¿Qué ley rige la división horizontal tumbada en Valdepeñas?
respuestas
24 visitas
1 voto
6 de abril de 2018
Certificado de superficie
Buenas tardes, formamos una comunidad de 17 unifamiliares adosados distribuidos en dos fases de 9 y 8 viviendas. Compartimos caseta de telecomunicaciones y adjunta caseta de contadores del gas, patios independientes . En escritura notarial cómo división horizontal tumbada con dos cuotas de participación una por fase y otra a la totalidad . Mi pregunta , ¿ debemos regirnos por la ley de división horizontal y el artículo 396 código civil?
Las viviendas tienen desagües directos a la Red general de alcatarillado municipal, tomas de agua potable directas e independientese.
El problema surge a raíz de un atasco en una vivienda, pasando la factura de la reparación a la comunidad.
1 Respuestas
Anónimo
6 de abril de 2018
Contestando a su pregunta, si, debe regirse por la LPH y el art. 396 del CC. No obstante, eso no quiere decir que necesariamente el atasco sea imputable a la comunidad. En primer lugar hay que ver el título constitutivo de la comunidad (escritura de propiedad horizontal) y su reglamento (en caso de que lo tenga). En ellos puede especificarse cuales de las partes son privativas y cuales de la comunidad (Ya que la lista del art. 396 es enunciativa y puede ser precisada por el título constitutivo de la comunidad). En todo caso, las conducciones a partir de la entrada en su vivienda, son privativas, por lo que si el atasco se produjo dentro de su vivienda, no corresponde el pago a la comunidad, salvo que se demuestre que éste procedía de un punto de la conducción que pertenece a la comunidad (cosa imposible si como dice todas las viviendas tienen acometidas individuales directas a red municipal de la calle sin pasar por ningún elemento común). Espero haberle sido de utilidad.
Tu respuesta
Nombre
Email
¿Eres un profesional?
Recibe nuevos clientes que buscan profesionales como tú y ofertas para realizar trabajos.