Boletín de agua
en el municipio de Jaén
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Jaén?
Una vez terminada la instalación, se realiza una prueba de presión y estanqueidad para confirmar la seguridad y funcionalidad del sistema. El instalador, tras verificar que la instalación es correcta, emite el Boletín de Instalación, que es un documento acreditativo de que la instalación ha sido realizada correctamente y cumple con todos los requisitos técnicos y legales.
El siguiente paso es presentar este boletín ante el ente suministrador de agua en Jaén, que puede ser la compañía municipal de agua o una empresa gestora, dependiendo de la zona. Junto con el boletín, el titular de la instalación debe aportar su documentación personal, datos del inmueble y cualquier otra documentación requerida por la compañía para procesar el alta del suministro.
Para finalizar, la empresa suministradora revisará la documentación, realizará las inspecciones pertinentes si fuera necesario y procederá a formalizar el contrato de suministro de agua, tras lo cual se activará el servicio. Es importante mantener una copia del Boletín de Instalación para futuras gestiones o inspecciones.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Jaén?
Se han solicitado 1.755 presupuestos de boletín de agua en la comunidad autónoma de Andalucia . El precio mínimo son 60€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
No existen tasas administrativas para registrar un boletín de agua en Andalucía.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.
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