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¿Qué recomiendas hacer con dos fincas colindantes en casco antiguo compartiendo patio: segregar y agregar o agrupar las fincas?
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15 de febrero de 2021
Segregación de fincas
Hola, tenemos dos fincas colindantes en un conjunto histórico. Presentan una discrepancia de metros cuadrados de solar, pero juntas tienen la superficie correcta de las dos fincas. El notaría nos propone una segregación+ agregación o una agrupación de la dos fincas. ¿Nos podríais decir que es el procedimiento más sencillo y más económico: segregar+agregación o agrupación de las dos fincas ? Vosotros podríais encargaros ? Muchas gracias
4 Respuestas
Raul Arango
Profesional Certicalia
16 de febrero de 2021
Buenas tardes.
Mi nombre es Raul, soy Ing. Técnico Industrial, actualmente me dedico al asesoramiento de servicios sobre fincas y viviendas.
Puede contactarme desde mi perfil de empresa y le explicaré encantado los tramites que debe realizar para la segregación o división horizontal de sus propiedades según intereses.
Para asesoramiento es necesario me facilite mas datos, de ubicación.
Un saludo.
Mi nombre es Raul, soy Ing. Técnico Industrial, actualmente me dedico al asesoramiento de servicios sobre fincas y viviendas.
Puede contactarme desde mi perfil de empresa y le explicaré encantado los tramites que debe realizar para la segregación o división horizontal de sus propiedades según intereses.
Para asesoramiento es necesario me facilite mas datos, de ubicación.
Un saludo.
Jose Miguel Rubio Vazquez
Profesional Certicalia
16 de febrero de 2021
Si la diferencia es pequeña bastaría con hacer una medición de ambas fincas y presentar un informe (arquitecto) con los nuevos planos directamente en Notaría y en Catastro. Si el error es considerable se necesitará una licencia municipal y antes habría que comprobar que las fincas resultantes ya modificadas cumplen con las condiciones mínimas que exige el Plan General de Ordenación Municipal.
Jose Miguel Rubio Vazquez
Profesional Certicalia
16 de febrero de 2021
Si la diferencia es pequeña bastaría con hacer una medición de ambas fincas y presentar un informe (arquitecto) con los nuevos planos directamente en Notaría y en Catastro. Si el error es considerable se necesitará una licencia municipal y antes habría que comprobar que las fincas resultantes ya modificadas cumplen con las condiciones mínimas que exige el Plan General de Ordenación Municipal.
Jose Miguel Rubio Vazquez
Profesional Certicalia
16 de febrero de 2021
Si ambas fincas son de la misma propìedad y, por tanto, no van a existir intereses encontrados, dependería de si la diferencia es mucha o poca. En caso de que la diferencia sea pequeña bastaría con hacer una rectificación de cabida de ambas fincas y bastaría con presentar un documento firmado por técnico competente (arquiteto) con los planos rectificados y las superficies correctas. Esto se puede hacer directamente en Notaría. Si la diferencia es apreciable se necesitaría licencia municipal para modificarlas y antes habría que comprobar que ambas fincas, una vez rectificadas, cumplen las condiciones mínimas impuestas por el Plan General.
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