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Marina Miralta preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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Coste burofax impago alquiler en Vilanova del Vallès
Hay un mes que no me ha pagado.
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Serían 75€ mas iva...
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David preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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comprobar titular de la propiedad de una vivienda
necesito conocer si el propietario de la propiedad es realmente la persona que me quiere alquilar el piso
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Buenos días: Para conocer al propietario del piso que desea alquilar, deberá solicitar una Nota Simple al Registro de la Propiedad, con los datos del inmueble. En ella aparecerán los datos del propietario, así como las cargas que tenga la vivienda. Un saludo. Guillermo P....
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Manuel preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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Contrato de alquiler de vivienda en Burguillos
Hola buenas llevamos 8 meses de alquiler, tenemos un contrato de un año. Nuestro arrendador tiene dos viviendas en una osea una no la declara como vivienda. El cajetín de la luz y el agua es para las dos viviendas que sus familiares para uso personal corriendo nosotros con el gasto de la luz y el agua esta siempre amenazándonos con echarnos de un día para otro en el contrato nos pone que tenemos del 10 al 13 para pagarle el alquiler y el 9 ya nos exige el pago del alquiler, ¿puede hacerlo?
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Buenas tardes Si Vds tienen puesto en el contrato que el pago debe realizarse entre los días 10 y 13 de cada mes, el arrendador no puede amenazarles si no pagan antes de esa fecha. No puede interponer ningún tipo de demanda judicial....
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Fina preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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¿Cuánto cuesta un co trato de alquiler?
Que cuesta hacer un contrato de alquiler. ¿Lo paga el casero o el inquilino?
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El precio es pactado, lo suele pagar el inquilino, cosa que no entiendo dado que es para los dos, y si lo hace una inmobiliaria suele cobrar el importe equivalente a un mes.. de todas formar se puede pactar. estamos a su disposicion, saludos...
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Miriam preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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Contrato prorroga alquiler vivienda
Condiciones contrato prorroga alquiler tras vencimiento 3 años
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CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO celebrados a partir del 6-6-2013: La duración del arrendamiento será también la que libremente hayan pactado las partes. Si ésta fuera inferior a TRES AÑOS, llegado el día del vencimiento del contrato y si el inquilino quiere seguir con el arrendamiento, éste se prorrogará obligatoriamente para el arrendador por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 3 años (art. 9 LAU). Con esta norma se le permite al inquilino, aunque en el contrato se haya hecho constar una duración inferior a 3 años, permanecer en la vivienda hasta 3 años. Es un derecho a favor del inquilino de permanecer en la vivienda hasta 3 AÑOS, con independencia de que se haya hecho constar una duración inferior. EJEMPLO: Se firma un contrato de arrendamiento el 1/01/2016 por una duración de 1 año; si el inquilino quiere seguir en la vivienda transcurrido ese año, la Ley le protege y puede estar en el uso de la misma hasta 3 años, es decir hasta el 31/12/2018). Terminada esa duración de 3 años, el art. 10 LAU permite una prórroga de UN AÑO más. Artículo 10 LAU: “Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más“. Por tanto, en los contrato de arrendamiento de vivienda, celebrados a partir del 6-6-2013, el arrendatario puede estar en la vivienda como mínimo 3 años (a su voluntad) y 1 año más siempre que el arrendador no haya comunicado su voluntad de extinción. saludos. JORDI -abogado-...
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Amadou preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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Necesito Contrato de alquiler de vivienda en Barcelona
Tenia un contrato de alquilar de mi piso a tres años. Se me acaba el proximo 30 de Abril. Me han dicho que me lo van a renovar. Pero me han pedido tambien un dineral. De Actualización fianza………………100€ (para llegar a tener 2 meses con la nueva renta de 550€/mes, haciendo una totalidad de 1100€) ITP………………………………………….99€ Honorarios……………………………665,50€ (1mensualidad + 21% IVA incluido) Mes en curso………………………..550€ (Mayo) TOTAL___________________1.414,50€ Me parece mucho.
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Buenas tardes, La fianza es comprensible dado que por ley debe ser asi, si bien no son dos meses si no una, en caso de local si son 2 meses, hay la costumbre pero no obligacion entiendo yo que en caso de estar amueblado sean 2 meses. en cuanto a la renovacion y los gastos, habiendo satisfecho ya los honorarios para el contrato inicial, los encuentro exagerados además el que contrata a quien hace el contrato es el propietario y no vd. además llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más. A las malas si Vd. no ha recibido requerimiento de no renovar el contrato en el plazo de 30 dias antes de la finalización se entiende prorrogado. Si es prorrogado es el precio actual más la actualización pactada, y no es necesario realizar otro contrato y por tanto no deben cobrarle nada. En caso de modificar el actual contrato con una subida elevada, etc, entiendo que debería ser por 3 años como un contrato nuevo....
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Isabel Gallardo Cruces preguntó sobre Alquiler de inmuebles
Consulta sobre un contrato de alquiler de tres años ya vencido.
Que consecuencias y qué debo cumplir al renovar un nuevo contrato, no se si es anual o por tres años nuevamente y si no lo cumplo que penalización tengo.
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Hola. Si el contrato es de Vivienda habitual a los tres años puedes decidir si renovarlo o rescindirlo, o cambiar las condiciones. Si quieres lo analizamos y vemos si la rentabilidad es la apropiada. Saludo....
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Belen preguntó sobre Alquiler de inmuebles
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ALQUILER DE VIVIENDA
Hola Me gustaria saber cual es el paso que tengo que seguir, mi arrrendatario a dejado de ingresarme el alquiler.donde tego que acudir o denunciar.gracias
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Tiene usted que acudir a un abogado para reclamárselo vía judicial....
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