La Certificación Energética en otros países de Europa II

Publicado el 30/09/2014

Mientras esperamos la aprobación del Real Decreto por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Edificios Existentes seguimos conociendo un poco más sobre la aplicación de esta Directiva (Energy Performance Building Directive) en el resto de los paises de la Unión Europea.

 

Esta es la segunda parte de la entrevista a Alejandra García Hooghuis Arquitecta, experta en certificación energética en Madrid y autora de la tesina “Transposición de las Directivas 2002/91/CE y 2010/31/UE en los Estados miembros de la UE y sus implicaciones”. Alejandra es Consultora de Soluciones para la Sostenibilidad en Indra.

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Certicalia: En España se está discutiendo mucho sobre qué titulación ha de tener el técnico que suscribe el certificado energético. ¿Qué técnicos pueden hacerlo en otros países? 

Alejandra: Existen casos, por ejemplo en Alemania o Luxemburgo donde para ser acreditado como experto independiente que pueda certificar edificios se debe únicamente cumplir con una serie de requisitos previos en cuanto a nivel de formación y/o experiencia laboral.

Sin embargo, en la mayoría de países, para ser acreditado como experto se debe realizar algún tipo de formación específica en referencia al ámbito de acreditación (existen diferentes tipos o categorías de expertos que pueden emitir determinados certificados según la tipología de edificio, su antigüedad, su superficie, etc) y/o aprobar un examen en base al contenido de la formación específica. En algunos países, como Francia o Suecia, existen centros autorizados por los organismos correspondientes que son los encargados de expedir acreditaciones de certificadores.

C: ¿Son empresas y técnicos particulares los que realizan los certificados o en algún caso es la administración pública encargada de hacerlos?

A: En países como República Checa o Alemania, los expertos independientes podrán certificar la categoría de edificios para los que estén acreditados a título individual. En Dinamarca sólo se puede certificar como parte de un organismo autorizado. Sin embargo, la mayoría de países permite las dos opciones.

En la actualidad, en casi la totalidad de Estados miembros la Administración Estatal delega la acreditación y formación de expertos en otros organismos, y estos autorizan a los certificadores, que pueden ser profesionales a título individual o bien organismos o empresas autorizadas. En la mayoría de países existe un registro de expertos autorizados que puede consultarse online.

C:  ¿Es la recomendación de mejoras para subir de calificación energética es obligatoria en todos los países?

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A: Es obligatorio en todos los países salvo en Irlanda y Bulgaria. Para emitir recomendaciones existen dos opciones: en algunos países es el propio software de cálculo el que las emite como parte del certificado de eficiencia energética según los datos introducidos a la hora de modelar el edificio, y en otros es el técnico el que las redacta en un documento complementario al certificado. Hay ocasiones en que el usar una u otra opción depende de si se van a recibir subvenciones para rehabilitar el edificio (por ejemplo en Hungría), o de la tipología o antigüedad del edificio.

De hecho, hay países en los que no sólo es obligatorio emitir recomendaciones, sino que se da un plazo máximo para implementar las mejoras de eficiencia energética descritas en las mismas si no se ha obtenido la categoría energética mínima exigida. Este plazo es de 4 años en Dinamarca,  3 años en Portugal, y 1 para edificios de nueva construcción en Grecia.

C:  ¿En algún país de la Unión se conceden subvenciones para realizar las rehabilitaciones recomendadas por el certificado?

A: El artículo 10 de la Directiva 2010/31/UE (Incentivos financieros y barreras de mercado), obliga a los Estados miembros a desarrollar instrumentos que promuevan la eficiencia energética. Esto se ha hecho de maneras muy diversas, en forma de subvenciones, créditos blandos, fondos estructurales, etc. El alcance económico de la subvención suele ser mayor cuantas más categorías energéticas se vaya a mejorar (por ejemplo de una C a una A tras la rehabilitación).

Por poner algún ejemplo, en Chipre es necesario presentar el certificado a la hora de solicitar cualquier subvención, en Francia se ha establecido la supresión del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles por un periodo de 15 a 30 años para edificios con las etiquetas energéticas más altas y Letonia destina 50 millones de euros anuales obtenidos por la venta de derechos de emisiones de CO2 a otros países a, entre otras cosas, mejorar la eficiencia energética de la edificación. Al posibilitar la disminución de emisiones del sector inmobiliario la venta de más derechos de emisión, cada vez se destina más dinero a la mejora energética.

Es interesante mencionar que en muchos países de Europa en los que se aplica la Directiva desde hace tiempo, las ayudas y subvenciones para la rehabilitación energética se han desarrollado de manera específica para subsanar o corregir carencias o características constructivas detectadas gracias al registro y análisis de los datos de las certificaciones energéticas realizadas en el país. Es importante, por tanto,  el registro estadístico de los datos obtenidos en el proceso de certificación, que constituirán una base de datos de gran utilidad.

C:  ¿Es también libre el precio del certificado en otros países o en algún caso está establecido precio fijo?

A: El precio de la certificación depende de la transposición que cada país haya realizado de la Directiva. En algunos países, como Alemania, Austria, Estonia o Malta, la Administración Pública ha fijado un precio que depende de la superficie o la tipología del edificio (varía en un rango de entre 100 a 1500 euros). Sin embargo en la mayoría de países el precio de la certificación es variable, determinado en cada caso según la estimación que realice el experto, el organismo autorizado o varía de acuerdo al mercado.

C: En España será obligatorio enseñar la etiqueta de eficiencia energética en cada anuncio del inmueble en venta o alquiler, ¿es también obligatorio en el resto de Europa mostrarlo así o es voluntario?

A: Si viajas a otros países de la UE, por ejemplo a Francia, verás en cualquier inmobiliaria que la etiqueta de eficiencia energética tiene un papel protagonista en los anuncios de la viviendas. No sólo por ser obligatorio, sino porque cada vez más, el comprador busca la eficiencia energética como valor añadido en la vivienda, ya que es consciente de los ahorros que supone a medio-largo plazo.

Además, no sólo es obligatorio para anuncios de inmuebles: en el artículo 7 apartado 3 de la EPBD 2002/91/CE y en artículo 13 de la EPBD 2010/31/UE se especifica que es obligatorio para edificios públicos mostrar el certificado con la etiqueta de eficiencia energética en un lugar prominente, claramente visible al público. Desde 2008 esta medida ya se aplica en países como Eslovaquia y Suecia.

Consulta los precios del certificado energético en: Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Barcelona, Vizcaya, Burgos, Cantabria, Castellón, Cáceres, Cádiz, Ceuta, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Gipuzkoa, Girona, Granada, Guadalajara, Huelva, Huesca, Baleares, Jaén, La Coruña, La Rioja, Las Palmas, León, Lleida, Lugo, Madrid, Melilla, Murcia, Málaga, Navarra, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Zamora y Zaragoza.

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