Esta pregunta es relativa, ya que en cada comunidad autónoma se aplican normativas propias. Por lo tanto, antes de construir deberás consultar con un profesional experto de tu zona que pueda informarte sobre la normativa concreta y ayudarte con todo el proceso.
En este artículo hablaremos del caso concreto de Galicia. El pasado 10 de febrero de 2016 se publicó la Ley 2/2016 del Suelo de Galicia. Esta normativa introduce importantes novedades urbanísticas, ya que incluye la posibilidad de construir en suelo rústico.
¿Qué tipo de edificaciones se pueden construir en suelo rústico en Galicia?
Según el artículo 35 de la Ley 2/2016, se pueden construir en terreno rústico gallego:
- Construcciones e instalaciones dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de
- minería y acuicultura.
- Campamentos de turismo e instalaciones para actividades que se desarrollen al aire libre.
- Construcciones y rehabilitaciones destinadas al turismo.
- Construcciones de naturaleza artesanal o de reducida dimensión para actividades complementarias de almacenamiento, envasado de productos del sector primario y de primera transformación.
- Construcciones destinadas a usos residenciales vinculados a la explotación agrícola o ganadera.
Por tanto, en un terreno rústico se podrá construir una casa prefabricada, preferentemente de madera, de uso residencial, cuando en la finca se realicen actividades agrícolas y ganaderas, y el propietario pueda demostrar que efectivamente se desarrollan estas actividades.
Además de la edificabilidad, es fundamental conocer los usos permitidos en una finca rústica, ya que condicionan el tipo de proyecto que se puede autorizar.
¿Qué condiciones deben cumplir los terrenos rústicos y las edificaciones?
Las condiciones que deberá cumplir el terreno y la construcción serán las siguientes:
- La parcela mínima será de 2.000 metros cuadrados.
- La distancia mínima de retranqueo será de 5 metros.
- La parcela debe tener acceso a una vía de uso público y contar con los suministros básicos (agua, luz, red de saneamiento, recogida de basuras).
- La construcción no podrá ocupar más del 20 % de la superficie de la parcela.
- Las características constructivas y estéticas deben estar acordes con el entorno.
- La altura máxima de la construcción será de 7 metros o dos plantas.
- La edificación se realizará minimizando el impacto visual y respetando la topografía del terreno.
El incumplimiento de la Ley 2/2016 puede acarrear una multa. Las sanciones van desde los 300 € hasta el millón de euros, y siempre deben ser superiores a un porcentaje del valor de la obra realizada. Cuando haya un agravante (por ejemplo, incumplir la paralización de las obras) o un atenuante (como paralizar las obras de modo voluntario o corregir la infracción mediante la demolición o reposición de los bienes afectados) se valorará de forma racional a la hora de determinar la sanción.
Antes de construir en suelo rústico
Antes de construir en un suelo de tu propiedad, lo más importante es comprobar de qué tipo de suelo se trata y si es una finca edificable conforme a la normativa urbanística vigente.
Si tienes dudas sobre cuántos metros puedes construir en tu finca rústica o qué pasos debes seguir, en certicalia podemos ponerte en contacto con un arquitecto o técnico de tu zona que revise tu caso y prepare el proyecto adecuado. Puedes solicitar asesoramiento a través de certicalia.com o llamar al 900 838 532.