Licencia de apertura
en el municipio de El Astillero
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¿Cómo obtener la licencia de apertura en el municipio de El Astillero?
El proceso de registro comienza con la presentación de la solicitud de apertura en el Registro General del Ayuntamiento. Junto con la solicitud es necesario adjuntar diversos documentos como el proyecto técnico del establecimiento, el contrato de arrendamiento o propiedad del local, así como el plan de seguridad y emergencia, entre otros.
Una vez presentada la solicitud, se realiza una inspección del local por parte de técnicos municipales para verificar que se cumplan con las normativas y requisitos necesarios para la apertura.
Posteriormente, se lleva a cabo la tramitación del expediente donde se realizan las gestiones administrativas necesarias para obtener la Licencia de apertura. Este proceso puede variar en duración dependiendo de la complejidad del negocio y la cantidad de documentación requerida.
Finalmente, una vez obtenida la Licencia de apertura, se puede proceder a la apertura del negocio. Es importante destacar que esta licencia es un requisito obligatorio para poder operar legalmente y evitar sanciones por parte del Ayuntamiento.
En resumen, obtener la Licencia de apertura en el municipio de El Astillero requiere un proceso de registro que incluye la presentación de una solicitud, la inspección del local y la tramitación del expediente administrativo. Una vez obtenida la licencia, se puede proceder a la apertura del negocio de manera legal.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de El Astillero?
Se han solicitado 117 presupuestos de licencia de apertura. El precio mínimo son 5400€ y el precio máximo son 200€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.