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  • Ángel Ámez preguntó sobre Eficiencia energética

    Compra de solar con edificación en semiruina y exigencia de certificado energético

    El abogado que lleva mi caso dice que es necesario el certificado energético, ya que el solar cuenta con una edificación de dos plantas sin distribución interior y que nunca se ha usado como vivienda (puede verse en la foto). Catastralmente figura con uso industrial, pues se ha utilizado para almacenar material de construcción. Creo que, según los supuestos de exención del Real Decreto, no deberían solicitar este certificado, pero tengo la duda de si podría tener problemas con el Registro de la Propiedad al inscribirla a mi nombre. Gracias.

    Compra de solar con edificación en semiruina y exigencia de certificado energético

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      Estoy de acuerdo con José Antonio, no se puede hacer un certificado energético....

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  • J preguntó sobre Eficiencia energética

    No se registró correctamente el certificado energético

    Instalé placas solares y contraté a una técnica para realizar los certificados energéticos antes y después de la instalación. Sin embargo, los registró ambos a la vez, con fecha posterior, y ahora no puedo desgravarme en el IRPF. ¿Tiene alguna solución? ¿Puedo reclamar daños y perjuicios a la técnica?

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      Buenas, me parece que puedes presentar los dos certificados posteriormente a la instalación siempre que el primero, el de antes, esté fechado antes de la instalación (internamente en el documento), fecha y acta de visita y demás... Si esto no se ha realizado así, podría modificarse o realizar uno nuevo con fecha anterior....

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  • Oscar preguntó sobre Eficiencia energética

    Validez del certificado

    La fecha válida para comprobar los años para tener subvención es la de la suscripción o la del registro. Veo que en las etiquetas aparece la fecha de la suscripción. Y se pueden tener dos certificados en suscripción a la espera del registro que dura unos tres meses, a la vez una antes de mejora y otra después.

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      Hola Óscar, El certificado tiene 3 fechas: - Fecha de visita - Fecha de elaboración del Certificado - Fecha de registro Los certificadores podemos hacer la visita al inmueble y tenemos 3 meses para poder registrarlo desde esa fecha, luego la elaboración, tenemos 1 més para poder registrarlo desde que se ha hecho el certificado. El paso segundo, es hacer la actuación y el tercero el certificado final ya con lo que se haya hecho en la actuación (bien cambio de ventanas, aislamiento, aportación energética renovable, etc) Según comunidades, empieza a contar desde la visita del certificador, pero, para no tener problemas, porque hay lugares en los que no lo ven así y consideran que el certificado inicial es válido desde su registro y que la actuación tiene que ser posterior al Registro del Certificado inicial. Aunque la solicitud se haga un día y el registro tarden tiempo en darlo, suelen respetar la fecha de la solicitud. Así es que yo tendría en cuenta dicha fecha para ponerla como anterior a la obra. No sé si me he explicado bien, si necesitas algo más, contéstame. Saludos. ...

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  • Asi preguntó sobre Eficiencia energética edificios

    Etiqueta energía inicial

    Buenas, Necesito ayuda. Estamos tramitando una ayuda por haber realizado una rehabilitación en la vivienda. Nos piden la etiqueta energética inicial (antes de la obra). En su día, antes de comenzar la rehabilitación, se registró la etiqueta al hacer la ITE del edificio. Sin embargo, al solicitar ahora la etiqueta actual nos indicaron que debía actualizarse y, al hacerlo, se borró la inicial. Nadie nos sabe decir cómo recuperarla. El arquitecto la registró y tramitó todo correctamente, pero ahora solo aparece la etiqueta final. Necesitamos una solución, ya que la etiqueta inicial es imprescindible para poder cobrar una ayuda de más de 100.000 euros.

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      El arquitecto no guardó la etiqueta inicial? Sino llamar al EVE y dando la etiqueta final podrán mirar en los archivos...

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  • BLANCA preguntó sobre Eficiencia energética

    ¿Cuál es la duración del certificado de eficiencia energética y si compré el piso hace 3 años, me sirve?

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      Hola Blanca, si compraste la vivienda hace 3 años y el certificado estaba recién hecho, aunque esté a nombre del anterior propietario, si que es válido, si quieres, escríbeme por privado y te puedo averiguar la caducidad. Saludos....

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  • JAVIER preguntó sobre Eficiencia energética

    CERTIFICADO ENERGETICO

    Buenos dias, ¿es normal que se hagan los certificados online? Me refiero, que no visitan la vivienda, simplemente te piden fotos y un video. Tengo entendido que la visita es obligatoria, incluso hay que firmar un documento de visita.

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      Correcto. La visita es obligatoria. Y se firma un poder de repesentación. En algunas comunidades autónomas le poder incluye el texto explícito referente a haber realizado la visita por parte del certificador. Espero haberte aclarado la duda....

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  • Lorena Romero preguntó sobre Eficiencia energética

    CEE registrado con más de un mes entre fecha de emisión y registro

    Un técnico "competente" registró el CEE de mi vivienda (edificio residencial) en la Junta de Castilla y León antes de las obras, con más de un mes de diferencia entre la fecha de emisión y la de registro. Ahora la Agencia Tributaria me ha hecho una comprobación limitada, suprimiendo la desgravación y aplicando intereses (edificio 60 % de las cantidades = 9.000 € + 300 € de intereses). Según el Real Decreto 390/2021, el plazo de registro es de 1 mes, ya que la JCyL en su normativa no establece un plazo concreto (ver imagen adjunta con la motivación de la AEAT). Preguntas: ¿Puedo reclamar la responsabilidad civil al técnico? Sé que yo soy la responsable como propietaria, pero yo autoricé al técnico a actuar en mi nombre (hoja de encargo). ¿Puedo hacer una subsanación de errores en la Junta de Castilla y León? El certificado está registrado en 2022 y hay un CEE posterior a las obras, de 2023.

    CEE registrado con más de un mes entre fecha de emisión y registro

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      Buenos días Lorena te comento lo siguiente, espero que te sea de ayuda: 1) Qué exige la norma y qué te ha dicho la AEAT. La deducción por obras de mejora de la eficiencia energética exige aportar dos CEE (antes y después de la obra) expedidos y registrados conforme al RD 390/2021. La AEAT te niega la deducción porque el CEE previo fue emitido el 18/10/2021 y registrado en la Junta de Castilla y León el 09/05/2022. Invoca el art. 6.6 del RD 390/2021, que dice que para que el CEE tenga validez debe estar debidamente registrado y que el plazo de presentación será el fijado por la comunidad autónoma y, en su defecto, de un mes desde la emisión. Como CyL no fija plazo específico, la AEAT aplica el mes “supletorio” y concluye que no se cumple. Es muy importante saber porque no se realizo el registro o presentación en el plazo de un mes desde su emisión, o en tu caso si desconocías que no estaba registrado y porque se procedió a registrar transcurrido tanto tiempo. 2) Es defendible la deducción. Sí, es defendible. Hay dos argumentos técnicos de fondo: Validez del CEE por estar registrado. El art. 6.6 condiciona la validez a que el CEE esté registrado, pero no declara la nulidad automática por registrarlo fuera de plazo; la consecuencia típica del retraso es sancionadora en el ámbito energético, no la inexistencia del CEE. De hecho, la propia Junta lo admitió y registró (acto administrativo válido), lo que refuerza su eficacia jurídica. Finalidad del requisito fiscal. Lo que persigue Hacienda es poder comparar una situación previa y posterior. En tu caso, el CEE previo se emitió antes de las obras y ambos CEE constan registrados (2022 y 2023). La finalidad material se cumple. Negar la deducción por un retraso formal ajeno al contribuyente cuando la Administración sectorial aceptó el registro es discutible y puedes recurrir. Qué puedes hacer ahora: Si lo que has recibido es Propuesta de liquidación en comprobación limitada → 10 días hábiles para alegaciones. Si ya es Liquidación provisional → 1 mes para recurso de reposición o reclamación económico-administrativa (TEAR). En el escrito que presentes, pide la anulación de la regularización y mantén la deducción. Documentación a adjuntar: CEE previo (PDF) con fecha de emisión y justificante de registro de CyL. CEE posterior a las obras y su registro (2023). Acreditación de que CyL no fija plazo propio (si puedes, breve nota o certificado del registro/FAQ oficial). Hoja de encargo y comunicaciones con el técnico (para explicar que él gestionaba el registro). Presupuesto/facturas de las obras y justificantes de pago. 3) Puedo “subsanar” en la Junta de Castilla y León. No puedes cambiar retroactivamente la fecha de registro ni “rehacer” el asiento. Lo que sí puedes pedir es: Certificación literal del registro donde conste que el CEE fue emitido el 18/10/2021 y admitido y registrado por la Junta el 09/05/2022. (Opcional) Un informe/nota del propio registro indicando que la inscripción tiene validez y que la Junta no rechaza registros extemporáneos por razones de plazo. Esto refuerza tu recurso ante la AEAT. 4) Puedo reclamar responsabilidad civil al técnico...? Sí, es posible, si se dan estos elementos: Encargo: que en la hoja de encargo o en los hechos conste que el técnico asumió tramitar el registro del CEE (actuar en tu nombre). Incumplimiento: registró fuera del mes sin causa justificada. Daño: pérdida de la deducción (9.000 €) + intereses (300 €) y, en su caso, costes del procedimiento. Nexo causal: que la denegación se deba únicamente a ese retraso. Matices importantes: Primero intenta salvar la deducción por la vía tributaria (tus probabilidades son razonables). Si finalmente Hacienda confirma la regularización, entonces la relación causal con el retraso del técnico se refuerza. El técnico suele tener seguro de RC profesional. Envía burofax de reclamación (interrumpe la prescripción). Plazos: en principio, la acción contractual prescribe a los 5 años desde que conoces el daño y puedes ejercitar la acción (art. 1964 CC). 5) Estrategia práctica (paso a paso) Presenta alegaciones/recurso en plazo, con los argumentos del punto 2 y la documentación de apoyo. Solicita al Registro de CyL el certificado literal del asiento del CEE previo (y, si es posible, una nota sobre que la Junta no invalida por extemporaneidad). Burofax al técnico y a su aseguradora dejando constancia de los hechos y reservándote acciones por los perjuicios, sin renunciar al recurso tributario. Si el TEAR/AEAT estima tu recurso, cierras el tema. Si desestima, valora recurso contencioso y, en paralelo, sigue con la RC al técnico. Modelo breve de alegaciones (esqueleto) Hechos: fechas de emisión y registro; existencia de CEE posterior; ejecución de obras. Fundamentos: a) RD 390/2021, art. 6.6: validez condicionada al registro, no a su oportunidad; la Junta admitió el registro → acto válido. b) Requisito fiscal: “expedidos y registrados” → cumplido; la finalidad comparativa entre CEE se cumple. c) Principio de proporcionalidad y buena fe: no procede denegar una deducción materialmente cumplida por un defecto formal subsanado y no imputable al contribuyente. Petición: anulación de la regularización y mantenimiento de la deducción. Conclusión Subsanar la fecha en CyL: no es posible. Defender la deducción: sí, con base sólida (registro existente + finalidad cumplida). Reclamar al técnico: viable si finalmente pierdes la deducción; inicia ya burofax para dejar constancia e interrumpir plazos. Espero haberle resuelto sus dudas. Un saludo....

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  • Alberto preguntó sobre Eficiencia energética

    ¿Certificado de bloque entero válido para comprar un piso?

    Voy a comprar una vivienda en Zaragoza. Los dueños de la casa no sabían si tenían certificado energético. Consulté en el REGCEE de Aragón y aparece la etiqueta energética con la referencia catastral de la vivienda que quiero comprar. Hasta ahí todo bien. El banco me pide el informe completo de la certificación. Los vendedores no saben nada y lo estoy gestionando yo, ya que no colaboran demasiado. Llamé al banco para preguntar hasta qué punto es obligatorio ese informe, ya que yo no puedo obtenerlo. Para mi sorpresa, me dicen que no es válido porque corresponde al bloque completo y no a la vivienda individual. Esto implica que habría que tramitar uno nuevo, lo cual me preocupa por la tasación (ya realizada), no vaya a ser que ahora digan que no sirve. El banco asegura que el notario no lo aceptará, pero sospecho que lo dicen porque ofrecen una bonificación si se mejora la eficiencia energética de la vivienda. ¿Es realmente así? ¿Por qué es todo tan complicado? ¿Cómo puedo conseguir que los dueños me entreguen el informe, aunque sea del bloque completo? Ellos insisten en que no tienen nada y que el administrador de la finca tampoco dispone de ese documento.

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      Buenos dias Alberto. El certificado de bloque completo es válido para la compra venta de un inmueble de igual manera que uno individual. El notario debe aceptarlo. El que puede exigirte uno individual aunque no sea obligatorio es el banco. Sí que debes aportar el certificado completo, no solo la ficha. Al ser de bloque completo lo debió encargar el administrador de la finca que es quien debería guardar copia. No debe haber ningún problema con la tasación, son documentos distintos. Si quieres ahorrar tiempo o tienes prisa, se puede obtener un certificado del inmueble de forma individual. Estoy a tu disposición. Saludos....

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  • Angela preguntó sobre Ahorro energético

    Presupuesto

    Buenos días quiero saber que me cuesta tramitar un certificado de eficiencia energética en la calle Vega 4 de Corduente en Guadalajara, Madrid. La vivienda no cuenta con ese certificado y quiero tramitarlo

    Presupuesto

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  • Mikel preguntó sobre Eficiencia energética edificios

    Dónde encontrar el certificado de eficiencia energética de un edificio

    Soy el presidente de la comunidad y no localizo el certificado de eficiencia energética del edificio. ¿Dónde puedo solicitarlo? Soy de Álava, Vitoria.

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      Hola Mikel, con la dirección o referencia catastral puedes consultar en https://www.euskadi.eus/procedimiento/certificado-de-eficiencia-energetica/web01-tramite/es/. Si no estuviera, un ingeniero , ingeniero técnico, aparejador o arquitecto pueden hacerlo. Saludos. ...

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  • Roger Sarmiento preguntó sobre Eficiencia energética

    Hacer un estudio de 40 m²

    ¿Es necesario obtener el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) si lo alquilo? En caso afirmativo, ¿el CEE debe ser de toda la vivienda (140 m²) aunque solo alquile el estudio?

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      Hola Roger, en España se está obligado por ley a que para que se puede alquilar o vender un inmueble deba estar certificado energéticamente, dicho esto, sería posible que solo fuera necesario un CEE para el estudio pero debería tener una referencia catastral independiente. Un saludo....

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  • ivan preguntó sobre Eficiencia energética edificios

    Certificado de eficiencia energética para alquiler de piso en Gijón

    Hice en mayo un contrato de alquiler por 5 años (desde 2025 hasta 2030). Entregué a la inquilina una fotocopia del certificado de eficiencia energética del edificio, pero en el contrato no aparece reflejado. No sé si es obligatorio incluirlo en el contrato ni si me pueden sancionar por ello. El piso está en Gijón, Asturias.

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      Buenos días. Con entregarselo a la inquilina para que esté informada de la eficiencia energética de la vivienda que va habitar es suficiente....

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  • Josué Orge Rivas preguntó sobre Eficiencia energética

    Corregir error en el certificado energético

    Tengo un certificado energético en el que la referencia catastral no coincide con la vivienda a la que se refiere. ¿Qué puedo hacer para corregirlo?

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      Hola, tienes que contactar con el técnico que hizo el informe (sus datos están en la primera página del mismo) y hacerle la reclamación para que lo corrija normalmente a su cargo m tendrá que emitir uno nuevo, pero usando el fichero original es un proceso muy rápido. No actúes como te dicen aquí a un nuevo técnico, al menos no en un primer intento. Si el técnico original no responde puedes hacer una reclamación ante la Consejería de industria para que abran expediente. Buenas suerte y un saludo. que vaya bien....

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  • Pedro preguntó sobre Eficiencia energética

    Certificado energético

    Muy buenas, ¿Sería posible obtener un certificado energético aunque falten algunas ventanas en la vivienda? Me gustaría saber si se puede emitir, aunque el resultado sea negativo, ya que es antes de formalizar la compra.

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      A ver, Pedro: si faltan ventanas no es habitable. Otra cosa: Un Certificado Energético nunca sale negativo; sale mejor o peor de la A a la G, pero nunca negativo. No se pueden modelar "ventanas sin ventana", porque entonces se entiende que la vivienda (en la que no se puede vivir) en realidad está abierta al exterior como si estuviera, por ejemplo, en ruinas. Supongo que lo puedes vender pero dejando claro a la otra parte que en ese estado no es habitable (el comprador no podrá obtener la cédula de habitabilidad ni la licencia de ocupación hasta que ponga las ventanas). Yo le pondría la peor que puedas poner, o las tapiaría aunque fuera con un tablón bien fijado, porque así los huecos se pueden modelar como "fachada": de espesor ridículo y pésimo rendimiento térmico, pero en teoría vale. Claro, que si no hay ventana porque todo es "fachada", entonces te van a decir que tampoco es habitable porque todo salón o dormitorio debe tener luz natural. En fin, a lo mejor alguien me corrige, pero por instinto me da que o lo vendes como no habitable, o te gastas unos cuartos en poner unas ventanas de tercera mano aunque luego ni remates el hueco con mortero. Eso sí: atadas con unos buenos pernos a la pared, , no sea que se caigan a la calle con una ventolera y le abra a alguien la cabeza....

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  • eugenio calsamiglia preguntó sobre Eficiencia energética

    Para desgravar la inversión en placas solares necesito un certificado energético anterior a la instalación, y no lo tengo. ¿Cómo puedo resolverlo? Muchas gracias.

    He instalado placas solares y me gustaría desgravar la inversión, pero me piden un certificado energético previo a la instalación. No lo tengo y no sé cómo proceder. ¿Qué solución hay en estos casos?

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      Hola. Puedes consultar en el organismo donde se registran los certificados energéticos en tu comunidad autónoma, si existe un registro anterior de otro certificado de tu vivienda. Si existe, tal vez te faciliten una copia. Saludos ...

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  • Manuel preguntó sobre Eficiencia energética

    ¿Se puede hacer un nuevo certificado energético que sustituya al anterior y permita desgravar en la declaración del IRPF?

    He instalado placas solares y tengo los certificados energéticos de antes y después de la instalación. Sin embargo, creo que no se han tenido en cuenta todas las características de la vivienda. ¿Es posible hacer un nuevo certificado actualizado que permita alcanzar la mejora mínima requerida para poder desgravar en la declaración del IRPF?

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      Hola. Se puede hacer un nuevo certificado energético del que se hizo una vez terminada la instalación. Saludos ...

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  • Juan preguntó sobre Renta

    ¿Se puede obtener un certificado energético anterior a la obra a partir del proyecto de ejecución de la rehabilitación integral de una vivienda?

    He terminado de rehabilitar una vivienda que, cuando la compré en 2021, no requería certificado energético. Ahora que la obra ha finalizado, dispongo del certificado energético posterior. Sin embargo, para poder aplicar una deducción en mi declaración de la renta, me exigen el certificado energético anterior a la rehabilitación, que no tengo. ¿Es posible emitirlo a partir del proyecto de ejecución de la obra? Muchas gracias a quien pueda responder.

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      Hola Juan, Lamentablemente, no es posible emitir un certificado energético con carácter anterior a la obra una vez que esta ya ha finalizado. El certificado energético siempre debe reflejar el estado real del inmueble en el momento en que se realiza, por lo que no se puede elaborar uno "retroactivo" basándose únicamente en el proyecto de ejecución. Espero que esta información te sea útil. Un saludo...

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  • Susana preguntó sobre Renta

    ¿Se puede anular un certificado ya inscrito?

    Si un propietario tiene un certificado energético de su vivienda con una antigüedad superior a dos años, este no le sirve para beneficiarse de posibles deducciones en el IRPF en la declaración de la Renta. Aunque se actualice su vigencia, el certificado no cambia. ¿Sería posible anular el certificado existente y emitir uno nuevo desde cero? Si conocéis alguna solución, os agradecería mucho la ayuda.

    • Última respuesta

      Buenos días, En el caso que se haya modificado la vivienda, se puede realizar otro Certificado y volver a registrarlo. Este anularía al anterior. Un saludo....

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  • rafael preguntó sobre Eficiencia energética

    La vivienda a certificar no dispone de calefacción ni aire acondicionado

    ¿Se puede emitir un certificado energético aunque la vivienda no disponga de sistemas de calefacción ni refrigeración?

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      Buenos días. Si se puede hacer un Certificado energético sin ningún tipo de climatizació. Saludos ...

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  • Juan preguntó sobre Venta de inmuebles

    ¿Se puede firmar exonerando?

    Quiero adquirir una vivienda que actualmente está ocupada y no dispone de certificado energético. La inmobiliaria me ha indicado que se puede firmar la compraventa exonerando dicha obligación. ¿Es esto legal?

    • Última respuesta

      No, no es legal exonerar la obligación del certificado energético en una compraventa de vivienda, aunque ambas partes estén de acuerdo. Según la normativa vigente en España (Real Decreto 390/2021, de 1 de junio), el certificado de eficiencia energética (CEE) es obligatorio en cualquier operación de venta o alquiler de un inmueble, con muy pocas excepciones (por ejemplo, edificios protegidos por su valor histórico, o inmuebles que se van a demoler). ¿Por qué no se puede exonerar? Es una obligación legal, no contractual. Es decir, no se puede renunciar aunque comprador y vendedor estén de acuerdo, y mucho menos puede una inmobiliaria sugerirlo como opción válida. La ausencia del CEE puede acarrear sanciones administrativas para el vendedor, y en algunos casos también afectar la validez o transparencia de la compraventa. ¿Qué debes hacer? Exigir el certificado energético antes de firmar la escritura. Si te dicen que lo entregarán más tarde, asegúrate de que conste por escrito y que haya un compromiso firme con plazos. Si el vendedor no lo entrega, se le puede denunciar ante la comunidad autónoma correspondiente (que es quien controla y sanciona estas prácticas). ¿Quieres que te prepare un modelo de requerimiento formal para solicitar el certificado antes de la compra? puedes contactar te asesoramos...

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