El auge del alquiler turístico y de corta estancia ha obligado a las administraciones a endurecer la normativa. Una de las herramientas clave es el Número de Registro de Alquiler (NRA), obligatorio desde julio de 2025 en cualquier anuncio publicado en plataformas digitales.
No disponer de este número o no mostrarlo de manera visible puede tener consecuencias inmediatas: retirada de anuncios, multas económicas elevadas y, en casos graves, la pérdida del derecho a seguir explotando la vivienda como alojamiento turístico.
El Número de Registro de Alquiler (NRA) es obligatorio para inscribir tu vivienda en el registro oficial y cumplir con la normativa vigente. Garantiza la legalidad del alquiler turístico o de corta y media estancia, evitando sanciones y asegurando la confianza de los inquilinos.
¿Qué sanciones económicas existen por no tener el NRA?
Las multas por incumplir con la normativa del registro turístico no son homogéneas en todo el territorio, ya que cada comunidad autónoma regula sus propios procedimientos y cuantías. En términos generales, las sanciones pueden oscilar entre 600 y 6.000 euros en los casos considerados leves, pero en situaciones graves o reincidentes los importes pueden superar los 30.000 euros. Este rango amplio refleja el interés de las autoridades en disuadir a quienes intenten operar sin cumplir con la normativa.
En Cataluña, una de las comunidades más estrictas, las multas por anunciar un piso turístico sin número de registro pueden alcanzar hasta 60.000 euros en casos graves, especialmente cuando se detecta reincidencia o explotación de varias viviendas sin licencia. En Baleares, donde la presión turística es elevada y la regulación se ha endurecido en los últimos años, las sanciones también son severas: desde los 4.000 euros por infracciones leves hasta cifras que pueden superar los 40.000 euros si se considera que la actividad se ha desarrollado de forma fraudulenta o sin autorización. La Comunidad Valenciana, por su parte, también contempla sanciones que parten de los 600 euros y que pueden llegar a 30.000 euros, con especial atención a los anuncios publicados sin NRA en plataformas digitales.

Riesgos adicionales más allá de la multa económica
La sanción económica no es el único riesgo al que se enfrenta un propietario que no registra su vivienda turística. La normativa también prevé medidas adicionales que pueden afectar de manera directa a la continuidad de la actividad. El ejemplo más inmediato es la retirada de anuncios en un plazo máximo de 48 horas por parte de las plataformas online cuando detectan que el inmueble carece de número de registro. Esto implica perder visibilidad y, en consecuencia, reservas, lo que afecta directamente a los ingresos del arrendador.
En casos más graves, las administraciones pueden decretar la pérdida de la licencia turística, lo que impide seguir destinando la vivienda al alquiler vacacional. Incluso existe la posibilidad de que se ordene el cierre temporal de la actividad, con el consiguiente perjuicio económico y legal. En definitiva, operar sin NRA no solo conlleva una sanción monetaria, sino que puede poner en riesgo la viabilidad misma del negocio de alquiler turístico.
Cómo evitar multas por no tener el NRA
La mejor estrategia para evitar sanciones es cumplir de manera rigurosa con la normativa y tramitar el NRA antes de publicar cualquier anuncio de alquiler turístico. Solicitar este registro a tiempo garantiza que la vivienda se encuentra en regla y que no será objeto de inspecciones ni denuncias por parte de vecinos, comunidades de propietarios o la propia administración. Además, es fundamental mantener actualizados los datos en el registro en caso de que cambien aspectos como la titularidad del inmueble, la capacidad máxima de ocupantes o el uso de la propiedad.
Contar con asesoramiento especializado también marca la diferencia. La normativa puede variar considerablemente de una comunidad autónoma a otra, y en muchos casos se requiere documentación complementaria que, si no se presenta correctamente, puede retrasar la obtención del número de registro. Un profesional con experiencia en este tipo de trámites se asegura de que el proceso se complete de forma rápida, legal y sin errores que puedan dar lugar a sanciones posteriores.
El Número de Registro de Alquiler (NRA) es obligatorio para inscribir tu vivienda en el registro oficial y cumplir con la normativa vigente. Garantiza la legalidad del alquiler turístico o de corta y media estancia, evitando sanciones y asegurando la confianza de los inquilinos.
Multas por no tener el NRA según comunidad autónoma
Las sanciones económicas por no inscribir una vivienda turística en el registro y no disponer del Número de Registro de Alquiler (NRA) cambian en función de cada comunidad autónoma. A continuación se muestran algunos de los rangos más habituales y las normativas más estrictas:

Estas cifras son orientativas y pueden variar en función de la normativa vigente en cada región, el tipo de infracción (leve, grave o muy grave) y la reincidencia del propietario.