Todos tenemos un documento de identidad que se nos exige tener no solo en caso de cruzar fronteras, sino también en nuestro día a día.
A nadie se le ocurre que se trata de un documento innecesario, pues acredita quiénes somos.
Lo mismo sucede con los inmuebles. ¿Cómo identificar una parcela o un edificio? Aquí no nos ayudará la aplicación de Google Maps, sino que necesitaremos el catastro.
La subsanación de discrepancias catastrales es el trámite mediante el cual se corrigen errores en los datos registrados en el Catastro. Permite asegurar que la información sobre una propiedad sea correcta y actualizada, beneficiando tanto al propietario como a la administración pública.
Definición de catastro
El Ministerio de Hacienda define el catastro como “un registro administrativo en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales”. Se trata de un registro en el que es obligatorio inscribir los bienes inmuebles en el catastro inmobiliario, así como cualquier alteración que se produzca en los mismos.
El catastro recoge información sobre las características físicas, económicas y jurídicas del inmueble, entre las que se incluyen:
- La localización y la referencia catastral.
- La superficie.
- El uso y el destino.
- La clase de cultivo o aprovechamiento, si es aplicable.
- La calidad de las construcciones.
- La representación gráfica.
- El valor de referencia de mercado.
- El valor catastral y su titular, con el número de identificación fiscal o identidad de extranjero.
Si lo que te interesa es saber qué tipos de catastro hay, la respuesta es sencilla: el catastro es el mismo para cualquier tipo de inmueble, pero sí es cierto que en Navarra y en el País Vasco el registro es diferente. Si perteneces a alguna de estas comunidades autónomas, puedes entrar en sus respectivas páginas oficiales para informarte de sus particularidades.
Función del catastro
El fin primero del catastro es de carácter tributario, por eso depende del Ministerio de Hacienda. Además, disponer de esta información facilita el censo del bien inmueble, su titularidad y el valor catastral. Este último representa un valor meramente administrativo y determina la capacidad económica de su titular.
Puede que explicado a rasgos generales no te quede muy clara su aplicación real. ¿Para qué sirve el catastro en la práctica? Lo cierto es que se utiliza en una gran cantidad de trámites. El Ministerio de Hacienda los divide entre usos fiscales y otros usos.
Usos fiscales del catastro
En los usos fiscales, el valor catastral se utiliza como base imponible en impuestos como:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Impuesto sobre el Patrimonio.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales.
Otros usos del catastro
Además de los usos fiscales, el catastro tiene otros usos relevantes:
- Usos jurídicos. Para la protección del mercado inmobiliario y para el Registro de la Propiedad, ya que el catastro aporta mayor seguridad y transparencia al sistema.
- Información catastral y políticas públicas. Las diversas Administraciones públicas intercambian información, por lo que el catastro sirve como una base de datos en materia de inmuebles. Así podemos encontrar aplicaciones en el Sistema de Información Geográfico de Parcelas Agrícolas, la planificación y la gestión de infraestructuras, el medio ambiente (desarrollo de políticas) y el sector privado (uso de la información catastral para diversos fines).
Diferencia entre catastro y registro de la propiedad
Al igual que el catastro, el Registro de la Propiedad es un registro relacionado con los bienes inmuebles, pero sus fines son distintos.
La primera diferencia que encontramos es que, mientras que el catastro pertenece al Ministerio de Hacienda, el Registro de la Propiedad depende del Ministerio de Justicia.
La segunda diferencia es que en el Registro de la Propiedad figura información sobre “los actos que afectan a la propiedad o a los derechos reales sobre bienes inmuebles, ya sean estos de titularidad pública o privada”. Es decir:
- En el catastro disponemos de información sobre las características físicas, económicas y usos de la propiedad.
- En el Registro de la Propiedad obtenemos principalmente información jurídica (derechos, cargas, hipotecas, etc.).
Por último, el catastro es de inscripción obligatoria, mientras que el Registro de la Propiedad es voluntario, salvo en el caso en que quieras constituir una hipoteca u otras operaciones en las que sí se exige la inscripción.
Si tu problema radica en que existen discrepancias en el catastro, puedes solicitar los servicios de los profesionales de certicalia para la subsanación de esas discrepancias y recibir asesoramiento especializado.