Boletín de gas en Barcelona y Madrid

Boletín de gas en Barcelona y Madrid

Actualizado el 18/05/2022

El gas representa una fuente de energía bastante asequible, por lo que se ha convertido en un recurso solicitado en las viviendas, locales e, incluso, en negocios.

En base a la normativa, indicamos cuándo es necesario el boletín de gas, cómo es y en qué consiste. Además, se detallan algunos tips que se recomiendan tener en cuenta en las inspecciones de instalación de gas.

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¿Cuándo es necesario disponer de él?

Boletín de gas en Barcelona:

Es muy importante que los aparatos de gas siempre se deben usar y mantener de acuerdo con el manual de uso y mantenimiento de fabricación. En la Comunidad Autónoma de Cataluña tienen las siguientes inspecciones reglamentarias:

Cocinas y calentadores de agua

  • Cada 5 años, en las instalaciones alimentadas por bombonas (butano y propano) y depósitos a granel de GLP (propano), se debe pedir la revisión de la instalación a una empresa instaladora o instalador de gas registrados.
  • El mantenimiento y la reparación de las instalaciones y aparatos de gas sólo se realizará por una empresa o instalador de gas autorizados.
  • Hay que contratar empresas o instaladores registrados. Las revisiones serán realizadas solamente por una empresa o instalador de gas registrados en el departamento de industria de cada comunidad.

Calderas de calefacción

  • La persona titular, propietaria o usuaria de la caldera tiene la obligación de pedir el mantenimiento a una empresa mantenedora o instaladora. Si la caldera es de calefacción y agua caliente sanitaria, este mantenimiento debe hacerse cada 2 años en las calderas estancas y cada año en las calderas atmosféricas.

Boletín de gas en Madrid

El 2 de abril de este año se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el Decreto 18/2019 sobre las bases de las revisiones periódicas de las instalaciones de gas. Este afecta a todas las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos alimentados desde redes de distribución de la comunidad madrileña.

Las revisiones se realizarán cada 5 años desde la fecha de la instalación del servicio o desde su última inspección con resultado favorable. Si durante esta inspección se detectan fallos o errores, se realizará un informe de anomalías con diferentes plazos para su subsanación.

  • Para las anomalías principales, incluidas las fugas, se tendrán que corregir los defectos inmediatamente. Si no es posible hacerlo en el momento, se tendrá que interrumpir el suministro y se establecerá un máximo de 15 días hábiles desde la fecha de la revisión.
  • En lo que se refiere a las anomalías secundarias, han de subsanarse en un plazo de 6 meses, a no ser que se trate de falta de estanqueidad (que no soportan la presión de funcionamiento), para lo que se establece un plazo de 15 días hábiles.

Podrás recurrir la suspensión del suministro en el organismo competente en materia de Energía de tu Ayuntamiento. Para ello, deberás remitir una copia del recurso presentado a la empresa distribuidora, que no podrá cortar el suministro hasta obtener una respuesta por parte del Ayuntamiento.

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