Licencia turística
en el municipio de Villabona-Amasa
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¿Cómo obtener la licencia turística en el municipio de Villabona-Amasa?
El primer paso para obtener la Licencia turística es registrarse como vivienda turística en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Gobierno Vasco (RET) y obtener el correspondiente número de inscripción. Una vez realizado este trámite, se debe presentar una solicitud ante el Ayuntamiento de Villabona-Amasa con la documentación requerida.
En dicha documentación se deberá incluir información detallada sobre el alojamiento turístico, como su ubicación, características, capacidad de alojamiento, servicios ofrecidos, entre otros datos relevantes. Además, se deberán adjuntar los justificantes de pago de las tasas correspondientes.
Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento llevará a cabo una inspección del alojamiento para verificar que cumple con los requisitos establecidos por la normativa turística vigente. En caso de que se cumplan todos los requisitos, se emitirá la Licencia turística correspondiente.
Es importante destacar que obtener la Licencia turística es un requisito indispensable para ejercer la actividad de alojamiento turístico en Villabona-Amasa y su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas. Por lo tanto, es fundamental seguir los pasos establecidos y cumplir con todos los requisitos para obtener la Licencia y poder ofrecer un servicio de calidad y cumpliendo con la normativa local.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia turística en el municipio de Villabona-Amasa?
Se han solicitado 313 presupuestos de licencia turística en la provincia de Gipuzkoa . El precio mínimo son 250€ y el precio máximo son 1400€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
No existen tasas administrativas para registrar una licencia turística en País Vasco.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Normativas específicas de cada Comunidad Autónoma.
Para poder ejercer la actividad como empresario turístico.
En la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma.
El promotor puede realizar la solicitud por sí mismo, pero, a menudo, será el técnico competente que haya realizado las obras de acondicionamiento del establecimiento para ejercer la actividad turística.
El precio incluirá los honorarios del técnico para la cumplimentación requerida. En algunas comunidades se requiere del pago de tasas administrativas.
- Plano de situación, señalando su localización y su situación urbanística.
- El estado de las fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos así como petos de terrazas o placas, entre otros.
- Descripción del tipo de estructura y cimentación.
- Descripción del tipo de cubiertas y azoteas, y su material de cubrición y la estructura portante.
- Descripción de las Instalaciones del edificio.
- El informe sobre medidas recomendables y prioritarias para asegurar la estabilidad, la seguridad, la estanquidad y la consolidación estructural, así como para mantener o recuperar las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o de la edificación.
- Los grados de ejecución y efectividad de las medidas adoptadas en los inmuebles y de los trabajos y obras hechas para cumplir las recomendaciones del último informe de inspección técnica o, en su caso, en los informes técnicos de las inspecciones anteriores.