Legalizar pozo construido en una vivienda hace 40 años

Queremos vender una casa con jardín construida hace 40 años. En el jardín hay un pozo que se construyó en la misma fecha, pero no figura en las escrituras. Nos gustaría saber cómo legalizarlo para incluirlo correctamente en la documentación de la vivienda.

ANA preguntó sobre Pozos y sondeos Pregunta desde: Guadalajara

Fecha: 30/06/2025

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1 respuestas

  • Ana respondió: Profesional de Certicalia

    Se debe inscribir en la sección B del registro de la Confederación hidrográfica, aportando lo siguiente:
    DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
     Planos del parcelario catastral (obligatorio), donde señale la ubicación de la/s captación/es de aguas, obras a
    ejecutar (esquema de distribución del agua, depósitos, balsas y otras instalaciones), y en el caso de que el uso de
    las aguas sea el riego, delimitar la zona regable.
     Fotografías de cada una de las captaciones de aguas (no obligatorio), identificando cada una de ellas con la
    numeración que se indique en la presente instancia.
     Memoria descriptiva del aprovechamiento con información adicional (no obligatorio). Se presentará si el
    solicitante considera necesario aportar información adicional a la que se recoge en la presente instancia para
    describir y justificar el aprovechamiento.
    En todo caso, esta Confederación Hidrográfica del Tajo podrá requerir del peticionario, en cualquier momento de la
    tramitación, cuanta documentación considere necesaria para una correcta definición del aprovechamiento.
     Estudio justificativo (obligatorio para aprovechamientos de más 3.000 m3/año). Cuando el volumen total anual
    supere los 3.000 metros cúbicos, el interesado justificará que la dotación utilizada es acorde con el uso dado a las
    aguas, sin que se produzca el abuso o despilfarro, prohibido en el artículo 50.4 del Texto Refundido de la ley de
    Aguas.
     Descripción del sistema propuesto para el control de volúmenes y caudales (obligatorio), de acuerdo con la
    Orden ARM 1312/2009, de 20 de mayo, aportando:
    - Documento acreditativo de las características técnicas del contador, que incluya las instrucciones y
    recomendaciones de la empresa fabricante para su montaje e instalación, siendo necesario que haya
    superado las especificaciones de control metrológico del Estado. Incluir el certificado de homologación del
    mismo.
    - Croquis acotado de la instalación del contador, reflejando los diámetros de las tuberías y las distancias entre
    las bridas de montaje, del contador y de los elementos electromecánicos perturbadores del flujo de agua
    (grupos de bombeo, válvulas, equipos de filtrados, codos, “T”, reducciones de sección de tuberías, etc…)
    montados e instalados a la entrada y salida del contador, respetando siempre las distancias mínimas exigidas
    y/o recomendadas por la empresa fabricante del mismo.

    Para cualquier aclaración no dude en consultar a través de mi perfil.

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