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¿Qué puedo hacer no quedarme sin agua?
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24 de mayo de 2022
Pozos de agua
Muy buenas, llevo usando un pozo de agua compartido durante 30 años (con motor de extracción), pero mi nuevo vecino me dice que no coja de su agua (la perforación está físicamente en su parcela). Estoy totalmente contrariado, ya que jamás tuve este problema ¿qué opciones tengo? ¿Qué podría hacer?
Mil gracias.
Mil gracias.
2 Respuestas
Ana Bautista Oriola
Profesional Certicalia
26 de mayo de 2022
Buenas Raul, el titular del pozo o sondeo, corresponde al titular de los terrenos, es decir, se podrá solicitar su autorización siempre que se demuestre la propiedad del mismo, o algún tipo de concesión por parte de admimistraciones públicas, como pueden ser los ayuntamientos. Legalmente podrá o no estar autorizado, pero corresponde al titular de los terrenos. Un saludo
Anónimo
26 de mayo de 2022
No estoy de acuerdo con la respuesta de mi compañera. Existen aún pozos realizados con la anterior ley de aguas (antes de 1985), que podían dar servicio a distintas fincas y siguen teniendo los mismos derechos. También hoy día pueden existir concesiones a agrupaciones de fincas (comunidades de bienes o comunidades civiles). El uso en la propia finca es solo aplicable al uso privativo de la actual ley.
Para saber si tiene derecho alguno a la utilización del aguas de ese pozo, habría que ver la documentación de su finca (escrituras) y del pozo (inscripción en el registro de minas y/o en el de aguas), la edad del pozo, etc.Si realmente tuviese algún derecho, podría entablar juicio contra el vecino para defender su derecho. Consulte en cualquier caso con un abogado, ya que esa cesión por más de 30 años podría suponer también un derecho adquirido.
Para saber si tiene derecho alguno a la utilización del aguas de ese pozo, habría que ver la documentación de su finca (escrituras) y del pozo (inscripción en el registro de minas y/o en el de aguas), la edad del pozo, etc.Si realmente tuviese algún derecho, podría entablar juicio contra el vecino para defender su derecho. Consulte en cualquier caso con un abogado, ya que esa cesión por más de 30 años podría suponer también un derecho adquirido.
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