Vamos a pedir una hipoteca para hacer una casa en el solar de mi suegro
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29 de enero de 2019
Proyecto de casa
Mi suegro le ha dado un solar en Almojía para que hagamos una casa tiene el proyecto y permisos de obra, nosotros queremos poner el solar a nuestro nombre y sacar una hipoteca para hacer la construcción de la vivienda. Mi pregunta es ¿Cuáles son los trámites a seguir? ¿y cuál es la forma más barata para hacerlo?
4 Respuestas
María Soledad Navarro
Profesional Certicalia
30 de enero de 2019
Según entiendo el solar aún sigue perteneciendo a su suegro, con lo cual la hipoteca se concederá al dueño del solar.
para que os la den a ustedes tendría que producirse un cambio de titularidad.
María Soledad Navarro
Profesional Certicalia
30 de enero de 2019
Hola,
La descripción física del bien inmueble debe ser la misma en los documentos catastrales, notariales y registrales.
Habrá que comprobar nuevamente el área del inmueble, y en caso de que el area real siga siendo diferente a la registrada en catastro y notarial, se realizará un certificado de corrección de áreas.
se seguirá los siguientes trámites:

- Solicitar a la autoridad catastral la expedición de un certificado de área y linderos mediante procedimiento administrativo.
- Con base en el certificado, se acudirá a la notaría para otorgar escrituras aclaratorias.
- Con las escrituras aclaratorias y el certificado de área y linderos se solicita nuevamente el registro.
Miguel Uigueg Ggrcíajbgancb_Baja_
Profesional Certicalia
30 de enero de 2019
Hola María Victoria,
Para hacer lo que quereis sólo teneis que hacer escrituras a vuestro nombre, aclarando que se trata de una donación por parte de tu suegro a tu marido.
Lo más sencillo es que os dirigais a una notaria le expongais el caso y ellos os avanzarán costes y demás.
Espero que haya sido de ayuda.
Juan Jesús Del Pino Campos
Profesional Certicalia
30 de enero de 2019
Buenos días, para la hipoteca debe dirigirse a un banco, cada uno tendrá unas condiciones diferentes. En cuanto al cambio de titular del solar, para cambiar la titularidad solo cabe hacerlo por un acto jurídico como compraventa o donación y en ambos casos supone una tributación a hacienda. Para esto último el profesional que necesita es un abogado que se lo gestione.
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