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Regularizar m2 de vivienda construida en año 2000
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27 de julio de 2022
Cédula de habitabilidad
La vivienda está registrada como piso bajo de una planta y anexo un trastero. El constructor hizo de ese trastero la segunda planta con escalera y en ella hay 3 dormitorios y 2 baños. Las habitaciones con ventanas que dan al patio interior. ¿Qué trámites tengo que hacer para regularizarla? Y si ello conllevaría problemas al resto de los vecinos de la comunidad. Gracias
1 Respuestas
Carmen Moreda
Profesional Certicalia
28 de julio de 2022
Buenos días M. Ángeles.
Mi nombre es Carmen Moreda y soy arquitecta.
Para regularizar su vivienda, puesto que la obra se hizo hace más de 4 años, necesitaría un Certificado de Obra Nueva Antigua, emitido por un técnico. Con él deberá acudir a un notario, para inscribir y registrar dicho certificado.
Asi quedan regularizados los m2 reales de su vivienda y esto es válido para operaciones de compraventa o alquiler.
El presupuesto para efectuar el certificado ronda los 500€+IVA. Esto incluye visita, levantamiento de planos georreferenciados, certificado de estado actual y validación de firma del técnico ante notario. Los gastos notariales no están incluidos.
En cuanto a los vecinos, si se trata de una obra antigua, de mas de 4 años, se considera prescrita y no pueden recurrir ni reclamar, a no ser que se iniciaran nuevas obras en la vivienda.
Espero haber aclarado sus dudas.
Un saludo
Mi nombre es Carmen Moreda y soy arquitecta.
Para regularizar su vivienda, puesto que la obra se hizo hace más de 4 años, necesitaría un Certificado de Obra Nueva Antigua, emitido por un técnico. Con él deberá acudir a un notario, para inscribir y registrar dicho certificado.
Asi quedan regularizados los m2 reales de su vivienda y esto es válido para operaciones de compraventa o alquiler.
El presupuesto para efectuar el certificado ronda los 500€+IVA. Esto incluye visita, levantamiento de planos georreferenciados, certificado de estado actual y validación de firma del técnico ante notario. Los gastos notariales no están incluidos.
En cuanto a los vecinos, si se trata de una obra antigua, de mas de 4 años, se considera prescrita y no pueden recurrir ni reclamar, a no ser que se iniciaran nuevas obras en la vivienda.
Espero haber aclarado sus dudas.
Un saludo
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