Leyes aplicables en un proyecto de casa
Por supuesto, es aplicable la Ley de Ordenación de la Edificación, es decir, la Ley 38/1999, pues es la que regula todos los aspectos esenciales de la edificación, obligaciones y responsabilidades de las partes, todas las exigencias del proyecto, de la obtención de las licencias, de los agentes que intervienen y las garantías necesarias para su buen desarrollo.
Otra norma muy importante es el Código Técnico de Edificación donde se establecen todas las exigencias a cumplir por los edificios sobre seguridad y habitabilidad. Es más conocido como CTE y fue aprobado por el Real Decreto 314/2006. Es una de las normas más significativas en este sector y es esencial conocerla a la hora de preparar un proyecto de vivienda.
El Real Decreto Legislativo 7/2015 aprobó el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana que recoge en una sola norma todas las disposiciones sobre la ordenación del territorio y la ordenación urbanística, de modo que los proyectos de viviendas tendrán que cumplir todo lo establecido en este Decreto y en los anteriores.
Habrá que tener en cuenta las diferentes normativas de cada Comunidad Autónoma y cada municipio pues los requisitos y las condiciones para obtener las licencias y los permisos pueden variar de un lugar a otro. Por ello, lo mejor es que acudas al ayuntamiento correspondiente o a las gerencias de urbanismo para obtener toda la información y cumplir con la ley comprendiéndola.
Por increíble que parezca, según ha declarado el Ministerio de Fomento, existen más de 100 normas urbanísticas autonómicas vigentes, solo entre leyes y reglamentos, y más de 5 000 ordenanzas municipales referidas a la construcción o a la edificación.
Requisitos
Todas las edificaciones deben aprobar las Inspecciones Técnicas de Edificaciones, sin importar si son nuevas obras, rehabilitaciones o reformas. Las ITE son las revisiones que los edificios deben pasar cada cierto tiempo para conocer su estado y averiguar a tiempo las posibles deficiencias.
En los casos de viviendas unifamiliares hay que atender a las normativas autonómicas y municipales porque cada sitio aplica su propio criterio. En un primer momento no era obligatorio para las viviendas unifamiliares, pero sí se intentó establecer más tarde. Por ello, en algunas Comunidades Autónomas este proceso funciona, está paralizado o con peticiones de cambio para flexibilizar su aplicación.
Es conveniente que prestes atención a las diferentes normas pues incluso en una misma comunidad algunos proyectos pueden ser sometidos a distintos procedimientos administrativos que no implican solo a la administración local, sino que, según los casos, también puede afectar a administraciones autonómicas y estatales, por ejemplo para edificar en suelo no urbanizable o cuando la construcción afecte al medio ambiente, a factores territoriales o si algunos bienes se ven afectados.
Además, el procedimiento de cada uno de ellos puede ser distinto de otro, por ejemplo aquellos procedimientos que se inician a raíz de otros, aquellos que obligan a realizarlos de modo consecutivo uno detrás de otro y aquellos que son obligatorios o los que no lo son. Puede parecer un laberinto llevo de obstáculos, pero si nos informamos bien podremos ahorrarnos muchas complicaciones.
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