Imposibilidad de aplicar las condiciones de Hacienda para deducir el gasto de cambiar ventanas
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12 de abril de 2025
Certificado de eficiencia energética obra nueva
He cambiado todas las ventanas de mi vivienda con una inversión de 30.000 euros. Como ya existía un certificado de eficiencia energética del edificio, al terminar la obra solicité uno nuevo de mi vivienda para poder aplicar la deducción fiscal.
La sorpresa fue que el certificado original del edificio ya contemplaba que las ventanas estaban cambiadas, aunque no era cierto, por lo que el nuevo certificado no refleja ninguna mejora y no me permite acceder a la deducción. ¿Tiene solución esta situación?
6 Respuestas
Ana Alvarez
Profesional Certicalia
13 de junio de 2025
Buenos días,
Si el certificado inicial es erróneo se puede modificar, otra cosa es que pueda usar como certificado inicial el del edificio y como final el de la vivienda a efectos de las deducciones fiscales en el IRPF Tendríamos que ver la documentaciñon de la que dispone para poder informarlo con más precisión. Puede consultrnos sin compromiso si lo desea.

Saludos
Fernando Martín Atienza
Profesional Certicalia
25 de mayo de 2025
A falta de analizar el caso y la documentación de que se disponga, el caso planteado no tendría acceso a la deducción fiscal
Juan Antonio Gueto Garcia
Profesional Certicalia
20 de abril de 2025
Se puede emitir un certificado anterior revisando las condiciones originales y no las que estaban. Es decir es posible rectificar un certificado ya registrado.
Regaliz Arquitectos
Profesional Certicalia
15 de abril de 2025
Reclame al técnico del certificado original que asuma su error y lo corrija. De cualquier forma. Asegúrese de que cumple con los requisitos que le pide Hacienda. Porque a veces cambiar las ventana no es suficiente.
Abel Busto Prendes
Profesional Certicalia
14 de abril de 2025
Hola:
Leyendo el mensaje veo un error que no se si tendrá que ver en lo que ha pasado. Para lograr la deducción debe realizarse un certificado de la vivienda antes y después justificando un ahorro en la demanda de calefacción y/o refrigeración de más del 7%. Dices que tenias uno antes de las obras pero que era del edificio, es decir de todo el bloque de viviendas. Por tanto, ese certificado informa del consumo del edificio en su conjunto no de la vivienda en particular donde se ha realizado la mejora. Por tanto, no serian comparables dichos certificados. Date cuenta que si en uno analizamos la demanda de todo el bloque, es evidente que tiene que ser superior al otro que se trata de una vivienda en concreto. Ambos no pueden ser comparables.
Si no existe un certificado antes del inicio de las obras, no puede realizarse la deducción.

Jose Antonio Delgado Silvelo
Profesional Certicalia
14 de abril de 2025
CREO QUE NO SE PUEDE HACER NADA. NO PERMITEN REGISTRAR UN NUEVO CERTIFICADO CON FECHA ANTIGUA (ANTERIOR A LAS VENTANAS)
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