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Maria Jesus Puerta Angulo respondió: Profesional de Certicalia
¡Gracias por tu consulta, Miriam! 😊
1. ¿Son legales las construcciones si solo figuran en el Catastro?
El hecho de que las tres construcciones del año 1986 aparezcan en el Catastro con uso agrario indica que están declaradas a efectos fiscales, pero esto no garantiza su legalidad urbanística ni su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Para verificar su legalidad, debes comprobar:
✔ Si las construcciones cumplen con la normativa urbanística vigente en tu municipio. Para ello, puedes consultar en el Ayuntamiento de Tarragona.
✔ Si están inscritas en el Registro de la Propiedad. Aunque no es obligatorio inscribirlas, hacerlo ofrece seguridad jurídica sobre la titularidad y características de la finca.
Si no están en el Registro de la Propiedad, puedes regularizarlas a través de un expediente de declaración de obra nueva antigua si cumplieron con la normativa en su momento y no han sido objeto de sanción.
2. ¿Las fincas rústicas pueden tener fosa séptica?
Sí, pero deben cumplir con la normativa ambiental y sanitaria. En zonas rústicas, donde no hay alcantarillado, suele permitirse la instalación de fosas sépticas homologadas con sistema de filtrado adecuado.
Pasos recomendados:
1️⃣ Consultar la normativa de saneamiento del municipio.
2️⃣ Solicitar autorización si es necesario.
3️⃣ Instalar una fosa séptica homologada cumpliendo la normativa de vertidos.
📌 Consejo: Antes de comprar la finca, revisa su situación legal en una Nota Simple del Registro de la Propiedad y en el Planeamiento Urbanístico del Ayuntamiento para evitar problemas futuros.
Si necesitas ayuda para regularizar las construcciones, inscribirlas en el Registro o gestionar la instalación de la fosa séptica, podemos asesorarte. ¡Quedamos a tu disposición! 😊
Miriam replicó:
ParticularMaria Jesus muchas gracias por la información. Ya vendieron la finca rústica pero gracias igualmente. Para futuras dudas volveremos a consultaros. Un saludo