Boletín de agua
en el municipio de Jávea/Xàbia
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¿Cómo obtener el boletín de agua en el municipio de Jávea/Xàbia?
Para obtener el Boletín de agua, es necesario presentar una serie de documentos, entre ellos el DNI del titular del suministro, escritura de la vivienda o contrato de alquiler, y una solicitud debidamente cumplimentada. Además, se deberá abonar una tasa correspondiente al trámite.
Una vez entregados los documentos requeridos y realizado el pago, el municipio procederá a realizar una inspección en el inmueble para verificar las condiciones de la instalación de agua. Este proceso puede tomar unos días, dependiendo de la demanda y la disponibilidad del personal municipal.
Una vez realizada la inspección y confirmada la conformidad de la instalación, se emitirá el Boletín de agua, el cual será entregado al titular del suministro. Este documento acredita que la vivienda o establecimiento cumple con los requisitos necesarios para contar con el servicio de agua potable.
En resumen, el proceso para obtener el Boletín de agua en el municipio de Jávea/Xàbia es ágil y efectivo, garantizando así el suministro de agua potable a todos los residentes y establecimientos del municipio.
¿Cuánto cuesta realizar el boletín de agua en el municipio de Jávea/Xàbia?
Se han solicitado 1.263 presupuestos de boletín de agua en la comunidad autónoma de Comunidad Valenciana . El precio mínimo son 121€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
No existen tasas administrativas para registrar un boletín de agua en la Comunidad Valenciana.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Para contratar el suministro en viviendas y locales de primera ocupación o tras solicitar una independización de contadores. También en comunidades de vecinos para contratar agua de garajes, zonas comunes y jardines.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Licencia de ocupación del edificio.
- Cédula de habitabilidad o Declaración responsable.
- Boletín de instalación.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Abono de tasas.
Dependerá de cada empresa suministradora, en general, se solicita:
- Documento de identificación del titular.
- Autorización para domiciliación bancaria, en su caso.
- Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Lectura del contador.
Dependerá de cada empresa suministradora y de los requisitos autonómicos pero, en general, coincidirá con la documentación reseñada para las altas y cambios en vivienda más la licencia de actividad del local.