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¿Primero se acepta y parte la herencia o se segrega la finca?
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7 de enero de 2021
Subsanación de discrepancias de catastro
La cuestión es que mi mujer ha recibido una herencia de su madre en la que se reparte una finca urbana de unos 700m2 entre los tres hermanos. A nivel catastral en dicha finca hay dos parcelas urbanas pegadas la una a la otra. En una de ellas hay construida una casa de dos plantas y la otra parcela esta vacía.
A los dos hermanos de mi mujer les han adjudicado la planta 0 y 1 respectivamente de la parcela construida. A mi mujer la ha correspondido la otra parcela sin construir. El problema es que en el registro y la parcela original está sin segregar y realmente no hay dos parcelas, sino una a nivel registral. Sin embargo a nivel de catastro sí que figuran las dos.
El caso es que no sabemos como proceder :
Antes de llegar a un acuerdo para aceptar/partir la herencia seria bueno saber si las parcelas son segregables para ver a que tipo de acuerdo se llega ¿no?
¿Se podría solicitar la segregación antes de partir la herencia? ¿Tenemos qué aceptar la herencia y después solicitar la segregación?
A los dos hermanos de mi mujer les han adjudicado la planta 0 y 1 respectivamente de la parcela construida. A mi mujer la ha correspondido la otra parcela sin construir. El problema es que en el registro y la parcela original está sin segregar y realmente no hay dos parcelas, sino una a nivel registral. Sin embargo a nivel de catastro sí que figuran las dos.
El caso es que no sabemos como proceder :
Antes de llegar a un acuerdo para aceptar/partir la herencia seria bueno saber si las parcelas son segregables para ver a que tipo de acuerdo se llega ¿no?
¿Se podría solicitar la segregación antes de partir la herencia? ¿Tenemos qué aceptar la herencia y después solicitar la segregación?
1 Respuestas
Marta Isabel Sánchez Santana
Profesional Certicalia
8 de enero de 2021
Buenos días Javier. Ante todas las dudas que tiene sobre el proceder con la herencia, lo ideal sería que consultara en una Notaría los pasos a realizar y el orden. Lo que sí le puedo comentar sobre la parcela y la construcción que en ella se encuentra es que le solicitarán un informe descriptivo y gráfico mediante levantamiento topográfico para incorporar las coordenadas georreferenciadas. La Ley Hipotecaria se modificó en noviembre de 2015 para incorporar una serie de datos a las propiedades inmuebles con el fin de coordinar la información existente en Catastro y el Registro de la Propiedad. En su caso, ya está diciendo que existe una discrepancia entre ambos por lo que les será solicitado un levantamiento topográfico con informe técnico adecuado a las modificaciones de la LH en 2015 para comenzar a subsanar dichas discrepancias. Incluso la edificación que nombra se vería alterada ya que posiblemente ahora mismo figure como una única vivienda y no como dos como va a reflejar la herencia. Esto se trataría de una división horizontal que también se puede realizar en el mismo informe técnico comentado.
Espero haberle sido de ayuda.
Un saludo.
Espero haberle sido de ayuda.
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