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Seguro de contenido y continente
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21 de noviembre de 2019
Contrato de alquiler de vivienda
Buenos días, Acorde la plantilla del contrato de alquiler último acorde a ley, hay un párrafo que habla sobre la póliza de seguros:
h) La parte arrendataria se obliga a contratar una póliza de seguros de daños, con una cobertura mínima de 6.000€ de continente y 20.000€ de contenido, que incluya también el riesgo de incendios, en compañía de notoria solvencia y durante toda la vigencia del contrato.
No entiendo, si todo el contenido del piso es propiedad del arrendador. ¿No sería responsabilidad del arrendador contratar esos dos seguros?
h) La parte arrendataria se obliga a contratar una póliza de seguros de daños, con una cobertura mínima de 6.000€ de continente y 20.000€ de contenido, que incluya también el riesgo de incendios, en compañía de notoria solvencia y durante toda la vigencia del contrato.
No entiendo, si todo el contenido del piso es propiedad del arrendador. ¿No sería responsabilidad del arrendador contratar esos dos seguros?
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