Validez de certificado de eficiencia energética

En mayo del 2017 adquirí mi vivienda actual junto a mi marido. Se realizó entonces un certificado de eficiencia energetica. ¿Sería válido este certificado como el anterior al inicio de las reformas en casa para mejorar la eficiencia energetica? ¿O tiene que ser el mismo tecnico el que atestigue el cambio de certificado?
Gracias
Un saludo

Isabel Martinez Diaz preguntó sobre Eficiencia energética Pregunta desde: Valencia

Fecha: 09/07/2022

Responder a Isabel Martinez Diaz >

3 respuestas

  • Juan respondió: Profesional de Certicalia

    Estimada Isabel, teniendo un certificado de no más de diez años (no más de cinco en caso de haber sido calificado con una G) de antes de la reforma y otro del de después, y le aparece una mejoría en la calificación, le valdrá para poder desgravar del IBI. Muchas gracias por preguntarme, un saludo.

    Deja tu opinión

    Cerrar

  • Noelia respondió: Profesional de Certicalia

    Buenos días.
    El certificado energético antes de las reforma energética de su vivienda tiene que tener menos de dos años de antigüedad, en el momento que comienzas las reformas.
    El certificado energético lo puede realizar cualquier técnico, no tiene que ser el mismo.
    Un saludo

    Deja tu opinión

    Cerrar

  • Borja respondió: Profesional de Certicalia

    Hola Isabel,

    El certificado es un documento que acredita la calificación energética de la vivienda y con validez durante 10 años. Si al realizar la vivienda y otorgarse el certificado, se han realizado modificaciones (reforma) posteriores que pueden alterar su calificación, habría que actualizarlo en caso de querer alquilarla o venderla.

    Según el Decreto 39/2015 de 2 de abril del Consell por el que se regula la certificación energética de los edificios en la Generalitat Valenciana, cualquiera de las siguientes intervenciones podría modificar la calificación energética de un inmueble:

    - La ejecución de una obra que afecte a la envolvente térmica.
    - La realización de una reforma que afecte a la instalación o instalaciones térmicas según los términos contenidos en el artículo 2 del RITE, aprobado por el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio.
    - La modificación de la instalación de iluminación en el caso de edificios y partes de edificios de uso terciario, como locales comerciales, edificios de oficinas, centros docentes, etc.
    - Un cambio del uso característico o de la actividad que se desarrolle en el inmueble y que modifique de forma significativa su nivel de eficiencia energética.

    Cualquiera de estos supuestos es motivo suficiente para la actualización del certificado energético.

    Si tienes alguna duda o aclaración estaremos encantados de atenderte.

    Un saludo.

    Deja tu opinión

    Cerrar

Deja tu opinión

  1. 1
  2. 2

¿Necesitas un Certificado energético?

Cuéntanos qué necesitas y recibe presupuesto de profesionales de tu zona

Pide precio gratis

Rápido y sin compromiso

Consigue trabajos hoy con Certicalia

Recibe nuevos clientes que buscan profesionales como tú y ofertas para realizar trabajos.

Comienza ahora