quién pertenece pagar los trabajos en mi terraza la cual dispongo que es comunitaria
Buenos dias !!Dispongo de una terraza en mi Atico El piso abajo del mío tiene goteras el albañil que mandó el administrador dice que hay que levantar las baldosas Quien debe pagar esos trabajos de la terraza no. Soy propietaria Es el seguro de la comunidad o el mío del piso Gracias
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