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Andrea preguntó sobre Expropiaciones
- Trámites:
- Reversión de la expropiación
No sé si mi solar está expropiado
Tengo un solar en Arrecife, Lanzarote, y no puedo hacer nada en él porque el Ayuntamiento no me lo permite. Supongo que ha sido expropiado, pero no hemos recibido ninguna notificación al respecto. ¿Cómo puedo averiguar si realmente ha sido expropiado? Y en ese caso, ¿qué debo hacer para reclamar una compensación o recuperar la propiedad?
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Pepa Sánchez Gracia preguntó sobre Expropiaciones
- Trámites:
- Reversión de la expropiación
Puedo como particular despropoar un terreno colindante a mi vivienda?
Tengo u terreno pagado a mi vivienda y yo soy quien lo mantengo limpio, la arboleda limpia y pendiente de que no se haga un poblado de chabolas ,puedo despropiarlo y quedármelo?
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No puede, la propiedad privada de momento está protegida en el país. Lo que sí puede es obligar a su propietario a mantenerlo en buenas condiciones para que no le perjudique a usted, pero para ello necesita convencerle o un abogado....
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Juan de Dios preguntó sobre Expropiaciones
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- Sondeos de agua
Toma de agua en una expropiación
Hola. ¿Se puede ceder la toma de agua de una comunidad de regantes,en la cual van a expropiar los terrenos a otra comunidad de regantes?
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Hola Juan de Dios, Respecto a tu pregunta sobre la cesión de una toma de agua en el contexto de una expropiación, es importante considerar que las concesiones de agua otorgadas a comunidades de regantes están reguladas por las leyes de aguas nacionales y las condiciones estipuladas en la concesión misma. Cuando un terreno es expropiado y si este terreno incluye derechos de agua o infraestructura asociada a una comunidad de regantes, el proceso de expropiación debe contemplar la transferencia de dichos derechos. La posibilidad de ceder la toma de agua a otra comunidad de regantes depende de varios factores: Normativa Vigente: Debe consultarse la legislación de aguas aplicable para entender las condiciones bajo las cuales los derechos de agua pueden ser transferidos. La Ley de Aguas en España, por ejemplo, establece los marcos dentro de los cuales se pueden realizar cambios en la titularidad de los derechos de uso del agua. Condiciones de la Concesión: La concesión otorgada a la comunidad de regantes original contendrá términos específicos que pueden permitir o restringir la transferencia de los derechos de agua a terceros. Acuerdo de las Partes: Cualquier cambio en la titularidad o el uso de los derechos de agua generalmente requiere el acuerdo de todas las partes interesadas, incluyendo la comunidad de regantes actual, la potencial comunidad beneficiaria, y la autoridad de cuenca correspondiente. Procedimiento Administrativo: Para realizar una cesión, es necesario seguir un procedimiento administrativo que suele implicar la presentación de una solicitud a la autoridad competente, que en España sería la Confederación Hidrográfica respectiva, para su evaluación y aprobación. Impacto y Viabilidad: Además, se debe evaluar el impacto hidrológico y ambiental de la transferencia de la toma de agua y su viabilidad técnica y legal. Esto incluye asegurarse de que la nueva comunidad de regantes pueda gestionar eficientemente la toma de agua sin afectar los derechos de terceros o el ecosistema. Recomiendo consultar con un abogado especializado en derecho de aguas o con la autoridad de cuenca para obtener asesoramiento legal específico y proceder correctamente según las normativas aplicables y los procedimientos establecidos. Espero que esta información te sea de utilidad y te deseo la mejor de las suertes en la gestión de este proceso. Podemos ayudarte con estos tramites.Somos expertos en ley de aguas. Saludos cordiales,...
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Laura preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
Expropiación posterior a compraventa
Compré una casa con terreno sin que en el contrato de atrás se mencionara nada sobre la futura expropiación, yo era conocedora, pero el vendedor no hizo referencia a ella. 11 meses después de la compra (debidamente registrada), se produce la expropiación de parte de la parcela. Yo estaba esperando a que el ayuntamiento me notificara el justiprecio, pero ahora me entero de que se la han pagado al anterior propietario. Entiendo que dado que la expropiación se produce cuando el bien es de mi propiedad, la compensación me corresponde a mi. ¿A quien debería reclamar? Al anterior propietario, o al Ayuntamiento? Se da la circunstancia que el anterior propietario ha fallecido, con lo que en caso de tener que reclamarle a él, no se si podría hacerlo a los herederos. Muchas gracias
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Lo válido es la fecha de expropiación, por lo que tendrás que ir al ayuntamiento y preguntar cuando se expuso el proyecto a información pública. A partir de ahí tendrás que hacer una peritación y reclamar al antiguo propietario el terreno que no te vendío y que fue expropiado. Se gana 100%. ...
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Sandra preguntó sobre Expropiaciones
- Trámites:
- Reversión de la expropiación
Cómo saber si puedo poner un terreno a mi nombre
Hola, mi abuelo tenía un terreno que se supone que le tocó a mi padre pero él nunca lo puso a su nombre. Mi padre falleció, ese terreno sé en que lugar está, la ubicación exacta. No sé si al pasar un tiempo está expropiado. ¿Cómo puedo saber si lo puedo poner a mi nombre? Estoy un poco perdida.
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Buenos Días, Sandra. En nuestro país un terreno únicamente puede ser expropiado justificadamente por motivo de interés social, ó para la realización de una obra calificada de interés publico: autopistas, lineas ferroviarias, viviendas de protección pública ó centros educativos, etc. La expropiación nunca se realiza por el paso de tiempo. Confío haber aclarado su duda. Dionisio Pequeño Vega...
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Ainhoa preguntó sobre Expropiaciones
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- Reversión de la expropiación
El ayuntamiento expropió una parte de mi patio pero...
Buenos días. Hace 2 años compré un bungalow y al mirar el contrato describía una zona ajardinada adyacente que ahora es un parque. Pregunté y me dijeron que se expropió para pasar agua a la comunidad. Pero mi sorpresa fue mayúscula cuando al pedir la nota simple aparece exactamente lo mismo que en el contrato de compra venta y las escrituras, que ese terreno es de mi propiedad. El ayuntamiento sigue diciendo que es suyo. ¿Qué puedo hacer? Además han puesto un banco allí y unos árboles a menos de 2 metros de mi fachada.
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Buenas tardes, Ainhoa: Gracias por tu consulta, ¿Dispones de algún documento , escrito o notificación del Ayuntamiento referente a este asunto? Si lo prefieres, puedes contactarme a través de mi perfil en Certicalia ...
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José Pinzón preguntó sobre Expropiaciones
¿Se puede realizar una expropiación para legalizar construcción municipal?
El ayuntamiento ha construido unas escuelas que han sido judicialmente declaradas ilegales por ocupar terrenos que no son suyos y por no cumplir las distancias entre edificios de las NNSS. ¿Pueden expropiar a los particulares ese terreno ocupado, para legalizar sus obras?
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Sr. Pinzón, desde mi punto de vista sí. No sé si es lo que quiere escuchar pero claramente es lo que se conoce como una vía de hecho y podemos obligar a que expropie. Si quiere mas información póngase en contacto conmigo a través de mi perfil profesional.. José Alberto Comos. Abogado especialista en Derecho Expropiatorio. ...
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ROBERTO VELASCO preguntó sobre Expropiaciones
¿Qué puedo hacer ante un autocesión del Ayuntamiento en un terreno privado?
Buenos días, tengo un problema con el ayuntamiento de mi pueblo, en dos fincas que en 2004 estaban una a nombre de mis suegros y otra a nombre de sus padre, el Ayuntamiento se hizo a si mismo sin contar con el propietario una cesión de un camino se supone que para dar servicios a la finca trasera que no era urbana quitando la finca delante de 8 metros de ancho por unos 30 metros de largo. Ellos argumentan que era para beneficiarnos pero cuando hemos construido una casa en cada finca ahora ese camino dicen que es público y que no podemos cerrar esa parte de la finca. La dos fincas están inscritas en el registro de la propiedad y el camino es parte de mi finca en el registro. ¿Qué podemos hacer? Tengo una impotencia conmigo ya que me siento robado. Gracias y saludos.
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Hola, se puede impugnar esa cesión y pedir indemnización. saludos...
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Inmaculad crespo perez preguntó sobre Expropiaciones
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- Reversión de la expropiación
¿Qué puedo hacer ante una expropiación?
Tengo un terreno rustico heredado de mi padre y me han escrito del registro que se lo han escriturado a otra persona sin informarme de nada
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Buenos días, Muchas gracias por su consulta. Para estos casos sería mejor contactar por privado y le atenderé con gusto. Atentamente...
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Elsa Acaso preguntó sobre Expropiaciones
Alteración de la titularidad y del tamaño de la parcela
Sin tener conocimiento de la situación, se redujo el tamaño de mi parcela y esos metros se le dieron a la parcela vecina, que construyó una casa en función de los nuevos metros adheridos. Una vez finalizada la obra, pidió corrección alteración para que le bajasen el IBI. ¿Cómo puedo revisar este procedimiento por si fue ilegal?.
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Lo que expone es complejo y no se puede dar respuesta sin analizarlo detenidamente, a la vista de toda la documentación. Si la licencia se concedió en base a una superficie que no era la real y, de haberse considerado la superficie real habría resultado no tener derecho a licencia, podría instarse la revisión de actos administrativos quizás basándose en el fraude. No obstante es un caso complejo que habría que ver detenidamente entre técnicos y abogados. Si quiere puede ponerse en contacto con nosotros y le daremos presupuesto para estudiar el caso conjuntamente con nuestros equipos técnico y jurídico....
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Mari Carmen Martínez preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
¿Qué tiempo de pago tienen al aceptar una expropiación?
Tengo un terreno que me expropian para hacer una autovía en Murcia. Estoy de acuerdo con el precio que me ofrecen y ya he devuelto los documentos firmados. Mi pregunta es ¿cuánto tiempo tardan en pagarme desde que estoy de acuerdo con el precio y les envío los documentos a la administración?
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En principio la administración tiene de plazo 6 meses para abonar el precio acordado....
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Sara preguntó sobre Expropiaciones
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- Hoja de aprecio
¿Qué es apremio de afección?
Buenos días ¿podrian aclararme que es el apremio de afeccion en una hoja de aprecio y en que casos se debe aplicar? Gracias.
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El premio de afección, según esta regulado en el artículo 47 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, implica que " En todos los casos de expropiación se abonará al expropiado, además del justo precio fijado en la forma establecida en los artículos anteriores, un 5 por 100 como premio de afección". Se trata por tanto, de un concepto indemnizarle que debe ser incluido tanto en la Hoja de Parecio del afectado, de la Adminstracion y en el justiprecio acordado mediante resolución del Jurado P de Expropiacion Forzosa. Entiende la administración que además de una valoración objetiva de los bienes y derechos afectados existe una valoración subjetiva que cubre el afecto, vínculo emocial del expropiado con respecto al bien que debe ceder en contra de su voluntad. Se calcula como el 5% de las cantidades fijadas como justiprecio en expropiacion y servidumbre, es decir, en aquellos conceptos que suponen pérdida total o parcial del dominio de la cosa expropiado....
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Ana preguntó sobre Expropiaciones
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- Valoración de expropiación forzosa
¿Cuánto cuesta un tasación de un unifamiliar en Alzira?
Buenas quería saber qué puede costar una tasación para una expropiación. Es de un terreno de naranjos con casita
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Hola Ana, el precio serían 500 €, ya que hay que analizar el justiprecio dependiendo de si está cultivado, tipo de cultivo, años. Cualquier cosa estoy a tu disposición. Saludos, Juan...
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Ana Rodríguez preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
¿Cuándo caduca la valoración de expropiación forzosa en un procedimiento?
Saber cuánto dura una valoración de expropiación forzosa
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Cuénteme su caso concreto desde mi perfil de empresa de Certicalia, así podré atenderte tu caso de forma personalizada....
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maria del carmen preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
Me ha quitado parte del terreno el ayuntamiento
tengo una finca registrada en la propiedad con sus lindes bien detallados. como por medio de la misma pasa una acequia, una parte de la propiedad no la tengo vallada y el otro día fui y me encontré una obra realizada por el ayuntamiento para llevar agua a una zona publica dentro de mi propiedad no vallada. ellos dicen que en el catastro no figura como propiedad privada por lo que realizaron allí una caseta para poner el motor del agua. ¿que hago? ¿si denuncio tengo las de perder?
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Buenos días: Si registralmente están claras las lindes de la parcela, tiene usted todas las de ganar. Le han realizado una expropiación ilegal y tienen obligación de compensarle por ello. El primer paso sería valorar cuanto tendrían que haberle pagado de haber realizado la expropiación. En función del importe ya se estudiarían las acciones concretas, que en primer lugar puede ser una reclamación al ayuntamiento con idea de llegar a una cuerdo. En caso de no haber acuerdo habría que emprender acciones legales, ante el jurado provincial de expropiaciones o ante los tribunales. Puede contactar con nosotros directamente en el botón de pedir presupuesto bajo esta respuesta o en nuestro perfil personal en el directorio de empresas de Certicalia....
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maria begoña preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
¿Debo hacer alegaciones para una expropiacion?
La diputacion me va a expropiar una vivienda para ensanchamiento de carreterra, ¿en base a que me indemnizan?
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Un procedimiento contradictorio implica acudir al Jurado Provincial de Expropiación donde los particulares deberán presentar su correspondiente hoja de aprecio. Esta hoja de aprecio es el documento donde el particular expropiado y el beneficiario de la expropiación forzosa hacen constar su particular relación de bienes y la valoración económica en concepto de indemnización de los mismos, así como la justificación. Tras la presentación de la hoja de aprecio, la Administración, en este caso la Diputación, manifestará si la acepta, en cuyo caso se da por concluido el expediente con el pago de la indemnización correspondiente o si la rechaza, debiendo por tanto formular su propia hoja de aprecio, que se notificará a su vez al particular para que manifieste si la acepta o la rechaza. En caso de que el particular rechace la hoja de aprecio de la Administración, deberá presentar alegaciones y el expediente de la expropiación forzosa pasará al Jurado de la Expropiación Forzosa. El Jurado de la Expropiación es un órgano que cumple una función eminentemente tasadora, moviéndose entre los límites de las hojas de aprecio presentadas y decidirá sobre el justiprecio en una resolución motivada en un plazo de ocho días. El acuerdo del Jurado pone fin a la vía administrativa, pudiendo el particular presentar el conveniente recurso contencioso administrativo....
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Mª José Martinez preguntó sobre Expropiaciones
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- Valoración de expropiación forzosa
Como conocer el justiprecio de finca rustica expropiada en El Peral
¿Cómo saber el justiprecio de una finca rustica que se va a expropiar forzosamente, en El Peral, por la construcción de un parque Eolico.
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Buenos días María José, Saber a priori el justiprecio que alcanzará una finca expropiada no es posible. Antes de que la administración le ofrezca un justiprecio realizará el acta previa (en la que deben quedar muy bien reflejados los bienes y derechos afectados) y el acta de ocupación (en el que se ofrecerá una pequeña cantidad a cuenta del justiprecio final). Después del Acta de Ocupación, la Administración le ofrecerá un valor que no tiene porqué aceptar. Puede no aceptarlo y presentar una valoración para que el Jurado Provincial de Expropiaciones dictamine. Este paso únicamente conllevará el coste del informe (mejor si lo realiza un profesional cosa que es conveniente) además del tiempo que tarde el Jurado en dictaminar. Además este valor que de el Jurado no tiene porqué ser el último ya que se puede recurrir a la justicia ordinaria. Para ello ya necesitará de abogado, procurador,.... por lo que dar este paso dependerá en gran medida de la superficie y tipo de finca que finca que se expropia. Si quiere cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto. Muchas gracias, reciba un cordial saludo. ...
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Santiago preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
Información vivienda
Hola soy Santi Mi pregunta es que hay una casa que el propietario se fue hace 6 años a su país y dejo la casa abierta y yo por temor a que la ocupasen le puse una cerradura pues la casa sigue igual que yo la dejé y el dueño no ha aparecido más. Nunca y mi pregunta es puedo yo hacer me cargo de la casa pagando lo que debe y quedándomela para mí por abandono o cualquier cosa
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La única forma de poder quedarte la vivienda es comprándosela o bien al propietario que comentas o bien a sus acreedores si es que se la han expropiado. Te recomendaría que fueras al registro de la propiedad o solicitaras una nota simple de la vivienda para conocer tanto el actual propietario, como la situación jurídica de la vivienda en la actualidad....
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Teresa preguntó sobre Expropiaciones
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- Reversión de la expropiación
¿En este caso puedo ejercer mi derecho de reversion y pedir que me devuelvan mi terreno expropiado?
Os cuento, hace 7 años el ayuntamiento de mi municipio me expropió un terreno que poseía en el centro del pueblo para poder realizar un albergue municipal, tras 7 años desde que se me comunicó la expropiación, en dicho terreno no se ha construido nada y por lo visto no hay intención, ¿En este caso puedo ejercer mi derecho de reversion y pedir que me devuelvan mi terreno expropiado? Gracias.
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Hola, la Ley de expropiacion forzosa en su articulo 44.1 Dice: "En el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación, así como si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación, el primitivo dueño o sus causahabientes podrán recobrar la totalidad o la parte sobrante de lo expropiado, mediante el abono a quien fuera su titular de la indemnización que se determina en el artículo siguiente." El 44.3 Dice: Cuando de acuerdo con lo establecido en los apartados anteriores de este artículo proceda la reversión, el plazo para que el dueño primitivo o sus causahabientes puedan solicitarla será el de tres meses, a contar desde la fecha en que la Administración hubiera notificado el exceso de expropiación, la desafectación del bien o derecho expropiados o su propósito de no ejecutar la obra o de no implantar el servicio. En defecto de esta notificación, el derecho de reversión podrá ejercitarse por el expropiado y sus causahabientes en los casos y con las condiciones siguientes: a) Cuando se hubiera producido un exceso de expropiación o la desafectación del bien o derecho expropiados y no hubieran transcurrido veinte años desde la toma de posesión de aquéllos. b) Cuando hubieran transcurrido cinco años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados sin iniciarse la ejecución de la obra o la implantación del servicio. c) Cuando la ejecución de la obra o las actuaciones para el establecimiento del servicio estuvieran suspendidas más de dos años por causas imputables a la Administración o al beneficiario de la expropiación sin que se produjera por parte de éstos ningún acto expreso para su reanudación. Saludos...
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Estel preguntó sobre Expropiaciones
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- Expropiación forzosa
¿Puedo pedir que me devuelvan el bien expropiado?
Bueno días, hace 10 años me expropiaron un terreno de 100 hectareas, se supone que para instalar paneles solares, dicha instalación nunca llego a producirse por lo que a mi parecer me expropiaron mi terreno para nada. ¿Puedo solicitar de algun modo al ayuntamiento que me devuelva el bien que me fue expropiado? Muchas gracias.
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Buenos días. Soy Fernando Brugarolas, Ingeniero Técnico Agrícola. Según el artículo 54 de la Ley de Expropiación forzosa, se indica que: "el primitivo dueño o sus causahabientes podrán recobrar la totalidad o la parte sobrante de lo expropiado, mediante el abono a quien fuera su titular de la indemnización que se determina en el artículo siguiente", así como en su caso, el plazo supera los 5 años establecidos. No obstante habría que estudiar el caso de manera concreta. Para cualquier cuestión de tipo técnico, así como para la valoración de la finca para la reversión al estado inicial, puede contactar con nosotros a través de nuestro perfil Certicalia. Espero haberle sido de utilidad. Un cordial saludo...
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