Sanciones económicas si no se cumple con la normativa de certificación energética

Sanciones económicas si no se cumple con la normativa de certificación energética

Publicado el 04/05/2015

La normativa española de certificación energética establece que se aplicará el régimen sancionador con las infracciones y sanciones de acuerdo con lo previsto en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Las multas en certificación energética van desde los 300€ a los 6000€ dependiendo de si la infracción es considerada, leve, grave o muy grave. 

Multas a infracciones leves, graves y muy graves en certificación energética No indicar la calificación energética obtenida en el certificado energético cuando se anuncia un inmueble en venta o alquiler es el ejemplo más frecuente de infracción leve en materia de certificación energética. Si ya tienes el certificado energético en regla pero ni incluyes la calificación energética en los anuncios de tu inmueble te arriesgas a ser sancionado con multas de entre 300€ y 600€.

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Un certificado energético realizado por un técnico certificador habilitado pero no registrado en el órgano competente es considerado una falta grave, También alterar el resultado de la etiqueta energética o no entregar el certificado energético al comprador o al inquilino. Estas infracciones graves se multan con importes que van desde los 601€ a los 1.000€.

Curiosamente la infracción más habitual entre los propietarios es considerada como muy grave. Tener un inmueble anunciado para su venta o alquiler sin disponer aún del certificado energético es considerada una falta muy grave y conlleva multas de entre 1.001 a 6.000. También es se considera una infracción muy grave la de falsear el resultado del certificado energético, sanción aplicable al técnico certificador.    

En estas dos infracciones graves se centran la mayoría de las inspecciones de certificación energética llevadas a cabo por las comunidades autónomas.  

Las infracciones de la normativa de eficiencia energética más habituales son:

– Obtener el certificado energético sin visita

– Esperar al momento de la firma para realizar el certificado de eficiencia energética

– Realizar el certificado energético pero no inscribirlo en el registro oficial.    

El registro de certificados energéticos de Madrid abrió en 2014 hasta 21 expedientes sancionadores. De estos 21 expedientes sancionadores por incumplimiento de la normativa de eficiencia energética, 9 fueron a propietarios que alquilaron un inmueble sin disponer del certificado energético obligatorio, otros 9 a técnicos certificadores por falsear la información del certificado energético y tres a personas que actuaron como técnicos certificadores sin estar habilitados.    

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