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¿Qué debo hacer para que el propietario arregle la vivienda de arriba?
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5 de febrero de 2023
Proyecto de obra
Vivo en en la primera planta de un edificio de dos alturas cinco viviendas y un local. Actualmente residimos en el edificio el bajo y yo.
El propietario de de las viviendas de la segunda planta las tiene totalmente abandonadas llenas de palomas y excrementos, basura e infinidad de trastos.
Cada vez que llueve a mí me crean goteras que se filtran entre toda esa porquería. La situación es insostenible el propietario se niegan a sanearlo diciendo que no están abandonadas.
Por favor me pueden aconsejar que paso sé de seguir para obligar a esta persona que sane esas viviendas gracias.
Adjunto una foto de una de las viviendas que dicen no estar .abandonada
El propietario de de las viviendas de la segunda planta las tiene totalmente abandonadas llenas de palomas y excrementos, basura e infinidad de trastos.
Cada vez que llueve a mí me crean goteras que se filtran entre toda esa porquería. La situación es insostenible el propietario se niegan a sanearlo diciendo que no están abandonadas.
Por favor me pueden aconsejar que paso sé de seguir para obligar a esta persona que sane esas viviendas gracias.
Adjunto una foto de una de las viviendas que dicen no estar .abandonada
2 Respuestas
Miguel Casado
Profesional Certicalia
6 de febrero de 2023
Estimada María José, intentando contestar a su pregunta, los pasos a seguir ante una situación de este tipo es en primer lugar, hablar con el propietario e intentar solucionar el problema de manera amistosa advirtiendo al mismo de que los propietarios de bienes inmuebles por ley deben mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones (artículo 8.1 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y artículo 19.1 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero). si con esta advertencia no se da a razones, elevar la queja al presidente de la comunidad de propietarios o al administrador de la comunidad.
Los ayuntamientos pueden actuar de oficio a instancia de un ciudadano afectado por alguno de los casos que contempla la ley, en este caso parece evidente que lo que más preocupa es la salubridad, del resto del edificio.
Las siguientes soluciones, en caso de que las anteriores no surtan efecto, es ponerlo en manos de un abogado para que él lleve a cabo las acciones pertinentes.
Los ayuntamientos pueden actuar de oficio a instancia de un ciudadano afectado por alguno de los casos que contempla la ley, en este caso parece evidente que lo que más preocupa es la salubridad, del resto del edificio.
Las siguientes soluciones, en caso de que las anteriores no surtan efecto, es ponerlo en manos de un abogado para que él lleve a cabo las acciones pertinentes.
Sandra Castro García
Profesional Certicalia
6 de febrero de 2023
Buenos días María José.
En primer lugar, decirle que lamento que tenga que enfrentarse a esta situación.
En este caso, tiene dos opciones:
1- Dar parte a su seguro de hogar de todas las incidencias que se produzcan en su vivienda.
2- Poner en conocimiento al seguro de la comunidad de lo que está sucediendo.
3-Interponer una demanda en el juzgado correspondiente.
En primer lugar, decirle que lamento que tenga que enfrentarse a esta situación.
En este caso, tiene dos opciones:
1- Dar parte a su seguro de hogar de todas las incidencias que se produzcan en su vivienda.
2- Poner en conocimiento al seguro de la comunidad de lo que está sucediendo.
3-Interponer una demanda en el juzgado correspondiente.
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