El boletín de reconocimiento de inspección de una instalación de agua es conocido también por el boletín o certificado de instalación de agua. Es el documento que otorga el derecho de enganche y el deber de mantenimiento de las instalaciones de agua, más allá del contador.
Se basa en el Código Técnico de Edificación (CTE), los documentos básicos HS4 y HS5 principalmente y sus posteriores modificaciones. Es de aplicación en todo el territorio español a pesar de que existan normativas particulares en este tema.
Las instalaciones de agua no requieren de ningún requisito ni se necesita su autorización para su puesta en funcionamiento. Las compañías de agua suelen pedir el boletín antes de poner el contador y dar el suministro de agua a la propiedad.
¿Qué datos constan en el boletín de agua?
Para saber cómo rellenar un boletín de agua, es importante que sepas que deben de constar los siguientes apartados con su información y datos:
- Datos de la empresa instaladora: Nombre, NIE/NIF, dirección y teléfono.
- Datos del instalador (si es diferente de la empresa instaladora): No siendo obligatorio, se aconseja poner el número RASIC en caso de tenerlo para otro tipo de instalaciones.
- Declaración del tipo de actuación efectuada en la instalación: nueva, ampliación, modificación o revisión.
- Datos de la instalación: Titular (nombre y DNI); emplazamiento (dirección, teléfono); características y uso (vivienda, industrial, local comercial).
- Características de la batería de contadores, en el caso de existir: relación de locales alimentados por la batería y los materiales usados.
Finalmente, se certifica que en el día de hoy se han efectuado las pruebas siguientes:
- Pruebas de los apartados 5.2.1.1 i 5.2.1.2 del DB HS4 del CTE RD-314/2006.
- Pruebas de los apartados 5.6.1, 5.6.2, 5.6.3, 5.6.4, 5.6.5 del DB HS5 del CTE RD-314/2006.
- Que las instalaciones reúnen las condiciones exigidas por las normas básicas y se ajustan a las características indicadas en este boletín.
Al final del boletín se pone la fecha y el lugar. Lo firma el instalador, lo firma también el propietario y la empresa suministradora, por lo que debe de hacerse por triplicado.