Licencia de primera ocupación
en el municipio de Almuñécar
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¿Cómo obtener la licencia de primera ocupación en el municipio de Almuñécar?
El primer paso para obtener la Licencia de Primera Ocupación es solicitarla al Ayuntamiento de Almuñécar, presentando la documentación requerida que acredite la finalización de las obras y el cumplimiento de la normativa urbanística y de seguridad. En general, la documentación necesaria incluye el certificado final de obra, el proyecto visado por el Colegio de Arquitectos, la licencia de obras, el certificado de eficiencia energética y otros documentos que puedan ser solicitados por el Ayuntamiento.
Una vez presentada la solicitud, un técnico municipal realizará una inspección en el inmueble para verificar que cumple con todos los requisitos. Si todo está en regla, se emitirá la Licencia de Primera Ocupación y se procederá al registro del inmueble en el Registro de la Propiedad.
Es importante tener en cuenta que sin la Licencia de Primera Ocupación no se puede dar de alta los suministros de agua, luz y gas, ni obtener la cédula de habitabilidad, por lo que es un trámite fundamental para poder disfrutar plenamente del inmueble.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de primera ocupación en el municipio de Almuñécar?
Se han solicitado 203 presupuestos de licencia de primera ocupación en la provincia de Granada . El precio mínimo son 900€ y el precio máximo son 3000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Licencia de primera ocupación con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre licencia de primera ocupación? Nosotros te las resolvemos
- Certificado original de final de obra, expedido por los técnicos directores de la misma, visado por sus respectivos Colegios Oficiales.
- Copia del acta de recepción definitiva de obras, excepto en el caso de viviendas unifamiliares.
- Boletín de telecomunicación y Protocolo de Pruebas (Instalación de telecomunicaciones).
- Informe de las empresas suministradoras sobre estado de acoples y conexiones.
- Copia de Licencia de obra mayor.
- Abono de las tasas administrativas.
- Certificados técnicos y de la empresa instaladora del cumplimiento de la normativa contra incendios.
- Certificados de instalación eléctrica de baja tensión de zonas y servicios comunes y acometida de la edificación.