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La Generalitat ha comenzado inspecciones a agencias inmobiliarias para comprobar que los inmuebles que comercializan disponen del Certificado Energético en Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona obligatorio desde Junio de 2013.

Hasta ahora las agencias inmobiliarias informaban a sus clientes de la necesidad del Certificado Energético para vender o alquilar, pero la decisión quedaba en manos del propietario, responsable según el Real Decreto 235/2013 de mostrar este certificado a los posibles compradores e inquilinos.

Pero este Real Decreto traspasa a las comunidades autónomas las responsabilidad del registro, de las inspecciones y de la aplicación del régimen sancionador. La Generalitat de Cataluña considera responsables de promocionar y publicitar un inmueble sin mostrar su Etiqueta Energética tanto a los propietarios como a las agencias inmobiliarias. Esto es así porque en el artículo 5.b) de la Ley 18/2007, de Derecho a la Vivienda en Cataluña indica que el contrato que se firma entre propietario e inmobiliaria tiene que estar en orden, lo que significa que el agente inmobiliario debe verificar que el propietario cuenta con el Certificado Energético antes de anunciar su inmueble en venta o alquiler.

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Certificado energético
El Certificado Energético es un documento que evalúa la eficiencia energética de un inmueble. Incluye una etiqueta que clasifica la propiedad desde la categoría "A" (más eficiente) hasta la "G" (menos eficiente).
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Sanciones por no disponer del Certificado Energético

En Cataluña a las agencias que no muestren la Etiqueta Energética de los inmuebles que anuncian se les aplicará el régimen sancionador que se rige por el Código de Cónsumo de Cataluña. Se contemplan infracciones leves con multas de 3.000 a 10.000 euros hasta infracciones graves de 100.0001 euros a un millón de euros. La ausencia de Certificado Energético se considerará una falta leve y se abrirá un solo expediente sancionador por agencia que incumpla la normativa.

Registro del Certificado Energético en Cataluña

El registro del Certificado Energético en Cataluña sólo puede realizarlo e técnico certificador energético habilitado y desde enero de 2014 conlleva el pago de tasas administrativas por valor de 11 euros. El registro del Certificado Energético es obligatorio, y es responsabilidad del propietario y del técnico que se presente ante el registro que en Cataluña gestiona el ICAEN. En Certicalia el registro del Certificado Energético está incluido en el servicio, para que el propietario o la agencia inmobiliaria no tenga que preocuparse de más trámites o gastos adicionales.

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