¿Entraría dentro de los requisitos de las subvenciones de rehabilitación de vivienda?

Tengo una casa en Asturias que tiene más de 10años y tengo que cambiar el tejado ¿Puedo solicitar la ayuda?la verdad que no me quedó muy claro en qué casos se puede solicitar esa ayuda.gracias
un saludo

Natalia preguntó sobre Subvenciones rehabilitación edificios Pregunta desde: Asturias

Fecha: 10/06/2021

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1 respuestas

  • Juan Manuel respondió: Profesional de Certicalia

    Quien lo puede presentar:
    Quienes cumplan los siguientes requisitos:

    En caso de viviendas unifamiliares:

    Estar finalizados antes de 1996.

    Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.

    Disponer de un informe realizado por técnico competente justificando la necesidad de la obra.

    En caso de edificios de tipología residencial colectiva:

    Estar finalizados antes de 1996.

    Que, al menos, el 50% de las viviendas constituyan domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.

    Que, al menos, el 70% de la superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.

    Disponer de un informe de evaluación de edificios con fecha anterior a la solicitud de la ayuda.

    Disponer del acuerdo de la junta de propietarios de la comunidad o agrupación de comunidades, con desglose del coste de la obra por vivienda.

    Las obras deberán iniciarse o estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2018 y no haber recibido subvenciones por el mismo objeto en convocatorias anteriores.

    Cuando el importe del coste de la obra supere los 40.000 €, el beneficiario deberá presentar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores. (Quedan exceptuadas de este requisito las obras iniciadas con anterioridad a la publicación de la convocatoria).

    Las subvenciones para obras cuyo plazo de ejecución supere el 1 de noviembre de 2020 serán objeto de distribución plurianual en la resolución de concesión.

    Todas las actuaciones incluirán, a efectos de determinar el coste total:

    Los honorarios profesionales.

    El coste de redacción de los documentos técnicos y certificados necesarios, incluido el informe de evaluación de edificios.

    Gastos derivados de la tramitación administrativa.

    Otros gastos generales, debidamente justificados.

    No se incluirán impuestas, tasas y tributos.

    Se incrementarán en un 25% las ayudas a beneficiarios mayores de edad y menores de 35 años en el momento de la solicitud, cuando las actuaciones se realicen en municipios de menos de 5.000 habitantes.

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