4 respuestas
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Juan Antonio respondió: Profesional de Certicalia
Habría que ver si la comunidad autónoma tiene como exención de certificado para locales de uso social. Sino fuera el caso si habría que emitirlo para su totalidad
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Juan Antonio respondió: Profesional de Certicalia
Hola, si es necesario la emisión del certificado energético del Local al completo. Una vez realizada la venta y la partición del mismo al obtener la división horizontal y tener cada uno su ref. catastral se podrán emitir por separado los certificados de eficiencia energética en caso de ser necesario.
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Luis respondió: Profesional de Certicalia
Hola Julio
Si el local completo supera los 50m cuadrados, si lo necesitas; independientemente de la parte que sea la que vendes -
Maria Estrella respondió: Profesional de Certicalia
Sí, en general, es obligatorio contar con un certificado energético para vender cualquier inmueble, incluyendo locales de uso social, según el Real Decreto 235/2013. Este documento evalúa la eficiencia energética del espacio y debe ser proporcionado al nuevo propietario durante la transacción.
Sin embargo, existen excepciones. Por ejemplo, no se requiere el certificado si el local tiene una superficie útil inferior a 50 metros cuadrados, si está destinado a demolición o reforma integral, o si su uso es inferior a cuatro meses al año.