El contrato de arrendamiento de una habitación lo debe redactar un gestor o un abogado. En definitiva, un profesional de la materia porque se constituye de preceptos legales (provenientes del Código Civil) que cualquier formulario que se pueda encontrar por internet puede desatender. Esto causaría, a la larga, una serie de problemas que es mejor evitar en el alquiler de una habitación en una casa compartida.
Partes de que debe constar el contrato del alquiler de una habitación
El contrato de alquiler de una habitación debe constar de las siguientes partes:
- Identificación de los sujetos con capacidad de vincularse contractualmente
Es decir, identificarte a ti como alquilado o propietario o viceversa. Ambos manifestáis quiénes sois y que tenéis capacidad jurídica para someteros a un contrato con sus derechos y obligaciones.
- Identificación de la habitación objeto del arrendamiento
Se tiene que describir exactamente qué habitación va a ocupar el inquilino ya que hablamos siempre de una casa compartida, no de su totalidad (a la que correspondería otro tipo de contrato y otra legislación aplicable). Como lo que alquilamos es una habitación, le corresponde la legislación del Código Civil, en concreto citaremos como fundamentos jurídicos en los que se inspira este contrato los artículos 1.542 a 1.582.
- El precio del arrendamiento y la forma de pago
Qué precio se va a abonar y qué forma/s de pago es/son admitidas (en mano, a lo que se extenderá recibo, por transferencia bancaria, paypal…).
- Servicios que se incluyen en el alquiler
Si se tiene derecho a cocina y a usar sus utensilios y electrodomésticos; si se tiene derecho al teléfono fijo, la red de internet, etc.; y cómo se repartirá el pago del disfrute de estos servicios o si se incluyen en el precio de la habitación.
- Muy importante: si el alquilado puede subalquilar tu habitación o no
En el supuesto de que no se pueda, deberá manifestarlo tácitamente. Si no se expone, se deduce que sí que puede subalquilarla.
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