¿Necesita un garaje certificado energético?

¿Necesita un garaje certificado energético?

Silja

Silja

Arquitecto

Actualizado el 02/11/2023

¿Necesita un garaje certificado energético para vender o alquilar?, ¿y un trastero o nave industrial? Depende de si un espacio tiene una parte habitable: por ejemplo, las naves industriales no necesitan certificado energético salvo si tienen oficinas, pues estas sí que son habitables. En el post de hoy te contamos toda la información al respecto.

¿Qué espacios necesitan obligatoriamente un certificado energético para vender o alquilar?

Mucha gente tiene la duda de qué elementos necesitan obligatoriamente un certificado energético a la hora de vender o alquilar un inmueble. Como normal general, necesitan el certificado energético las partes vivideras de un edificio, es decir, aquellas partes que normalmente están dentro de la envolvente térmica del edificio. Decimos normalmente porque, lamentablemente, muchas veces no es así, como explicaremos después.

De hecho, la ley define “edificio” como: “Una construcción techada con paredes en la que se emplea energía para acondicionar el ambiente interior; puede referirse a un edificio en su conjunto o a partes del mismo que hayan sido diseñadas o modificadas para ser utilizadas por separado”.

¿Necesita un garaje certificado energético? ¿Y un trastero o nave industrial?

Es decir, los garajes y los trasteros no necesitan un certificado energético, pues no son habitables y no se consideran parte del edificio. Tampoco necesitan certificado energético las naves industriales, salvo si tienen oficinas, pues estas sí que son habitables. En este caso, habría que realizar por tanto el certificado energético solo de la parte de oficinas.

Necesita un garaje certificado energético

La envolvente térmica

Entonces, ¿coincide siempre la envolvente térmica con el espacio habitable? Pues funcionalmente parecería lo más sensato. Pero muchas veces la envolvente térmica incluye la zona no habitable, por ejemplo el garaje de una vivienda unifamiliar. Este caso es lógico porque se facilita la construcción del edificio y se ahorra aislamiento, aunque en algún momento podemos gastar más energía calefactando el garaje.

Otras veces la envolvente térmica brilla por su ausencia. Es el caso de oficinas en naves industriales en las que normalmente no hay ningún tipo de aislamiento. En este caso, aunque deberemos hacer el certificado energético de las oficinas, realmente no hay una separación térmica entre un espacio y otro. A veces no hay paredes o techo que delimiten físicamente ambos espacios, sino una simple línea imaginaria.

¿Qué sucede si no hay envolvente térmica?

En muchos casos no hay envolvente térmica porque, precisamente, el garaje o el trastero hacen de “colchón térmico”. Esto pasa, sobre todo, cuando hay un trastero en la planta bajo cubierta y no está aislado ni el último forjado ni la cubierta. También pasa en las terrazas de muchos pisos en las que tanto el muro interior como el exterior son muy delgados (es decir, no están aislados) porque se supone que la propia terraza hace de colchón térmico.

Aunque es verdad que esto es cierto, lo recomendable es aislar uno de los cerramientos y que haya una envolvente térmica real. Por simplicidad constructiva, no estaría de más aislar todo el edificio en su conjunto, incluyendo trasteros y garajes si pertenecen al mismo volumen edificatorio. Al fin y al cabo, que un espacio no sea propiamente habitable no quiere decir que lo tengamos descuidado y así nos evitaremos humedades y otros problemas constructivos. Eso sí, no tendremos por qué hacer el certificado energético de esa parte.

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Como conclusión, los edificios de garajes, aparcamientos, talleres, etc., casi siempre tienen una parte habitable, que además suele ser obligatoria por normativa, como son los aseos y la oficina. Estos espacios son siempre habitables (aunque paradójicamente muchas veces parezcan lo contrario) y necesitarán el certificado energético.

En España, el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, establece la obligación de disponer de un certificado de eficiencia energética para la venta o alquiler de edificios o partes de edificios, incluyendo garajes, naves industriales, y otros espacios no residenciales. Además, el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios existentes, que incluye pautas específicas para la certificación de edificaciones no residenciales.

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