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RESCINDIR CONTRATO CELEBRADO ANTES DE LA LEY DE 2013 PRORROGADO
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21 de julio de 2017
Contrato de alquiler de vivienda
Buenos días,
Tenemos la duda de si se puede rescindir el contrato durante la segunda prórroga pasados los 5 años reglamentarios (7º año) dando dos meses de antelación a los inquilinos para la ocupación del inmueble por familia de primer grado, tal y como dice la nueva ley.
La duda es, si al celebrarse el contrato en 2011 con la antigua norma, no se puede rescindir si no está de forma expresa en el contrato inicial la ocupación futura por familiar.
Tenemos la duda de si se puede rescindir el contrato durante la segunda prórroga pasados los 5 años reglamentarios (7º año) dando dos meses de antelación a los inquilinos para la ocupación del inmueble por familia de primer grado, tal y como dice la nueva ley.
La duda es, si al celebrarse el contrato en 2011 con la antigua norma, no se puede rescindir si no está de forma expresa en el contrato inicial la ocupación futura por familiar.
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