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¿Qué es apremio de afección?
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26 de febrero de 2021
Hoja de aprecio
Buenos días ¿podrian aclararme que es el apremio de afeccion en una hoja de aprecio y en que casos se debe aplicar? Gracias.
1 Respuestas
Usuario dado de baja
Profesional Certicalia
27 de febrero de 2021
El premio de afección, según esta regulado en el artículo 47 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, implica que " En todos los casos de expropiación se abonará al expropiado, además del justo precio fijado en la forma establecida en los artículos anteriores, un 5 por 100 como premio de afección". Se trata por tanto, de un concepto indemnizarle que debe ser incluido tanto en la Hoja de Parecio del afectado, de la Adminstracion y en el justiprecio acordado mediante resolución del Jurado P de Expropiacion Forzosa.
Entiende la administración que además de una valoración objetiva de los bienes y derechos afectados existe una valoración subjetiva que cubre el afecto, vínculo emocial del expropiado con respecto al bien que debe ceder en contra de su voluntad. Se calcula como el 5% de las cantidades fijadas como justiprecio en expropiacion y servidumbre, es decir, en aquellos conceptos que suponen pérdida total o parcial del dominio de la cosa expropiado.
Entiende la administración que además de una valoración objetiva de los bienes y derechos afectados existe una valoración subjetiva que cubre el afecto, vínculo emocial del expropiado con respecto al bien que debe ceder en contra de su voluntad. Se calcula como el 5% de las cantidades fijadas como justiprecio en expropiacion y servidumbre, es decir, en aquellos conceptos que suponen pérdida total o parcial del dominio de la cosa expropiado.
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