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Pagar puesta de ascensor por parte de los bajos
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23 de agosto de 2023
Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
Buenas tardes.
En mi comunidad, compuesta por tres portales y 21 vecinos (más varios bajos entre los que hay un comercio y alguno utilizado como garaje), vamos a instalar ascensores. Se hizo una reunión extraordinaria durante el año (las reuniones ordinarias se hacen en agosto que es cuando están la mayoría de propietarios) y se hizo una votación con los presentes (faltaba gente) y por mayoría salió que los bajos no pagasen la derrama del ascensor. ¿Se puede hacer algo al respecto? Varias personas de la que no estuvieron en esa reunión extraordinaria no están de acuerdo. Aparte, el que éstos no paguen supone un mayor desembolso por parte del resto de vecinos (sólo uno de los bajos tiene un 14% de coeficiente, así que eso supondría un pago mucho menor para todos).
Muchas gracias por su atención.
En mi comunidad, compuesta por tres portales y 21 vecinos (más varios bajos entre los que hay un comercio y alguno utilizado como garaje), vamos a instalar ascensores. Se hizo una reunión extraordinaria durante el año (las reuniones ordinarias se hacen en agosto que es cuando están la mayoría de propietarios) y se hizo una votación con los presentes (faltaba gente) y por mayoría salió que los bajos no pagasen la derrama del ascensor. ¿Se puede hacer algo al respecto? Varias personas de la que no estuvieron en esa reunión extraordinaria no están de acuerdo. Aparte, el que éstos no paguen supone un mayor desembolso por parte del resto de vecinos (sólo uno de los bajos tiene un 14% de coeficiente, así que eso supondría un pago mucho menor para todos).
Muchas gracias por su atención.
1 Respuestas
Raul Mejias Montesinos
Profesional Certicalia
2 de septiembre de 2023
Hola, buenas tardes,
Es totalmente impugnable.
Para ese tipo de decisiones (es decir, saltarse los coeficientes de participación a la torera) se necesita 66% de positivos en la votación y con un 75% de los propietarios votando. No sirve con mayoría simple, se requiere mayoría cualificada (como poco, y aún así seguro que es impugnable en juzgado).
Que no estén en la reunión no les niega el derecho a voto, se puede votar otro día, es más, lo normal es convocar una reunión para informar del tema y luego otra unos días (o semanas) más tarde para votar habiendo pensado lo que se quiere hacer.
Por esa misma regla, supongo que los bajos pagan menos cuota de comunidad permanentemente porque no usan la escalera (ni el futuro ascensor), dando igual su 14% de coeficiente.
De hecho, hay que recordarles que lo que pagan de ascensor y escalera es lo que tienen ellos en forma de patio, si lo tienen, y por el lujo de entrar sin subir escaleras, etc.
Es totalmente impugnable.
Para ese tipo de decisiones (es decir, saltarse los coeficientes de participación a la torera) se necesita 66% de positivos en la votación y con un 75% de los propietarios votando. No sirve con mayoría simple, se requiere mayoría cualificada (como poco, y aún así seguro que es impugnable en juzgado).
Que no estén en la reunión no les niega el derecho a voto, se puede votar otro día, es más, lo normal es convocar una reunión para informar del tema y luego otra unos días (o semanas) más tarde para votar habiendo pensado lo que se quiere hacer.
Por esa misma regla, supongo que los bajos pagan menos cuota de comunidad permanentemente porque no usan la escalera (ni el futuro ascensor), dando igual su 14% de coeficiente.
De hecho, hay que recordarles que lo que pagan de ascensor y escalera es lo que tienen ellos en forma de patio, si lo tienen, y por el lujo de entrar sin subir escaleras, etc.
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