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Conocer qué reformas de eficiencia energética pueden dar derecho a deducción en el IRPF es importante para reducir el coste real de la obra y optimizar el resultado de la declaración de la renta.

A continuación, se explican los aspectos principales que debes tener en cuenta sobre las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales.

Deducciones fiscales por obras de eficiencia energética en viviendas

El régimen fiscal aplicable a estas obras parte del Real Decreto-ley 19/2021, posteriormente prorrogado, y permite aplicar distintas deducciones en el IRPF cuando las actuaciones realizadas acrediten una mejora energética en la vivienda o en el edificio residencial donde se ubica.

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¿Qué se considera una obra de rehabilitación energética?

A efectos de la deducción del 60%, se consideran obras de rehabilitación energética del edificio aquellas que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable en, al menos, un 30%, o mejorar la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B.

En las deducciones del 20% y del 40%, la mejora debe acreditarse mediante el certificado de eficiencia energética emitido después de las obras, comparado con el expedido antes de su inicio, con un máximo de dos años de antelación. Los certificados deben estar expedidos y registrados conforme al Real Decreto 390/2021.

Dónde se pueden realizar las obras

Las obras pueden realizarse en viviendas de tu propiedad situadas en edificios de uso predominante residencial. También pueden incluirse las plazas de garaje y trasteros que hayan sido adquiridos conjuntamente con la vivienda.

Plazos vigentes

Los plazos han cambiado respecto a la redacción anterior y conviene actualizarlo bien:

  • Para las deducciones del 20% y del 40%, se tienen en cuenta las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Para la deducción del 60% por rehabilitación energética de edificios, se computan las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2027.

Deducciones del IRPF por obras de eficiencia energética

Deducción del 20%

Esta deducción permite aplicar un 20% sobre las cantidades satisfechas, con una base máxima de 5.000 euros anuales, cuando las obras reduzcan al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.

Deducción del 40%

Esta modalidad permite aplicar una deducción del 40%, con una base máxima de 7.500 euros anuales, cuando las obras reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o permitan mejorar la calificación energética de la vivienda para obtener una clase A o B.

Deducción del 60%

La deducción del 60% se aplica a obras de rehabilitación energética realizadas en edificios de uso predominante residencial en los que se encuentre la vivienda, con una base máxima anual de 5.000 euros, aunque las cantidades no deducidas en un ejercicio pueden aplicarse en los cuatro ejercicios siguientes, con un límite acumulado de 15.000 euros.

Periodo impositivo de aplicación

La deducción se aplica en el periodo impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética posterior a las obras.

  • En la deducción del 20%, puede aplicarse en los ejercicios 2021, 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026, siempre que el certificado posterior se expida antes del 1 de enero de 2027.
  • En la deducción del 40%, también puede aplicarse en los ejercicios 2021 a 2026, con certificado posterior emitido antes del 1 de enero de 2027.
  • En la deducción del 60%, puede aplicarse en 2021, 2022, 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027, siempre que el certificado posterior a las obras se expida antes del 1 de enero de 2028.

Aclaraciones sobre estas deducciones

Es importante diferenciar bien estas deducciones fiscales de otras subvenciones o ayudas directas, ya que no son lo mismo ni se tramitan igual.

Además, conviene tener en cuenta estas reglas:

  • En las deducciones del 20% y del 40%, la vivienda debe ser la habitual del contribuyente o estar arrendada para su uso como vivienda en ese momento o con expectativa de alquiler antes del 31 de diciembre de 2026.
  • Estas dos deducciones excluyen las partes de la vivienda afectas a una actividad económica.
  • En la deducción del 60%, no dan derecho a deducción las obras realizadas en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica, pero no se exige que la vivienda sea habitual.

La versión anterior decía que las deducciones del 20% y el 40% excluían de forma general plazas de garaje y trasteros. Esa redacción conviene matizarla, porque la AEAT sí contempla plazas de garaje y trasteros cuando han sido adquiridos conjuntamente con la vivienda en el marco de determinadas deducciones.

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Procedimiento para aplicar la deducción por obras de eficiencia energética

Realización de las obras

Antes de iniciar la actuación, conviene estudiar el comportamiento energético de la vivienda o del edificio para identificar qué mejoras pueden generar una reducción acreditable del consumo o de la demanda energética. Después, las obras deben ejecutarse por profesionales cualificados y con facturación correctamente documentada.

Emisión del certificado de eficiencia energética

Para aplicar la deducción, es necesario disponer de un certificado de eficiencia energética anterior y otro posterior a las obras, salvo en los supuestos concretos que contemple la normativa. El certificado posterior es el que acredita la mejora y determina el ejercicio fiscal en el que procede aplicar la deducción. Ambos deben haberse expedido y registrado conforme al procedimiento oficial.

Aplicación en la declaración de la renta

La deducción se practica en el ejercicio en el que se expide el certificado posterior a las obras, tomando en consideración las cantidades satisfechas dentro del plazo legal correspondiente a cada modalidad de deducción.

Obras comunes que pueden dar derecho a deducción

Entre las actuaciones que pueden encajar, siempre que cumplan los requisitos energéticos exigidos y queden acreditadas mediante certificado, se encuentran las siguientes:

Mejora del aislamiento térmico

  • aislamiento de fachadas y muros;
  • sustitución de ventanas por carpinterías y acristalamientos más eficientes;
  • mejora del aislamiento en cubiertas, techos y suelos.

Estas actuaciones suelen tener impacto directo tanto en la demanda de calefacción y refrigeración como en el comportamiento energético global del inmueble.

Instalaciones térmicas y climatización más eficientes

  • sustitución de calderas antiguas por equipos más eficientes;
  • instalación de bombas de calor;
  • renovación de sistemas de climatización por otros de menor consumo;
  • actuaciones que mejoren el rendimiento energético de las instalaciones existentes.

Gastos que pueden formar parte de la base de deducción

Para calcular la deducción, pueden incluirse las cantidades satisfechas por las obras y por los costes necesarios para su ejecución, siempre que estén directamente vinculados a la actuación y debidamente justificados. Entre ellos suelen encontrarse:

  • coste de materiales;
  • mano de obra;
  • honorarios de profesionales y técnicos;
  • costes de redacción de proyectos o estudios técnicos;
  • gastos de emisión de certificados energéticos;
  • tasas, licencias y otros gastos administrativos necesarios para la obra.

La AEAT exige que las cantidades estén efectivamente satisfechas y correctamente acreditadas.

¿Qué ocurre si te conceden una subvención después de aplicar la deducción?

Si aplicas la deducción en el IRPF y después recibes una subvención vinculada a esas obras, puede ser necesario regularizar la situación tributaria en el ejercicio en el que se conceda, ya que las ayudas pueden afectar a la base sobre la que se calculó la deducción. En este punto conviene revisar el caso concreto con un asesor fiscal.

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Deducción por obras de eficiencia energética en edificios residenciales

Se puede aplicar una deducción del 60% por las cantidades satisfechas por propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial cuando las obras realizadas en el edificio:

  • reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o
  • mejoren la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B.

Para esta deducción, el certificado de eficiencia energética posterior a las obras debe expedirse antes del 1 de enero de 2028. No dan derecho a deducción las obras realizadas en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica.

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