Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Marbella
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Marbella?
En primer lugar, es fundamental que el propietario que pretende la impugnación haya salvado su voto en la junta, si asistió a ella, o bien que manifieste su disconformidad en el plazo de 30 días naturales si no se le notificó debidamente la celebración de la misma o por cualquier otro motivo valedero no pudo estar presente.
Una vez cumplido este requisito, el propietario que desee impugnar alguno de los acuerdos deberá presentar una demanda ante los tribunales competentes, usualmente el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se sitúa la finca. Los motivos para impugnar el acuerdo pueden ser que éste sea contrario a la ley o a los estatutos de la comunidad, que resulte lesivo para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, o que perjudique a algún propietario que no tenga la obligación jurídica de soportarlo.
Al interponer la demanda, se requieren una serie de elementos procesales, como son: la identificación del demandante, la especificación del acuerdo impugnado y los motivos de la impugnación, así como la aportación de pruebas pertinentes. Es recomendable contar con asesoramiento legal para la redacción y presentación de la demanda.
Es importante tener en cuenta que el plazo para impugnar los acuerdos es de tres meses desde la adopción del acuerdo, o de un año si el acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos de la comunidad.
Por último, una vez presentada la demanda, se seguirá el procedimiento judicial establecido, durante el cual se podrán ofrecer y practicar pruebas, presentar alegaciones y, en su caso, llegar a una vista. El juez dictará sentencia admitiendo o desestimando la impugnación. Si se admite la impugnación, el acuerdo será anulado y se dejará sin efecto.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en el municipio de Marbella?
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