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¿Puede la comunidad dar datos de morosos como cantidades y datos personales?
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1 de agosto de 2022
Reclamación de deudas comunidad de propietarios
¿Puede un socorrista tener datos míos de morosidad como cantidades de cuotas?
1 Respuestas
Jose Carlos Roman Herrera
Profesional Certicalia
27 de marzo de 2025
En España, la comunidad de propietarios debe cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD) al tratar información sobre morosidad.
1. ¿Puede la comunidad dar datos de morosos como cantidades y datos personales?
- Sí, pero con limitaciones. Se puede informar en una junta de propietarios sobre los vecinos que tienen deudas pendientes y las cantidades adeudadas, ya que afecta al interés legítimo de la comunidad.
- No se puede divulgar públicamente en espacios comunes (como tablones de anuncios) sin medidas que limiten el acceso solo a los propietarios.
- La comunidad solo puede compartir estos datos con terceros cuando sea necesario para gestionar el cobro de la deuda (por ejemplo, abogados o empresas de recobro, siempre cumpliendo con el RGPD).
- No se puede publicar ni difundir datos personales de morosos de forma indiscriminada, ya que esto vulneraría el derecho a la protección de datos.
2. ¿Puede un socorrista tener datos míos de morosidad como cantidades de cuotas?
- No, un socorrista no debería tener acceso a estos datos.
- La información sobre morosidad es confidencial y solo puede ser gestionada por la administración de la comunidad o el presidente.
- Un socorrista no tiene ninguna justificación legal para acceder a datos sobre cuotas impagadas, a menos que forme parte de la gestión administrativa (lo cual es poco habitual).
- Si un socorrista u otro tercero ajeno a la administración de la comunidad tiene información sobre tu morosidad, podrías exigir explicaciones y, en caso de vulneración de derechos, denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
1. ¿Puede la comunidad dar datos de morosos como cantidades y datos personales?
- Sí, pero con limitaciones. Se puede informar en una junta de propietarios sobre los vecinos que tienen deudas pendientes y las cantidades adeudadas, ya que afecta al interés legítimo de la comunidad.
- No se puede divulgar públicamente en espacios comunes (como tablones de anuncios) sin medidas que limiten el acceso solo a los propietarios.
- La comunidad solo puede compartir estos datos con terceros cuando sea necesario para gestionar el cobro de la deuda (por ejemplo, abogados o empresas de recobro, siempre cumpliendo con el RGPD).
- No se puede publicar ni difundir datos personales de morosos de forma indiscriminada, ya que esto vulneraría el derecho a la protección de datos.
2. ¿Puede un socorrista tener datos míos de morosidad como cantidades de cuotas?
- No, un socorrista no debería tener acceso a estos datos.
- La información sobre morosidad es confidencial y solo puede ser gestionada por la administración de la comunidad o el presidente.
- Un socorrista no tiene ninguna justificación legal para acceder a datos sobre cuotas impagadas, a menos que forme parte de la gestión administrativa (lo cual es poco habitual).
- Si un socorrista u otro tercero ajeno a la administración de la comunidad tiene información sobre tu morosidad, podrías exigir explicaciones y, en caso de vulneración de derechos, denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
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