Duda con venta y contrato

Hola, somos 7 herederos de mi padre fallecido contando con mi madre interesados en vender una vivienda. El problema es que la vivienda no se encuentra en el registro de la propiedad (mi familia no ha dispuesto de dinero para ello) pero si en el catastro por lo que no disponemos de escritura, tan solo de la venta privada de compra. Tenemos a un comprador interesado, al que le da igual que todo esto. Nos ofrece una señal con la que poder arreglar la herencia, y una vez lo hagamos se la podamos vender. Hemos quedado en hacer un contrato en el que el nos da la cantidad, si desistiera el comprador la perderia y si desistieramos nosotros voluntariamente le dariamos el doble de lo que nos ha dado, pero si por motivos ajenos a nosotros no pudieramos resolver la herencia, se rompería el acuerdo y le dariamos lo que nos ha dado como señal, no por duplicado. El tiempo sería de 1 año desde la firma, con posibilidad de prórroga de 6 meses en caso de no estar resuelta la herencia.
Nos da un poco de miedo embarcarnos en esto pues no entendemos demasiado del tema, acudí a un notario nos dieron los pasos pero no nos asesoró sobre el contrato. Lo ve buena idea de la manera que lo he planteado?
No tenemos posibilidad de arreglar la herencia sin la señal, como ya le comenté no andamos bien economicamente.
Gracias.

Alana preguntó sobre Venta de inmuebles Pregunta desde: Las Palmas

Fecha: 18/05/2018

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2 respuestas

  • Cerener respondió: Profesional de Certicalia

    En principio la opción que plantea es buena, pero habría que leer bien las condiciones exactas del contrato. Le recomendaría que si tiene dudas consulte con un abogado o con un gestor administrativo. No le cobrará demasiado por ese asesoramiento y tendrá la tranquilidad de que el contrato protege sus intereses. Ademas necesitará asesoramiento también para liquidar los correspondientes impuestos (sucesiones y transmisiones) y no tener problemas con hacienda.

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  • Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia

    Buenos días:
    En principio, lo que Vd,. plantea es válido. No es frecuente, porque nadie se arriesga a dar una señal de un inmueble sin que esté registrado ó sin que tengan la propiedad escriturada a su nombre todavía. Pero, si el comprado está de acuerdo a Vds. les ofrece una manera de solucionar un problema. Una vez decididos, deberán encargar un contrato de arras (con las consecuencias que Vd. dice), en el cual se den un tiempo suficientemente largo para que les de tiempo a tramitar y registrar la herencia, una vez escriturada la misma ya podrán vender sin problema.
    Habría otra solución-puente (si les puede servir a ambas partes), que sería el hacer un contrato de alquiler con opción de compra. Vds. alquilan al futuro comprador y van cobrando mes a mes los alquileres. En el momento en que la herencia esté registrada, el futuro comprador ejecuta la opción de compra y ponen final al alquiler. Si de esta forma no generan suficiente dinero para tramitar la herencia, siempre pueden solicitar al futuro comprador un importe de fianza que a Vds. les sea suficiente para tramitarla.
    Un saludo.

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