¿Cómo conseguir un contrato de préstamo entre particulares?

Cómo ya hemos indicado, lo mejor es dejar constancia por escrito del contrato de préstamo entre particulares, para que la Administración no ponga trabas o intente cobrar impuestos. Además, así también podremos reclamar jurídicamente la devolución (en caso de que el prestatario no cumpla con los pagos), y transferir el préstamo en herencia.

Pasos a seguir para formalizar un contrato de préstamo entre particulares

Una vez que se haya llegado a un acuerdo sobre el dinero, prestatario y prestamista deben redactar el contrato. Esto puede hacerse mediante los modelos que existen en Internet (este es un buen ejemplo), o también se puede hacer un contrato de mutuo ante notario, quien nos asesorará en la redacción.

En los contratos de préstamo entre particulares siempre deben aparecer los siguientes datos:

- Fecha y lugar donde se está celebrando el contrato.

- Los datos personales completos (nombre, apellidos, dirección y DNI) tanto del prestamista como del prestatario. También han de incluirse los datos de los avalistas si los hubiera.

- La cantidad total de dinero que se va a prestar.

- Los plazos para su devolución, y si es posible amortizarlo de manera anticipada.

- Los intereses de la operación. Recuerda que si no se van a cobrar, hay que indicarlo.

Cláusulas importantes

Y es que como ya hemos dicho, nadie obliga a cobrar intereses, pero es muy importante que esté documentado en el contrato. Se pondría que el interés es del 0 %.

En el contrato también es bueno señalar cómo será el programa de devolución, es decir, cómo el prestatario repondrá el dinero al prestamista, con los intereses en caso de haberlos fijado. Este programa debe ser realista (por lo general, en cuotas mensuales o anuales), y señalando límites de tiempo (nada de decir que el préstamo tiene duración ilimitada) puesto que si no, Hacienda vería indicios de donación encubierta.

El último paso sería el registro del contrato, con la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) en la Delegación de Hacienda de nuestra localidad. Aunque estos contratos están exentos de tributación, hay que presentar el modelo 600 en Hacienda.

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